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Europa cambia las condiciones relativas a la temperatura en el transporte de carne

El nuevo Reglamento señala que el transporte de carne para la
producción de productos específicos puede tener lugar antes de que se
alcancen los 7º si la autoridad competente lo autoriza, siempre que:

El transporte se efectúe de conformidad con los requisitos que las
autoridades competentes de origen y de destino estipulen para el
transporte desde un establecimiento determinado a otro.
La carne salga inmediatamente del matadero, o de una sala de
despiece emplazada en el mismo lugar que las dependencias del matadero, y
el transporte no dure más de 2 horas
Esté justificado por razones tecnológicas.

Asimismo, el transporte de canales, medias canales y cuartos, o de
medias canales cortadas en tres piezas de venta al por mayor, de ovino y
caprino, de bovino y de porcino, podrá comenzar antes de que se alcance
la temperatura establecida en el punto 1, siempre que se cumplan todas
las condiciones siguientes:

la temperatura se supervisa y se registra en el marco de procedimientos basados en los principios APPCC,
los operadores de empresas alimentarias que expiden y transportan
las canales, las medias canales y los cuartos, o las medias canales
cortadas en tres piezas de venta al por mayor, han recibido autorización
documentada de la autoridad competente del lugar de salida para
acogerse a esta excepción, 
el vehículo que transporta las canales, las medias canales y los
cuartos, o las medias canales cortadas en tres piezas de venta al por
mayor, está equipado con un instrumento que supervisa y registra las
temperaturas del aire a las que se someten las canales, las medias
canales y los cuartos, o las medias canales cortadas en tres piezas de
venta al por mayor, de manera que las autoridades competentes puedan
comprobar el cumplimiento de las condiciones relativas al tiempo y a la
temperatura establecidas en el inciso 8), 
el vehículo que transporte las canales, las medias canales y los
cuartos, o las medias canales cortadas en tres piezas de venta al por
mayor, recoge carne de únicamente un matadero por transporte,
las canales, las medias canales y los cuartos, o las medias canales
cortadas en tres piezas de venta al por mayor, a las que se aplique esta
excepción deberán tener una temperatura en el centro de 15 grados al
comienzo del transporte si van a ser transportados en el mismo
compartimento que canales, medias canales y cuartos, o medias canales
cortadas en tres piezas de venta al por mayor, que cumplan el requisito
relativo a la temperatura del punto 1 (es decir, 7 grados), 
una declaración del operador de empresa alimentaria acompaña el
envío; en ella, se indicará la duración de la refrigeración antes de la
carga, el momento en que empezó la carga de las canales, las medias
canales y los cuartos, o las medias canales cortadas en tres piezas de
venta al por mayor, la temperatura en la superficie en dicho momento, la
temperatura máxima del aire durante el transporte a la que pueden estar
sometidas las canales, las medias canales y los cuartos, o las medias
canales cortadas en tres piezas de venta al por mayor, la duración
máxima autorizada del transporte, la fecha de la autorización y el
nombre de la autoridad competente que autoriza la excepción,
el operador de empresa alimentaria de destino debe informar a las
autoridades competentes antes de recibir por primera vez canales, medias
canales y cuartos, o medias canales cortadas en tres piezas de venta al
por mayor, que no hayan alcanzado la temperatura establecida en el
punto 1 antes del transporte, 
dicha carne se transportará con arreglo a unos parámetros establecidos en el presente reglamento.
Reglamento UE 2017/1981.

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Reino Unido: Cómo realizar el descanso semanal normal de 45 horas en condiciones óptimas

Es decir, si un conductor realiza el descanso de 45 horas en el camión estacionado en un espacio público, en vías públicas o en sus cercanías o en carreteras secundarias de la autopista, estaría cometiendo una infracción. Sin embargo, si el conductor lo toma en una estación de servicio o estacionamiento de camiones, no incurriría en infracción. Las multas por incumplimiento pueden ascender hasta 300 libras (336,61 euros) y una prohibición de conducir contra el conductor hasta que el descanso semanal completo se realice en las condiciones óptimas.La plataforma de Internet TRANSPARK http://www.iru.org/transpark-app permite a los usuarios localizar más de 4.000 aparcamientos en más de 40 países, planificar sus itinerarios y registrar nuevas áreas de aparcamiento y evaluar el nivel de seguridad que ofrecen. Los gestores de áreas de aparcamiento pueden también promover sus áreas, realizar autoevaluaciones o solicitar certificaciones.

Cámaras: Ya funcionan y vigilan el uso del cinturón de seguridad

Desde el 11 de septiembre, 50 cámaras ya controlan específicamente el
uso del cinturón de seguridad, pero habrá 225 ubicaciones donde se
podrán instalar para alcanzar el mayor número de puntos «viigilados» en
las carreteras. Se irán rotando, porque, según Jaime Moreno, subdirector
de Operaciones y Movilidad, «es una medida preventiva; la DGT no
busca sancionar, sino que todos los ocupantes de un vehículo utilicen
adecuadamente tanto el cinturón de seguridad los adultos como las
«sillitas» de los niños».
En los próximos meses, y de forma progresiva, irán entrando en funcionamiento el resto de las cámaras, cuya localización (ver mapa) se puede consultar en la web de la DGT.

A vueltas con la inclusión de los transportistas en la nueva directiva de trabajadores desplazados

Si bien en el boletín digital Nº 1320, del miércoles 25 de octubre, se informaba que el Consejo de Ministros de Asuntos Sociales de la UE había llegado a un acuerdo de partida sobre la reforma de la directiva sobre trabajadores desplazados que no sería de aplicación al sector del transporte hasta que entre en vigor la
legislación sectorial específica, el conocido como Paquete de Movilidad, el Parlamento Europeo sí lo ha incluido en su propuesta, por lo que ahora tienen que negociar con el objeto de llegar a un acuerdo en «primera lectura».

La Justicia europea se posiciona a favor del libre traslado del domicilio social de las empresas de un país a otro dentro de la UE

El caso concreto que analiza la justicia europea tiene que ver con Polbud,
una sociedad constituida en Polonia. Mediante un acuerdo adoptado en 2011, la
junta general extraordinaria de socios de la mencionada sociedad decidió
trasladar su domicilio social a Luxemburgo. Del mencionado acuerdo no resulta
que también fuesen trasladados a Luxemburgo el lugar de la dirección
empresarial y el ejercicio efectivo de la actividad económica de Polbud. La
empresa inició el procedimiento de liquidación, que se anotó en el Registro
Mercantil polaco, y se designó un liquidador. Sin embargo, a la hora de pedir,
más adelante, la cancelación de su inscripción en el Registro polaco, su
solicitud fue rechazada.
Esta es la cuestión que ha llegado ahora hasta el Tribunal de Justicia de la
UE, que concluye que la libertad de establecimiento otorga a Polbud el derecho
a transformarse en una sociedad regida por el Derecho luxemburgués siempre que
cumpla los requisitos para la constitución definidos por la legislación
luxemburguesa y, en particular, el criterio adoptado por Luxemburgo para
establecer los puntos de conexión de una sociedad con su ordenamiento jurídico
nacional.
El Tribunal de Justicia recuerda que el hecho de
establecer el domicilio (social o efectivo) de una sociedad de conformidad con
la legislación de un Estado miembro con el fin de disfrutar de una legislación
más ventajosa no constituye un abuso en sí mismo. Así, la decisión de trasladar
a Luxemburgo únicamente el domicilio social de Polbud, sin que ese traslado
afecte al domicilio efectivo de la sociedad no puede, por sí misma, significar
que ese traslado quede excluido de la libertad de establecimiento.

Publicada la Ley de Reformas del Trabajo Autónomo

Otras 10 estarán vigentes al día siguiente de la publicación de la
ley en el BOE. A continuación se resumen las medidas contempladas en la ley publicada:Medidas para emprendedores

Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. Entrada en vigor en enero de 2018.
Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados tres  años desde que la disfrutaron si vuelven a reemprender. Entrada en vigor en enero de 2018.
Se aplican mejoras para los emprendedores con discapacidad.  Entrada en vigor en enero de 2018.
Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 al 30%. Entrada en vigor en enero de 2018.
Medidas fiscales

Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.  Entrada en vigor en enero de 2018.
Podrán deducirse las primas de seguro de enfermedad. Entrada en vigor en enero de 2018.
Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz y telefonía, siempre que se trabaje desde casa. Entrada en vigor en enero de 2018.
Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero asciende a 48 euros.  Entrada en vigor en enero de 2018.
Medidas sobre las cotizaciones

Los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como hasta ahora.  Entrada en vigor en enero de 2018.
 Los autónomos podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año. Entrada en vigor en enero de 2018.
Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.  
Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
Un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que se eleve el salario mínimo interprofesional, sino que dependerá de lo que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE), después de negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes. Entrada en vigor al día siguiente de su publicación pero pendiente de los Presupuestos Generales del Estado.
Medidas para trabajadores autónomas

Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etcétera. Es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poderse acoger a la tarifa plana como el resto.
Conciliación

Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, acogimiento…
Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
Medidas sobre la contratación

Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100%  un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses.
Formación

Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
Prevención de riesgos laborales

Se reconoce el accidente in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
Diálogo social

Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de utilidad pública.
Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.

 

Europa acuerda que el transporte por carretera quede excluido de la aplicación de la nueva Directiva de trabajadores desplazados

Los ministros de Empleo de los Estados miembros lograron este pasado
lunes un frágil acuerdo para la reforma de la directiva de los
trabajadores desplazados. Gracias a un acuerdo entre España y Francia
respecto a su aplicación al sector del transporte por carretera, se
logró un principio de compromiso, aunque países como Irlanda y varios
del Este se opusieron.Entre los principales puntos acordados se encuentran la remuneración de los trabajadores de acuerdo con el Estado en el que se presta el servicio; la consideración de trabajador desplazado por un periodo de 12 meses, que puede extenderse hasta los 18 a petición de la empresa; la aplicación de los convenios colectivos y el mismo trato que a los trabajadores temporales de agencias y trabajadores locales; y un periodo de trasposición de la directiva de tres años más uno antes de su aplicación.