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El Observatorio de costes se actualizará con nuevas variables

El Observatorio de Costes, herramienta que periódicamente actualiza el Ministerio de Fomento, va a sufrir una actualización con la introducción de nuevas variables y la modificación de algunas de las ya contempladas en los informes. Ministerio de Fomento, transportistas y cargadores revisarán el observatorio introduciéndose nuevos datos, como son los relativos al consumo de Adblue de los vehículos y al coste de los peajes.

Comienzan a funcionar las cámaras que vigilan el uso del cinturón de seguridad

Una vez finalizada la fase de concienciación se dará paso a la fase de denuncia de la infracción, y aquellos conductores que sean captados por las cámaras sin llevar debidamente abrochado el cinturón de seguridad recibirán la denuncia correspondiente: 200 euros y la detracción de 3 puntos.

A la carta informativa se le adjunta la prueba de la infracción, la fotografía, en la que se constata que el conductor del vehículo no hacía uso del dispositivo de retención.

Futurelan, una herramienta clave para la toma de decisiones sobre demanda futura de profesionales en las empresas

El observatorio, presentado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, cuenta con proyecciones del
empleo en sectores económicos y ocupaciones de Euskadi hasta el año
2030. Busca erigirse en una web de interés para todas aquellas
personas y organizaciones que precisan de información útil sobre la
demanda futura de profesionales en las empresas así como de otra
información relevante sobre las principales tendencias que afectarán al
mercado de trabajo del futuro.
Future Lan contiene información de dos tipos: información
cuantitativa con proyecciones de la demanda de empleo en las empresas
por sectores económicos y grupos ocupacionales; e información
cualitativa sobre las tendencias y cambios competenciales en las
ocupaciones.
Con relación a las proyecciones de empleo, la información abarca dos
periodos: desde el año 2005 hasta 2015, con datos del Censo del Mercado
de Trabajo sobre la evolución real del empleo en los diferentes sectores
económicos y ocupaciones y del año 2016 hasta 2030 con datos estimados
sobre la evolución prevista del empleo en unos previamente determinados
sectores y ocupaciones.
Se puede acceder a esta información de carácter cuantitativo a través
de los enlaces ?sectores y ?ocupaciones?, donde se mostrarán datos de
la evolución, real y la prevista en los próximos años; la distribución
del empleo por ocupaciones del sector seleccionado y la distribución del
empleo por sectores productivos, para la ocupación seleccionada.   
Tanto en sectores como en ocupaciones, los datos de evolución y
proyecciones de empleo se encuentran desagregados por sexo, ofreciendo
la posibilidad de analizar el empleo actual y las proyecciones de
demanda en el caso de las mujeres y de los hombres.
La web proporciona a su vez la posibilidad de construir,
seleccionando la información de interés, las necesidades de comparación y
eligiendo el diseño más adecuado para la representación gráfica de la
misma. A esta opción se accede a través del enlace «Mi observatorio».
La información cualitativa, sobre tendencias que afectarán a las
ocupaciones y su potencial impacto sobre los futuros cambios
competenciales, se muestra en la página de «ocupaciones». Seleccionando
la ocupación de interés es posible acceder a información sobre los
siguientes aspectos: las perspectivas de futuro previstas en Europa para
dicha ocupación; los sectores que se verán más afectados por dicha
evolución; las tendencias y cambios en las competencias, distribuidas en
tendencias organizacionales, tendencias tecnológicas y tendencias
económicas.
Esta información cualitativa, se complementa a su vez con informes
sobre el futuro del mercado de trabajo, sectoriales o relativos a
ocupaciones que se van a ir incorporando a la web por parte de
diferentes expertos sectoriales y organizaciones relacionadas con el
análisis del mercado de trabajo, la educación y formación de nuestro
entorno así como del entorno internacional. Es posible descargar todos
estos documentos que contienen información detallada sobre un ámbito de
estudio específico, a través del enlace «Noticias» de Future Lan.

ATENCIÓN: Certificado justificativo de la falta de discos a bordo del camión tras los días festivos de Semana Santa

Cuando un conductor no pueda llevar todos los discos de la jornada en curso y de los 28 días anteriores porque haya estado de vacaciones, de baja por enfermedad, de permiso o de descanso, conduciendo un vehículo exento de tacógrafo, realizando un trabajo distinto al de conducción o en disponibilidad, deberá llevar cumplimentado un certificado que justifique dicha ausencia.

Registro obligatorio de jornada: El Tribunal Supremo se pronuncia

El Pleno de la Sala IV del Tribunal Supremo ha establecido en una
sentencia que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la
jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de
la jornada laboral y horarios pactados, y solo deben llevar un registro
de horas extras realizadas, de acuerdo a la interpretación que realizan
de lo fijado en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores.El Supremo estima así un recurso de Bankia contra la sentencia de la
Audiencia Nacional de 4 de noviembre de 2014, que condenaba a dicho
banco, atendiendo una demanda de los sindicatos, a establecer un sistema
de registro de la jornada diaria efectiva que realiza su plantilla. El
alto tribunal sí mantiene, ya que no fue impugnada por Bankia, la parte
del fallo de la Audiencia Nacional que determinó que la empresa debía
proceder a dar traslado a la representación legal de los trabajadores de
la información sobre las horas extras realizadas en cómputo mensual.Comunicado íntegro del Tribunal Supremo.En GUITRANS se está valorando las consecuencias que la publicación de esta sentencia podría tener en relación con la información remitida en fechas anteriores y, en especial, los efectos que podría tener sobre las empresas de transporte con trabajadores móviles y no móviles. Se está a la espera del criterio de actuación que adopte la ITSS a partir de ahora.

Francia: A partir del 1 de abril, los conductores asalariados como los transportistas autónomos deberán llevar a bordo el formulario A1

¿Cómo se tramita el formulario A1?Desde el 1 de mayo de 2010 está en vigor el Reglamento CE 883/04, que sustituye al Reglamento CEE 1408/71 (actualmente este último Reglamento solo está en vigor para los trabajadores que no son nacionales de la Unión Europea y se desplazan a realizar su actividad al Reino Unido). Todos los desplazamientos que se tramiten en aplicación del Reglamento 883/04 se realizan con el formulario A1, «certificado de legislación aplicable», por el que se certifica que el trabajador continúa sometido a la legislación española de Seguridad Social durante
su desplazamiento a un país miembro de la Unión Europea, Espacio
Económico Europeo o Suiza y, en consecuencia, está exento de cotizar a
la Seguridad Social del país respectivo.Cuando se trata de trabajadores por cuenta ajena que se dedican al transporte internacional, se aplica el artículo 13.1 de ejercicio simultáneo de actividad en dos o más Estados miembros. Para que la Tesorería de la Seguridad Social emita dicho modelo A1, la empresa deberá rellenar y presentar el modelo TA-300 de cada trabajador por cuenta ajena desplazado (si fuera autónomo, sería el mismo documento TA-300 que debería presentar en este caso el transportista). Una vez presentado en la Tesorería, se tramitaría el modelo A1 para cada
trabajador, debiendo dirigirse cada trabajador al Instituto Nacional de
la Seguridad Social para adjuntar la tarjeta sanitaria europea.  Mientras se esté tramitando el documento A1, se considera válido el justificante de haberlo solicitado durante un período máximo de 2 meses.Además del formulario expuesto, el trabajador deberá disponer de la tarjeta sanitaria europea en vigor para poder recibir asistencia sanitaria en el país donde se encuentre.Cómo cumplimentar el modelo TA-300 cuando las operaciones de transporte son habituales Desde Seguridad Social nos confirman que, en estos casos, la empresa tiene que cumplimentar el modelo TA-300, en particular el apartado 4.2, por periodos máximos de 12 meses que podrán renovarse siempre que sea necesario si el trabajador continúa ejerciendo normalmente su actividad en varios Estados miembros de la Unión Europea, y especificar los países (incluida España, si procede) en que dicho trabajador va a realizar su actividad como transportista internacional en ese periodo. Las empresas pueden simplificar la tramitación de los modelos TA-300 cumplimentando los mismos por periodos máximos de doce meses, al término de los cuales deberá procederse a su renovación con el fin de obtener de nuevo los formularios A1, y también pueden indicar que el desplazamiento se efectuara por todos los países de la UE.Si el trabajador causara baja (por fin de contrato, jubilación, etc.) durante el periodo de vigencia del formulario A1, éste queda anulado automáticamente  desde esa fecha. No obstante, si se conoce de antemano la fecha de baja, no debe solicitarse el formulario A1 hasta una fecha posterior.Más información.

Presentada la solución informática GGCH para el control de la jornada laboral desarrollada por Grupo Globale

Ayer, 3 de abril, se celebró en las instalaciones de Fundación GUITRANS Fundazioa una jornada a cargo de Grupo Globale en la que, además de explicar la normativa actual del registro de jornada, se expuso la solución informática que han desarrollado, cuyo nombre es GGCH, para dar cumplimiento a los requerimientos exigidos, tanto en el RD-Ley/2013, de 20 de diciembre, como en el Estatuto de los Trabajadores, ante una Inspección de Trabajo.

Si quiere ampliar información sobre este programa, puede ponerse en contacto con Grupo Globale en el 943-312300, preguntando por el registro de jornadas.

Cerca de 8.900 millones de euros para generar empleo y bajar el paro al 10%

Los recursos estimados para este programa hasta 2020 ascienden a un
total de 8.800 millones de euros: 1.175 millones de euros para el Plan de Empleo; 5.225
millones de euros para Inversión, Innovación, Internacionalización e
Industrialización; y 2.400 millones de euros en avales.
El Programa Marco aprobado hoy se constituye como una estrategia de País y se resume en las siguientes ideas:

Una Estrategia integrada de apoyo al Empleo y la Reactivación Económica dotada con 8.800 millones de euros para reducir el paro por debajo del 10%.

Un Plan Específico de Empleo para favorecer la formación, el emprendimiento y la inserción laboral.

Puesta en marcha de una línea específica de apoyo al empleo juvenil que permitirá ofrecer una oportunidad laboral a 20.000 jóvenes.

Crecimiento anual del 5% del presupuesto destinado a I+D+i.

Apoyo a la internacionalización de las Pequeñas y Medianas empresas vascas.

Desarrollo de la ?estrategia de especialización inteligente RIS3? para  consolidar a Euskadi como región de alta innovación en Europa.

Apuesta por la cuarta revolución industrial como motor del desarrollo económico de Euskadi.

Potenciar la digitalización de las PYME vascas, desarrollando la estrategia de la Agenda Digital de Euskadi para la modernización y digitalización de 1.500 empresas.

Apuesta por la formación dual y la Formación Profesional en los centros de trabajo.

Renovación y consolidación del empleo público, dando respuesta al escenario de jubilaciones previsto.

Finalmente, está previsto que este programa tenga un impacto de cara al año 2020 de:

45.000 empleos incentivados
6.000 nuevas empresas apoyadas
100 nuevos proyectos de investigación  financiados
1.200 PYME apoyadas en su acceso a mercados exteriores
1.100 PYME apoyadas en sus proyectos de modernización y expansión
4.100 proyectos de innovación en PYME apoyados.