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El transporte de mercancías por carretera creció un 4% en el segundo trimestre de 2016 en tasa anual

Los vehículos pesados españoles transportaron en el 2º trimestre de este año 332 millones de toneladas, lo que supone un incremento del 4% sobre el mismo periodo del año anterior. Con este dato, se encadenan 6 trimestres consecutivos de crecimiento anual, con un incremento acumulado del 21% en los últimos tres años.

En términos anuales, en los últimos 4 trimestres se han transportado 1.278 millones de toneladas, un 5% más que el acumulado anual del mismo trimestre del año anterior.Por tipo de mercancía transportada, destacan las relacionadas con maquinaría y productos manufacturados, con un crecimiento del 15% con respecto al mismo trimestre del año anterior, y de un 8% en los últimos cuatro trimestres.

El transporte de materiales de construcción mantiene un peso importante, pero inferior al registrado en años anteriores. En el segundo trimestre de 2016 supone el 33% del total, mientras que en el mismo trimestre de 2007 llegó a alcanzar el 65%. Su evolución en los últimos trimestres muestra un crecimiento similar al del conjunto del resto de mercancías, registrando este trimestre un crecimiento del 5% con respecto al mismo trimestre del año anterior.El transporte internacional también registra evoluciones positivas. En el segundo trimestre de 2016 se alcanzan los 20 millones de toneladas, entre importaciones, exportaciones y tráfico entre terceros, con un acumulado anual de 73 millones, lo que supone un incremento del 6% sobre el mismo periodo del año anterior, con cifras similares en importaciones y exportaciones (5 y 7 %, respectivamente).

El Libro de visitas de la Inspección de Trabajo ya no es obligatorio

Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores
Laborales, cuando realicen las visitas a los centros de trabajo o
realicen las pertinentes comprobaciones por comparecencia en
dependencias públicas, extenderán diligencia en el modelo previsto en
el anexo de la Orden. Podrán utilizarse los medios electrónicos para su
elaboración.
Se extenderá una diligencia por cada visita o comprobación,
reflejando las materias o aspectos examinados y demás incidencias
concurrentes. Una copia de dicha diligencia se remitirá o entregará a
la empresa, otra copia de la misma, si procede, a los delegados de
prevención y otra quedará en poder del funcionario actuante, para su
posterior archivo.
En aquellas comunidades autónomas con lengua cooficial, el modelo de diligencia se confeccionará en versión bilingüe.
Cada ejemplar de diligencia entregado o remitido a la empresa,
deberá ser conservado a disposición de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social durante un plazo de cinco años, a contar desde la
fecha de expedición de cada uno de ellos.
También deberán conservarse a disposición de la Inspección los
Libros de Visitas así como los modelos de diligencia extendidos con
anterioridad a la entrada en vigor de la Orden (recuérdese: 13 de
septiembre de 2016), por un período de cinco años, a contar desde la
fecha de la última diligencia realizada. Durante dicho período, la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social conservará las diligencias
efectuadas en los Libros de Visitas Electrónicos.

Nueva base de datos sobre la tara de los contenedores

Es útil para los operadores, cargadores y transportistas y ahorra trabajo burocrático y de investigación sobre las características técnicas de los contenedores. Además, su disposición es necesaria por el Convenio SOLAS, (Safety of Life at Sea) de la IMO (International Maritime Organization).Puede consultar esta base de datos accediendo a www.bic-boxtech.org

Andorra: Obligatoriedad de autorización bilateral

Ante el incumplimiento del Acuerdo bilateral de 19 de noviembre de 2014, entre el Reino de España y el Principado de Andorra, que establece en sus
artículos 9 y 10 que el transporte internacional de mercancías estaría
sujeto a autorización previa a partir del 1 de octubre de 2015, las autoridades de la Aduana del Principado de Andorra
empezarán a sancionar a todo aquel que no cumpla con esta obligación a partir del próximo 1 de octubre.

Los permisos específicos de transporte especial, válidos para circular por toda la CAV

Así, es posible desde hace unas semanas tramitar una autorización específica, que se diferencia de la genérica por llevar coche piloto, para todo el conjunto de la CAV (Euskadi-Euskadi), es decir, no es preciso comunicar el itinerario que se vaya a utilizar puesto que el permiso es válido para toda la comunidad autónoma. Las medidas máximas permitidas para tramitar este tipo de permisos son las siguientes:

Longitud: hasta 35 metros
Anchura: hasta 4,5 metros
Altura: hasta 4,5 metros
Masa: hasta 75 toneladas.
Además, el plazo de validez de estos permisos aumenta de 1 a 2 años.

El Tribunal Constitucional anula las tasas judiciales que implantó Gallardón

Las personas físicas estaban ya exentas de su pago. Las tasas no son
exigibles desde la fecha de publicación en el BOE de la sentencia del
Pleno del Tribunal Constitucional, el pasado 15 de agosto de 2016.El viernes 29 de julio de 2016 se hizo pública la esperada sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional (Sentencia de 21 Jul. 2016) que resolvía el recurso interpuesto por el presentado por el Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra la Ley
10/2012, de 20 de noviembre. Recordamos que las tasas eran exigibles en el
orden civil, contencioso y social, ya que tan solo la jurisdicción penal
estaba exenta (además de los procedimientos que regula la Ley Orgánica
5/2012, de 12 de enero, de Protección Jurídica del Menor).En concreto, el Tribunal anula los incisos del art. 7.1 de la ley que prevén las
siguientes cuotas fijas: 1) la de 200 euros para interponer el recurso contencioso administrativo
abreviado y la de 350 euros para interponer el recurso contencioso administrativo
ordinario; 2) la de 800 euros para promover recurso de apelación y de 1.200
euros para los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, en el orden
civil;3) la de 800 euros para el recurso de apelación y 1.200 euros para el recurso de
casación en cualquiera de sus modalidades, en el orden contencioso-administrativo; 4) así
como también la nulidad de la tasa de 500 euros para el recurso de suplicación y 750 para
el de casación en cualquiera de sus modalidades, ambos del orden social.También ha sido declarado inconstitucional el art. 7.2, que impone una cuota
variable cuya cuantía será la que resulte de aplicar al valor económico del litigio el tipo de
gravamen que corresponda, según la siguiente escala: de 0 a 1.000.000 euros, 0,5%; el resto,
un tipo porcentual del 0,25. Máximo variable: 10.000 euros.La sentencia no ordena la devolución de las cantidades pagadas en relación con las tasas declaradas nulas ni en los procedimientos finalizados por resolución firme ni tampoco en los no finalizados en el que el pago de la tasa se satisfizo sin que fuera impugnada por vulneración del art. 24.1 CE. De hecho, en este último supuesto, la ausencia de la impugnación de la tasa dio firmeza a la liquidación del tributo.

La IRU solicita al gobierno francés que tome cartas en la problemática de los asaltos a camiones en Calais

Esta situación, que no está siendo
controlada en absoluto, ha provocado ya que varios operadores rechacen
seguir prestando servicios que impliquen el paso de sus vehículos por
Calais y alrededores camino del Reino Unido. Pero es que, además, se
están registrando ataques a camiones y vehículos de pasajeros presentes
en la zona pero que no tienen Gran Bretaña como destino, simplemente
para intentar hacerse con objetos de valor que se puedan encontrar.Según la información facilitada por ASTIC, Jan Nemec insta al primer ministro a tomar cartas
en el asunto, a reforzar la presencia policial en la zona del puerto y del
Eurotúnel para proteger a los conductores y a los camiones (ya que a los daños
sufridos por los transportistas en los asaltos hay que sumar en demasiadas
ocasiones las multas que esperan al otro lado del paso si son descubiertos
inmigrantes ilegales a bordo del vehículo) y le sugiere que los métodos de
responder a los atacantes deben ir evolucionado ya que las mafias que controlan
estas actividades no cesan de innovar en su modus operandi  para
burlar la vigilancia tanto de los propios transportistas como de los agentes de
la autoridad.

En vigor nuevas medidas para combatir el fraude aduanero

Las autoridades tendrán acceso a dos nuevos bases de datos que
registrarán el desplazamiento de los contenedores transportados en
embarcaciones, e información sobre la entrada, salida y tránsito de
bienes en la UE.Los nuevos instrumentos permitirán a los Estados miembros reforzar el
rastreo y seguimiento de embarcaciones sospechosas, así como mejorar la
detección del fraude aduanero. Las bases de datos ofrecerán un listado
sobre los mensajes enviados por las embarcaciones que transportan
contenedores y sobre los bienes importados, exportados y en tránsito
dentro de la UE.En el caso de las exportaciones se centrará en productos de especial
sensibilidad como el tabaco, el alcohol y los combustibles. El fraude aduanero, como falsear el origen de los productos,
infravaloración, o mentir sobre los productos importados, provoca daños
significativos sobre los intereses financieros de la UE. La puesta en
marcha de esta nueva medida se produjo tras la detección de la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF) de
un caso de falseamiento del origen de varios productos importados.

ATFRIE insiste en la obligación de revisar tanto la no ruptura de los etiquetados como las fechas de caducidad de las mercancías a transportar

ATFRIE muestra una vez más su enérgico rechazo a estas acciones deplorables, que atentan tanto a la salud pública de la ciudadanía como a la competencia desleal del Sector del Transporte y de la Logística del Frío.
Solicita del Ministerio del Interior que se persiga estos hechos delictivos a través de los correspondientes registros, precintando las mercancías caducadas antes de su puesta en circulación, e incoando los correspondientes expedientes para el cese de actividades de las empresas involucradas en los hechos. Con ello, se pretende que los consumidores nacionales y europeos tengan la seguridad que el consumo de productos perecederos españoles viene precedido del respeto de la cadena del frío en cada una de sus fases.
Y recuerda al Sector del Transporte y de la Logística del Frío que los conductores profesionales, en el momento de la carga de los productos perecederos y antes de cerrar la caja frigorífica para transportar las mercancías de origen a destino, deben obligatoriamente revisar tanto la no ruptura de los etiquetados como las fechas de caducidad de las mercancías a transportar, ya que su alteración en tales casos obliga a que los conductores rechacen dichos envíos, garantizando así con su actuación la salubridad de las mercancías que se ubican en su almacén rodante.