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El Gobierno clarifica qué usuarios están exentos del pago de los peajes en las autopistas

El Consejo de Ministros, en su sesión del viernes 24 de agosto, aprobó
el acuerdo que clarifica la aplicación de lo establecido en el artículo
23 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, acuerdo de
interpretación que se adopta porque el sector concesional mantenía
algunos criterios de exención anteriores a la aplicación de dicho
artículo.El Acuerdo de interpretación al que se ha llegado hoy es que la
redacción del citado artículo 23 es clara y no deja lugar a dudas de a
quién debe aplicársele la exención:
«En el caso de que estuvieran establecidos peajes no estarán
obligados a su abono, los vehículos de las Fuerzas Armadas, los de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, ni los de los servicios contra
incendios.
Tampoco lo estarán los vehículos al servicio de las Autoridades
Judiciales, de emergencia o Protección Civil, las ambulancias, ni los de
la propia explotación e inspección de carreteras, ni los de la
explotación y conservación de equipamiento para la gestión, control y
vigilancia del tráfico, cuando estén cumpliendo sus respectivas
funciones específicas».
Y además este acuerdo del Consejo de Ministros clarifica el caso
particular de los vehículos de las policías locales cuya exención de
peaje sólo será aplicable en el ámbito territorial del municipio
respectivo o fuera de él si están ejerciendo funciones de protección de
autoridades de las corporaciones locales respectivas.
También interpreta que para los vehículos de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad de las Comunidades Autónomas sólo estarán exentos de peaje
los trayectos realizados en el ámbito territorial de su respectiva
Comun.

Ucrania: Tasa en pasos fronterizos a partir del 1 de enero de 2018

Tipo de vehículo
 Peso del vehículo cargado
 Tarifa por vehículo: Cheques
Tarifa por vehículo: Uso de la carretera (por km)

 Remolque/tractora, con o si tráiler/semitrailer
 Hasta 20 Tn
 10 euros
  0,04 euros

 Remolque/tractora, con o si tráiler/semitrailer
 20 Tn- 40 Tn
 20 euros
  0,04 euros

 HGVs
 40 Tn – 44 Tn
 20 euros
  0,2 euros

 HGVs
 44 Tn – 52 Tn
 20 euros
  0,4 euros

 HGVs
 52 Tn – 60 Tn
 20 euros
  0,54 euros

 HGVs
 Más de 60 Tn
 20 euros
  1,56 euros

 Exceso de carga por eje
 Hasta 5%
 –
  0,1 euros

 Exceso de carga por eje
 5% – 10%
 –
  0,2 euros

 Exceso de carga por eje
 10% – 20%
 –
  0,54 euros

 Exceso de carga por eje
 Más de 20%
 –
  0,30 euros

  Exceso de ancho, alto y largo
 Por parámetro en exceso
 –
  0,06 euros

 Contenedor
 
 4 euros
 –

NOTAS:

Los vehículos y contenedores vacíos pagan el 20% de la tarifa adeudada por la realización de los controles. Sin embargo, la tasa por uso de la carretera debe pagarse en su totalidad.
La carga no se recoge en contenedores vacíos.
La tasa única no se recauda en el caso de mercancías en tránsito que no pueden admitirse en Ucrania y, por lo tanto, se vuelven a cargar en otro vehículos en la zona de control de aduanas en el paso fronterizo que aparece simultáneamente como punto de entrada y salida de los bienes.
Los operadores de transporte extranjeros están sujetos al cobro de acuerdo con los términos de los acuerdos bilaterales existentes.

El Plan VEA para la compra de vehículos alimentados con combustibles alternativos estará disponible en el último trimestre del año

Este nuevo plan VEA (Vehículos de Energías Alternativas), que contará con
una partida de 66 millones de euros, tendrá dos líneas  o ramas, una para
compra de vehículos (VEA-Vehículos) y otras destinadas a las
infraestructuras de recarga (VEA-Infraestructura). ANFAC y AEDIVE tildan
de insuficiente esta partida presupuestaria.

Adecuación de la normativa interna a la comunitaria en materia de protección de datos

Aspectos más importantes

Identifica el personal competente en materia de investigación y cuál será el alcance de su investigación: funcionarios de la Agencia de Protección de Datos o funcionarios ajenos a ella habilitados expresamente por su director.

¿Quién está Sujeto al régimen sancionador?:

Los responsables de los tratamientos
Los encargados de los tratamientos
Los representantes de los responsables o encargados de los tratamientos no establecidos en la UE
Las entidades de certificación
Las entidades acreditadas de supervisión de los códigos de conducta

No será aplicable al delegado de protección de datos el régimen sancionador en esta materia.

Establece el plazo de prescripción de las infracciones previstas en el Reglamento UE 2016/679  (3 años como máximo en función de la infracción) y sanciones (3 años como máximo en las sanciones más elevadas de 300.000 euros).

Asimismo, el Reglamento establece el procedimiento a seguir en caso de una posible vulneración de la normativa de protección de datos.

Se nombra a la Agencia Española de Protección de Datos representante en el Comité Europeo de Protección de Datos.

Establece qué resoluciones publicará la Agencia de Protección de Datos.

Los contratos de encargado de mantenimiento suscritos con anterioridad al 25/05/208 seguirán siendo válidos hasta su vencimiento y si fueran indefinidos, hasta el 25/05/2022.

Nuevo etiquetado de los combustibles

La UE ha aprobado una nueva normativa que establece un etiquetado distintivo para identificar los distintos combustibles de cara a los consumidores. Este nuevo estándar europeo será obligatorio en gasolineras y vehículos nuevos a partir del próximo 12 de octubre.

Todos los vehículos nuevos deberán incluir nuevo este etiquetado de combustible, así como las estaciones de respostaje, en cada uno de los 28 estados miembros de la Unión Europea, así como los países del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), incluyendo también a los estados de Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía. En el caso de España, se sumará al etiquetado medioambiental de la DGT.

El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales, gasolina (circular) , gasóleo (cuadrado), y combustibles gaseosos  (rombo).

A su vez, cada grupo se subdividirá en diferentes nomenclaturas según la clase específica, contando con hasta diez tipologías distintas:

Gasolina: E5, E10, E85
Diesel: B7, B10, XTL
Gaseosos: H2 (hidrógeno), LPG (Gas Licuado de Petróleo o Autogas), CNG (Gas Natural Comprido), LNG (Gas Natural Licuado).

Los parados podrán reactivar la ayuda de 430 euros

En todo caso no se trata de una nueva convocatoria del Plan de Activación para el Empleo, que finalizó el 30 de abril y que, por tanto, no admite nuevas solicitudes. Este Real Decreto-Ley beneficia solo a aquellos parados que habiendo tenido aprobada ya la ayuda de la PAE, la perdieron y no pudieron completar los seis meses de duración prevista por haber dejado de cumplir alguno de los requisitos que daban acceso a la ayuda.

Nuevas reglas de inscripción en la Seguridad Social para evitar los falsos autónomos

La medida aprobada trata de evitar las incidencias que se han venido produciendo en los procedimientos iniciados por la Inspección de Trabajo cuando, tras practicar la Tesorería General de la Seguridad Social las altas de oficio de los trabajadores en el Fichero General de Afiliación, las empresas o los propios trabajadores tramitaban la baja de esos mismos trabajadores y por esos mismos periodos a través del Sistema de remisión electrónica de datos (RED).

Mediante el Real Decreto aprobado se reforman los artículos 31 y 35 del Reglamento General sobre inscripción de empresas, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

Lo más importante es que partir de ahora, serán preceptivos los Informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para resolver las solicitudes de baja que se formulen tras haberse practicado altas de oficio, respecto a los mismos trabajadores a instancia de la propia Inspección. Hasta ahora, estos informes eran potestativos.

Asimismo las bajas y variaciones de datos formuladas por las empresas o trabajadores no producirán efectos ni extinguirán la obligación de cotizar aquellas bajas y variaciones de datos cuando afecten a los periodos de tiempo comprendidos en las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que motivaron la tramitación del alta y variación de datos de oficio, por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto a los mismos trabajadores.

Plan Director por un trabajo digno 2018-2019-2020

Por un lado, se refuerza la sostenibilidad presente y futura de la Seguridad Social y de las prestaciones sociales.

Por otro lado, se fortalece la competencia leal entre empresas en el mercado de trabajo, dirigiéndose el Plan contra aquellas que incumplen la normativa laboral y de Seguridad Social vigente. Ha de tenerse en cuenta, en este sentido, que el fraude es económicamente insostenible y socialmente injusto y provoca una merma en la competitividad y productividad de la economía española, atacando igualmente a los derechos fundamentales o básicos de los trabajadores.

Es un plan que combinará actuaciones inmediatas y a medio plazo. De ahí que incluya dos planes de choque que se pondrán en marcha: un plan de lucha contra el fraude en la contratación temporal y otro contra los abusos en la contratación a tiempo parcial.

Creada la Comisión Interministerial para el Cambio Climático y la Transición Energética

Entre los objetivos de esta comisión está las coordinar las actuaciones de los órganos concernidos
de la Administración General del Estado, para la elaboración del Anteproyecto de Ley de
cambio climático y transición energética, del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima
o de la estrategia para la descarbonización de la economía a 2050.