Continuar al contenido principal
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Plazo que disponen los surtidores propios para presentar la relación de suministros efectuados durante 2009

Para solicitar la devolución habrá que presentar la relación de suministros dentro de los cinco primeros días hábiles del segundo mes siguiente al de la finalización del trimestre al que corresponda la información.
Suministros 1º trimestre: plazo hasta el 6 de mayo de 2009.
Suministros 2º trimestre: plazo hasta el 6 de agosto de 2009.
Suministros 3º trimestre: plazo hasta 6 de noviembre de 2009.
Suministros 4º trimestre: plazo hasta el 5 de febrero de 2010.

Para la inscripción en cualquier curso, privado o subvencionado, será necesario reservar plaza en el 943-316707, ext. 2 (Dpto. Formación: Víctor González).  1.-Cursos Privados Mercancías Peligrosas: Obtención + Renovación ADR explosivos: 16 y 17 de mayo. Horario: de 08:00 a 14:00, en Donostia. Obtención ADR básico: 16, 17 y 18 de mayo. Horario: sábado, de 07:30 a 15:15; domingo, de 07:30 a 15:15 y lunes, de 08:30 a 14:30, en Donostia. Renovación ADR cisternas: 29 y 30 de mayo. Horario: viernes, de 16:00 a 21:00; sábado, de 08:00 a 14:00, en Donostia. Obtención ADR cisternas: 6 y 7 de junio.  Horario: de 08:00 a 14:00, en Donostia. 2.-Cursos Subvencionados Fundación Tripartita     Tacógrafo digital y Reglamento 561/2006, Tiempos de Conducción y Descanso: 30 de mayo. Horario: de 9:00 a 14:00, en GUITRANS. Mercancías Peligrosas: Renovación ADR básico y cisternas (sólo para AUTÃ?NOMOS): 23, 25 y 30 de mayo. Horario: sábado 23, de 08:00 a 15:00; lunes 25, de 08:30 a 14:30 y sábado 30, des 08:00 a 14:00, en Donostia. Gestión y planificación de flotas:  Del 18 al 22 de mayo. Horario: de 09:00 a 14:00, en GUITRANS. 3.-Otros cursos Dentro del amplio abanico de cursos que anualmente planifica el Departamento de Formación, GUITRANS imparte también cursos de CARRETILLAS ELEVADORAS, GRÃ?AS PUENTE, GRÃ?AS AUTOCARGANTES y PLATAFORMAS ELEVADORAS. Las fechas de estos cursos están todavía sin determinar pero si está interesado en asistir a alguno de estos cursos, comunique al Departamento su disponibilidad.   4.- Jornadas LA GESTIÃ?N DE LA PREVENCIÃ?N DE RIESGOS LABORALES DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE EN LA CONSTRUCCIÃ?N: 19 de mayo, 9h45 en GUITRANS. Programa.   Si está interesado en asistir, Departamento de Formación (Víctor González): 943-316707, ext. 2, fortrans@guitrans.com

Nuevos criterios de cálculo para determinar los peajes a aplicar a los vehículos pesados

Se aplicará a las futuras autopistas en régimen de concesión de la Red de Carreteras del Estado, incluidas en la Red Transeuropea

El último Consejo de Ministros celebrado aprobó un Real Decreto que establece los nuevos criterios de cálculo para determinar los peajes que se deberán aplicar a los vehículos pesados en las futuras autopistas en régimen de concesión de la Red de Carreteras del Estado y que, a su vez, estén incluidas en la Red Transeuropea de Carreteras, así como sus condiciones de aplicación.El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han aprobado varias Directivas encaminadas a eliminar las distorsiones en la competencia entre las empresas de transporte de los Estados miembros. Con ello, se pretende alcanzar un cierto grado de armonización con el objetivo final de eliminar totalmente estas diferencias. Con ese fin se aprobó una Directiva comunitaria el 17 de junio de 1999, así como sus posteriores modificaciones en 2006. La transposición al ordenamiento jurídico español de una de estas modificaciones a través de una Directiva de 2006, exigía cambiar parcialmente las condiciones de explotación de las futuras autopistas de peaje, en régimen de concesión, de la Red de Carreteras del Estado incluidas en la Red Transeuropea de Carreteras. Este hecho ha quedado regulado mediante la aprobación hoy de este Real Decreto y se resume en lo siguiente: Mantener la situación actual, en la que sólo las autopistas explotadas en régimen de concesión están sujetas al pago de peajes. La posibilidad de introducir reducciones de tarifas de peaje y mantener las actuales exenciones en el pago. Posibilitar la modulación de peajes por motivos como, por ejemplo, la lucha contra el daño medioambiental, la congestión del tráfico, la limitación de daños a la infraestructura y la utilización óptima de la misma o la mejora de la seguridad vial.
El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han aprobado varias Directivas encaminadas a eliminar las distorsiones en la competencia entre las empresas de transporte de los Estados miembros. Con ello, se pretende alcanzar un cierto grado de armonización con el objetivo final de eliminar totalmente estas diferencias. Con ese fin se aprobó una Directiva comunitaria el 17 de junio de 1999, así como sus posteriores modificaciones en 2006. La transposición al ordenamiento jurídico español de una de estas modificaciones a través de una Directiva de 2006, exigía cambiar parcialmente las condiciones de explotación de las futuras autopistas de peaje, en régimen de concesión, de la Red de Carreteras del Estado incluidas en la Red Transeuropea de Carreteras. Este hecho ha quedado regulado mediante la aprobación hoy de este Real Decreto y se resume en lo siguiente: Mantener la situación actual, en la que sólo las autopistas explotadas en régimen de concesión están sujetas al pago de peajes. La posibilidad de introducir reducciones de tarifas de peaje y mantener las actuales exenciones en el pago. Posibilitar la modulación de peajes por motivos como, por ejemplo, la lucha contra el daño medioambiental, la congestión del tráfico, la limitación de daños a la infraestructura y la utilización óptima de la misma o la mejora de la seguridad vial.

Departamento de Seguros de GUITRANS: nuevos precios más atractivos

Conscientes de las dificultades por las que atraviesa el sector del transporte, y lo importante que resulta en este contexto la reducción de costes para cualquier empresa, no queremos dejar pasar la oportunidad de comentarles que desde el Departamento de Seguros de GUITRANS estaremos encantados de informarles sobre los nuevos precios con los que contamos para las flotas de nuestra asociación. Para más información llamar al 943-316707, ext. 3.

El Gobierno Vasco subvenciona un aparcamiento para camiones en Legazpi

El Consejo del Gobierno Vasco aprobó en su reunión de 21 de abril una subvención de 516.000 euros a la sociedad Urola Garaiako Industrialdea para la construcción de un área básica de transporte de vehículos pesados en Legazpi. Este aparcamiento que dispondrá de 86 plazas, se ubicará en la vaguada de Mandiaratz, en la Gi-632 Beasain-Durango. Esta acción se suma al convenio firmado recientemente entre el Gobierno Vasco firmó y el Ayuntamiento de Beasain para habilitar el aparcamiento de camiones Zumadi.

Curso de Formación organizado por el EVE: La gestión eficiente de flotas de transporte por carretera

Desde el próximo 18 de mayo y hasta el día 21 del mismo mes, se va a impartir en las instalaciones del EVE un curso gratuito de 16 horas de duración, dirigido a gestores de flotas de transporte tanto de viajeros como de mercancías, que tiene como objetivo mejorar la gestión de dichas flotas para conseguir reducir los consumos de energía por viajero o tonelada transportada. Aunque el curso es gratuito se exige una fianza de 300 euros que serán devueltos siempre y cuando se haya asistido a la totalidad del curso. Para poder asistir es imprescindible cumplimentar el boletín de inscripción que figura en el siguiente folleto antes del próximo 12 de mayo. Folleto informativo.

Las matriculaciones de vehículos industriales caen un 71,4% en el primer trimestre

En el primer trimestre de 2009, la matriculación de vehículos industriales cayó un 71,4% en España, matriculándose 3.022 vehíuclos frente a los 10.582 matriculados en el primer trimestre de 2008. En el mes de marzo la matriculación de vehículos industriales cayó un 68,3%. Por tipo de vehículos, los tractocamiones y vehículos pesados rígidos retrocedieron respectivamente hasta marzo un 77,3 y un 72,2%. En cuanto a los vehículos ligeros y medios las caídas han sido del 40,6 y del 58,3% respectivamente en el mismo periodo.

Reducido el interés de demora en Gipuzkoa

Tal como avanzábamos en el boletín de noticias 614, el 21 de abril se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el Decreto Foral-Norma de urgencia fiscal 2/2009 que modifica el interés de demora, que queda  establecido para 2009 en el Territorio Histórico de Gipuzkoa en el 5%. Este interés de demora surtirá efectos desde el 1 de abril de 2009.

El Gobierno Vasco habilitará 100 millones de euros destinado a crear un Fondo Especial de Garantías

En el marco de los convenios suscritos con ELKARGI y OINARRI para el desarrollo de los programas de ayudas a la financiación de pymes y autónomos
El Consejo de Gobierno Vasco, celebrado el martes día 7, habilitó un crédito adicional por importe de 100 millones de euros, con cargo a remanentes de tesorería, en relación a los convenios suscritos entre el Gobierno Vasco y Elkargi, SGR y Oinarri, SGR, por los que se constituye y regula el Fondo de garantía Especial. La Disposición Adicional 9ª del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la CAE para el ejercicio de 2009 autorizaba el establecimiento de un fondo de garantías con un límite máximo 100 millones de euros y de una línea de financiación a empresarios individuales, autónomos, pequeñas y medianas empresas, con un límite máximo de 500 millones de euros.Mediante los convenios suscritos el 30 de diciembre de 2008 entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, Elkargi SGR y Oinarri SGR, respectivamente, se acordaron los compromisos de los firmantes en atender las líneas de financiación plurianual fijadas en los Decretos 229/2008 y 230/2008, de 30 de diciembre, por los que se regulan los programas de apoyo financiero dirigidos a pymes, empresarios individuales y autónomos. Dadas las especiales circunstancias que han impulsado la creación e implementación de estos programas de financiación, el escenario de crisis económica y las incógnitas asociadas a una estimación de la tasa de fallidos, se considera conveniente la habilitación de un fondo de garantía disponible destinado a las sociedades de garantía recíproca que les permita hacer frente a la cobertura de eventuales fallidos de la línea de financiación.