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Bidegi invertirá 3 millones en la mejora del enlace de la AP-1 y AP-8 en Maltzaga

La obra contempla la ampliación de la calzadas a dos carriles tanto del enlace de acceso desde la AP-8 a la AP-1 sentido Vitoria Gasteiz como de la conexión de la AP-1 con la AP-8 en sentido Behobia. Por este tramo circulan diariamente 32.900 vehículos en ambos sentidos de los cuales 4.300 son pesados y 28.500 ligeros (IMD de 2016). El tráfico de ligeros aumenta considerablemente durante los meses de julio y agosto cuando se producen los grandes desplazamientos con las operaciones de salida y retorno. Así, en julio del pasado año el enlace registró una intensidad media diaria de 38.600 coches y en agosto alcanzó la cifra de 40.800 vehículos ligeros/día.Según ha informado la agencia foral, la intervención en el enlace de la AP-8 con la AP-1 sentido Vitoria-Gasteiz prevé la ampliación de la calzada actual de la AP-8 en una longitud de 380m que permitirá acometer una transición de dos a tres carriles en los primeros 140m y de tres a cuatro carriles en los siguientes 190m hasta conectar con el ramal de entrada a la AP-1. La mejora de este punto de la AP-8 (pk 69), permitirá a los tráficos que se dirijan a Bilbao o a Vitoria-Gasteiz disponer de un tramo con dos carriles en cada dirección. Para su ejecución se procederá a la ampliación de la plataforma de la autopista mediante un muro que se apoyará en el terreno actual y se ensanchará el tablero del viaducto sobre el río Deba con un nuevo tablero de vigas. También se utilizarán losas prefabricadas.Las obras de la unión de la AP-1 con la AP-8 sentido Behobia afectarán a una longitud de 690m. Tras atravesar el túnel del tramo final de la AP-1 la calzada actual de un solo carril se ampliará a dos carriles. Asimismo se aprovecharán los sobre anchos de la plataforma de la autopista y parte de la anchura de las cunetas de los desmontes existentes para generar tres carriles en un tramo de 400 metros hasta su conexión con la sección actual de dos carriles de la AP-8.

Con un retraso de un año se publica por fin la transposición de la directiva de trabajadores desplazados

La Directiva 2014/67/UE, relativa a la garantía de cumplimiento de la
Directiva 96/71/UE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en
el marco de una prestación de servicios, debiera haber sido transpuesta
al ordenamiento jurídico español antes del 18 de junio del pasado año. El Real Decreto-ley 9/2017 se ha publicado en el BOE el sábado 27 de mayo. El Real Decreto-ley publicado establece para todas las empresas extranjeras que desplacen trabajadores a España el cumplimiento de una serie de requisitos similares a los exigidos para los trabajadores desplazados en otros países países como Alemania, Francia, Austria, Bélgica, Holanda, Italia, etc., consistentes en:

Previamente a la prestación de un servicio en España, sea cual sea la duración del mismo, la empresa extranjera deberá notificar a la autoridad laboral española la realización de dicho servicio mediante una comunicación de desplazamiento. Dicha notificación se realizará por medios electrónicos, conforme al modelo que reglamentariamente apruebe el Ministerio de Empleo.
La comunicación de desplazamiento incluirá todos los datos que permitan identificar el servicio a realizar (identificación de la empresa extranjera y del trabajador desplazado así como fecha de inicio y duración del servicio, entre otros). No será exigible la comunicación en el caso de desplazamientos cuya duración no exceda de 8 días.
La empresa extranjera deberá designar un representante en España para responder ante las autoridades laborales de cualquier incumplimiento de la normativa laboral española por parte de la empresa extranjera.
Las comunicaciones de desplazamiento de trabajadores a España realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su realización.En tanto se proceda al desarrollo reglamentario previsto, las comunicaciones de desplazamiento de trabajadores a España podrán seguir realizándose por los medios en que vinieran haciéndose a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, las modificaciones introducidas en la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, por el presente real decreto-ley serán aplicables a los desplazamientos ya iniciados a la fecha de entrada en vigor del mismo, siempre que a esa fecha los trabajadores desplazados continúen prestando servicios en España.Además de esta directiva han sido transpuestas otras en los ámbitos financiero, mercantil y sanitario.Ver Real Decreto-ley 1/2017 (*).(*) La información de la transposición de la directiva de trabajadores desplazados se encuentra en las páginas 42862-42870.

Nueva instrucción de la ITSS sobre el control en materia de tiempo de trabajo

La instrucción determina que la falta de este control horario «no es
constitutiva, en cuanto tal, de una infracción del orden social». Cabe
recordar, sin embargo, que sí existe obligación de registro de la
jornada diaria en los contratos a tiempo parcial, en los trabajadores
móviles de transporte por carretera, de la marina mercante y
ferroviarios. Se mantiene vigente el resto de la Instrucción 3/2016, a
efectos del cumplimiento de los límites legales y convencionales del
tiempo de trabajo y horas extraordinarias, así como la función de
control que sobre estas materias ejerce la ITSS.

Los registros de jornada diaria que estén implantados constituyen medio
de prueba de la misma, y en ausencia de dicho registro, la ITSS podrá
emplear los elementos de prueba admitidos, incluyéndose entre estos la
prueba indiciaria.

En cualquier caso, se mantiene la obligación de registro de horas
extraordinarias del artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, a
efectos de su control y comunicación a trabajadores y a la
representación legal.Instrucción 1/2017.

Justificante de estar en posesión de certificado digital válido y exigible por Transportes para la realización de trámites

Si durante este año no ha realizado ninguna gestión con el Departamento
de Transportes de Diputación Foral de Gipuzkoa, debe saber que, con
motivo de la entrada en vigor el pasado 1 de enero de las notificaciones
electrónicas en las comunicaciones con este organismo, debe disponer de
una dirección y firma electrónica, entendiéndose esta última bien el
certificado digital o el DNI electrónico (válido para las personas
físicas, no así para las empresas). En el siguiente enlace se accede a la web donde se obtiene el certificado digital que Diputación está requiriendo: Enlace para validar el certificado

Hay que seleccionar el certificado que queremos comprobar, los expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) tienen que haber sido importados previamente al navegador por el que se accede en ese momento. En el caso del DNI electrónico, tiene que estar conectado al ordenador en ese momento a través del lector de tarjetas.
Una vez seleccionado, en la casilla inferior cumplimentar el código que solicita para comprobar que es una persona la que realiza la operación.
A continuación, sale la pantalla de si el certificado es válido o no. Si es válido, imprimir la pantalla y enviar a Diputación a garraiobaimenak@gipuzkoa.eus o presentarlo físicamente en las oficinas de Transportes de la Diputación.

El Gobierno Vasco apoya con 1,7 millones de euros a las empresas que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral

Este programa fue aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión del martes 23 de mayo y es gestionado directamente por Lanbide. Podrán solicitar las mismas, las personas físicas que trabajen por
cuenta propia, así como las personas jurídicas privadas con centro de
trabajo en la CAV, excluidas las sociedades públicas.Les mantendremos informados cuando se publiquen en el BOPV.

Acuerdo M-304 relativo al número máximo de remolques permitidos en una unidad de transporte de mercancías peligrosas

Conviene, sin embargo, aclarar que dentro de la normativa española la
Orden PRE/2788/2015, de 18 de
diciembre, por la que se modifica el anexo IX del
Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre), publicada en el BOE el 23 de diciembre de 2015 y que regula
la expedición de las autorizaciones especiales
de circulación para los conjuntos en configuración euro-modular
(conocidos como megacamiones), establece claramente que no se podrá
conceder dichas
autorizaciones cuando se pretenda realizar transporte de mercancías
peligrosas por carretera (ver apartado Masa máxima autorizada y longitud
máxima autorizada de los conjuntos de vehículos en configuración
euro-modular).ACUERDO MULTILATERAL M304 BAJO APLICACIÓN DE LA SECCIÓN 1.5.1 DEL ADR, RELATIVO AL NÚMERO DE REMOLQUES EN UNA UNIDAD DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSASPor derogación de las disposiciones de la sección 8.1.1. del ADR, las mercancías peligrosas pueden ser cargadas en una unidad de transporte que incluya más de un remolque (o semirremolque) bajo las siguientes condiciones:(1) La unidad de transporte deberá cumplir íntegramente la reglamentación referida a combinaciones de vehículos en los países donde la operación de transporte se efectúe.(2) Una unidad de transporte que incluya un vehículo, y un convertidor Dolly*, deberá satisfacer los requerimientos y ser aprobada de acuerdo a las disposiciones requeridas en el ADR.* Un convertidor Dolly a estos efectos es un remolque diseñado con el sólo objetivo de arrastrar un semirremolque.(3) Cuando la disposición especial V2 (2) de la sección 7.2.4 del ADR se aplica, y cuando los explosivos se transportan en un semirremolque, el vehículo del remolque para ese semirremolque deberá satisfacer los requerimientos para los vehículos EX II o EX III según corresponda.(4) Una unidad de transporte puede no incluir dos remolques en un eje central.(5) Todas las demás disposiciones del ADR deben ser cumplidas.(2) Este acuerdo será válido hasta el 16 de diciembre de 2021 para el transporte en aquellos territorios de las partes contratantes del ADR que hayan firmado el presente Acuerdo. Si es revocado con anterioridad a esa fecha por alguno de los firmantes, será válido únicamente para el transporte de mercancías en aquellos territorios de partes contratantes del ADR firmantes de este Acuerdo que no lo hayan revocado.El presente Acuerdo entró en vigor el 30 de enero de 2017 fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.

Mikroenpresa Digitala Prestakuntza, SPRI: 26 cursos de 2 horas para vender mejor y más seguro en internet

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras a través de
SPRI (agencia de desarrollo empresarial) ofrece cursos intensivos de dos
horas a autónomos y microempresas para que conozcan y sepan utilizar
las herramientas que proporciona internet con el objetivo de mejorar sus
ventas a través de la red. El programa Mikroenpresa Digitala Prestakuntza acerca a este colectivo
de pequeñas compañías los beneficios de las tecnologías de la
información y lasa oportunidades para optimizar sus ventas y mejorar y
personalizar la relación con sus clientes. SPRI, completa la oferta para autónomos y microempresas en materia
digital con otras actividades que están disponibles a través de la
iniciativa Enpresa Digital como son los Barnetegis Tecnológicos, el
programa Inplantalariak y las numerosas jornadas y talleres que se
organizan periódicamente en los tres territorios.

Apoyo de Izaskun Bilbao a Violeta Bulc

Las normas a revisar afectan al acceso y desempeño de la profesión, a
las condiciones sociales que deben cumplir empresas y trabajadores y a
cuestiones relacionadas con la Unión Energética como la Euroviñeta, los
peajes electrónicos o las medidas de apoyo a la descarbonización. Izaskun Bilbao Barandica ha subrayado tras escuchar al sector que las acciones unilaterales adoptadas estado a estado mientras se reforma la legislación europea que afecta al sector «solo aportan distorsión, confusión y más cargas administrativas a un sector que bastante tiene con los problemas descritos». Ha señalado, además, que «el sector del transporte por carretera es crítico para la seguridad vial y  la competitividad de la economía y fuente de empleo». Superar los retos que le afectan «obliga a profesionales y empresas a integrar novedades tecnológicas asociadas a vehículos autónomos, hiperconectados e hipo carbónicos auxiliados por inversiones públicas y privadas y por nuevas capacitaciones que enriquecerán el desempeño profesional y mejorarán los servicios». Las modificaciones a los reglamentos y directivas que debe presentar la Comisión están basadas en los estudios de evaluación sobre el actual marco que señalan las disfunciones que hay que corregir. Entre ellas la vicepresidenta del grupo ALDE ha citado «el dumping social, la utilización fraudulenta de empresas buzón en los estados con más bajos estándares de protección social, el proteccionismo encubierto que está tras las muy variadas interpretaciones del alcance de la normativa sobre cabotaje o las cuestiones relacionadas con la Euroviñeta o el telepeaje». Bilbao Barandica ha insistido igualmente en la necesidad de prestar atención a las cuestiones sociales y se ha mostrado partidaria de «armonizar las condiciones de trabajo en un sector caracterizado por la movilidad mejorando directivas que regulan el tiempo de conducción, el desplazamiento de los trabajadores o los Reglamentos sobre acceso a la profesión».Por esas razones Izaskun Bilbao Barandica ha deseado suerte  a la Comisaria Bulc, que no ha podido participar en el debate pues debía asistir en Bruselas a una importante cumbre sobre seguridad aérea, y ha agradecido «el esfuerzo que me consta lleva tiempo dedicando al tema». Finalmente ha anunciado «mi total apoyo, tras escuchar al sector, a las soluciones europeas. Porque las acciones unilaterales estado a estado solo aportan distorsión, confusión y más cargas administrativas a un sector que bastante tiene con los problemas descritos».

Se restringirá el tráfico de vehículos pesados en la N-232, facilitando su desplazamiento a la autopista AP-68

El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna, y el presidente del Gobierno
de La Rioja, José Ignacio Ceniceros, firmaron el pasado 16 de mayo un protocolo para
la mejora de la movilidad y funcionalidad del corredor viario formado
por la autopista AP-68 y la carretera N-232.
El protocolo contempla restringir el tráfico de vehículos pesados de
mayor volumen (vehículos pesados de 4 o más ejes) en la N-232,
facilitando su desplazamiento a la autopista AP-68, con el objetivo de
mejorar las condiciones de circulación de dicha carretera a su paso por
la Comunidad Autónoma de la Rioja. Esta medida irá acompañada de una
bonificación del 75% en los peajes para este tipo de vehículos.
Asimismo, el protocolo suscrito contempla:

La aprobación del proyecto de construcción de la Ronda Sur de
Logroño, cuyo trazado se apoya en la AP-68 entre Navarrete y Arrúbal, y
el inicio de las expropiaciones y la contratación de las obras.
Desdoblar la N-232 desde Calahorra hasta el límite de provincia
de Navarra, para lo que se redactará el correspondiente proyecto.
Completar el enlace de Lodosa, cuya configuración actual sólo
permite los movimientos sentido Zaragoza, de forma que sean posibles
también los movimientos sentido Logroño. El Ministerio de Fomento
comenzará los trámites de redacción del proyecto e información pública
necesaria durante 2017.
Redactar el proyecto de construcción de la variante de Villar de Arnedo en la N-232.
Aprobar el proyecto de construcción de la A-12 en el tramo
entre Santo Domingo de la Calzada y Villamayor del Río e iniciar las
expropiaciones y la contratación de las obras.
Aprobar las obras del enlace de la N-111 en Lardero e iniciar las expropiaciones y la contratación de las obras.

Estas medidas se encuentran incluidas en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017.

Donostia: En estudio un centro de reparto de mercancías en bici en Pío XII

Un centro de microconsolidación es un almacén al que llegarían las furgonetas de
reparto a dejar su mercancía, que sería recogida por bicicletas y
triciclos que la distribuirían por los comercios de la ciudad.

La concejala de Movilidad, Pilar Arana, baraja como una de las
ubicaciones posibles el entorno de la plaza de Pío XII.Para la implantación de este centro el ayuntamiento donostiarra disponer de ayudas europeas con las que
también ha contado a la hora de poner en marcha otra campaña piloto, el
servicio a domicilio en txitas, desarrollado entre el 6 de marzo y
el 22 de abril, y que ha dado como resultado 92 entregas realizadas en los barrios
de Parte Vieja, Gros, Centro y Amara.