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Francia: prohibición de adelantamiento para camiones en determinados tramos de autopistas francesas

Según nos informa ASTIC, la Subdirección General española de Inspección de Transporte Terrestre ha remitido una nota informativa a Autoroutes du Sud de la France (ASF) en la que solicita adopte una serie de medidas complementarias en las autopistas A7 y A9. Entre ellas, y como complemento a la regulación de velocidad para los coches, figura la prohibición de adelantar para los camiones, medida que se ha venido introduciendo progresivamente en algunos tramos de la A7 desde 2007.

A finales de 2009, se pondrá a prueba en algunos tramos de la A9, en concreto entre Le Perthus y Perpignan Sud la prohibición a los camiones de adelantar en algunos tramos durante los períodos punta especialmente en verano. La prohibición podrá ser permanente en algunos tramos por motivos de seguridad (travesía de una población, por ejemplo).

Los objetivos de la prohibición de adelantar para camiones son:

Mejorar las condiciones de circulación en los tramos con mucho tráfico
Evitar los accidentes en las zonas de riesgo
Mejorar la seguridad y/o la fluidez en las zonas con fuertes pendientes y en la confluencia de autopistas.

Los primeros resultados son muy alentadores en cuanto a fluidez y seguridad del tráfico en autopista. La concertación con los representantes profesionales de transportes pesados ha puesto de manifiesto que las zonas deben tener una longitud limitada para que los conductores de camiones respeten esta medida.

De este modo, los coches particulares y los camiones harán un mejor uso compartido de la autopista, que gracias a ello será más segura, más fluida y más respetuosa con el medio ambiente.

El CNTC solicita que las aseguradoras cubran los accidentes en los puertos

En la reunión mantenida el pasado 25 de junio entre el Comité Nacional de Transporte y la Dirección General de Seguros se defendió la inclusión general, en el ámbito de aplicación del seguro obligatorio, de los accidentes que se produzcan en puertos y aeropuertos. Según informa CETM, también se solicitó el apoyo en una posible modificación del Reglamento del Seguro Obligatorio y en la elaboración de un Registro de Zonas Restringidas en las que no exista su cobertura.
Con la aprobación del Reglamento de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la circulación de vehículos a motor, que entró en vigor el 13 de octubre de 2008, se han generado dudas, ya que podría interpretarse excluidos del ámbito de aplicación del seguro obligatorio  todos aquellos accidentes que se produzcan en los puertos y aeropuertos, interpretación que debe rechazarse, ya que la exclusión sólo opera cuando haya una regulación especial, y de no existir, debe considerarse que la legislación de tráfico se aplica por defecto.

Portugal: restricciones al cabotaje

El pasado 6 de junio entró en vigor el Portugal el Decreto 136/2009, que regula las operaciones de cabotaje en su territorio. A partir de esa fecha sólo se podrán realizar 3 operaciones de cabotaje consecutivas a la reaización de un transporte internacional, en los 7 días siguientes. En el caso de entrada en vacío sólo se podrá realizar una operación de cabotaje en los 3 días siguientes a la entrada en el país y dentro de los siete días después de la descarga del transporte internacional precedente. La multa por la infracción de esta normativa oscila entre los 1.251 y los 3.740 euros.

Nuevo Régimen Jurídico de Autorizaciones

El 28 de marzo de 2007 se publicó en el BOE la Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera. Así, se universaliza el ámbito nacional para todas las autorizaciones de transporte de mercancías y se aproxima el alcance y contenido de los requisitos cuyo cumplimiento es necesario para la obtención de las distintas modalidades de autorizaciones de transporte público y privado complementario. Puede acceder a un resumen de la Orden pulsando aquí­.

Estatuto del Trabajo Autónomo

Ley 20/2007 del Estatuto de Trabajo Autónomo.
Real Decreto 197/2009, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
Procedimiento registro contratos.

Real Decreto 902/2007 sobre Tiempos de Trabajo

El 18 de julio de 2007 se publicó en el BOE el Real Decreto 902/2007, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo de trabajadores que realizan actividades móviles de transporte por carretera, que entró en vigor el 7 de agosto, a los 20 días de su publicación.

Resumen del RD 902/2007.

Real Decreto 902/2007 sobre Tiempos de Trabajo

El 18 de julio de 2007 se publicó en el BOE el Real Decreto 902/2007, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo de trabajadores que realizan actividades móviles de transporte por carretera, que entró en vigor el 7 de agosto, a los 20 días de su publicación.

Resumen del RD 902/2007.

Gasóleo Profesional en Gipuzkoa

Con efectos desde el 1 de enero del 2007 está implantado en Gipuzkoa el llamado â??gasóleo profesionalâ? aplicable a determinadas actividades de transporte, de forma que los colectivos incluidos quedarán eximidos de la subida que experimentará en dicho ejercicio el impuesto especial que grava el gasóleo. Quienes se benefician de esta medida pagarán la totalidad del precio del combustible y posteriormente la Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal les reintegrará el importe pagado en exceso.Más información sobre el Gasóleo Profesional en Gipuzkoa.