
Mediante este programa se financia las siguientes actuaciones:
1) Contrato de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido, o de duración determinada siempre que en este supuesto conste el compromiso de conversión en indefinido a su finalización o en un momento anterior, que realicen las empresas a las personas que cumplan los siguientes requisitos:
3.2.a) Que, el dÃa anterior a la fecha de inicio del contrato, estén en situación de desempleo, inscritas y de alta en Lanbide-Servicio Vaco de Empleo.
3.2.b) Que tengan concertado con la empresa un contrato de duración determinada, en cuyo caso la empresa deberá realizar, además del contrato de relevo, una contratación adicional por el tiempo equivalente como mÃnimo al que falte para la finalización de dicho contrato temporal. La contratación adicional se realizará con una persona que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- con una persona que sea mayor de 45 años o menor de 30 años que, el dÃa anterior a la fecha de inicio del contrato, esté en situación de desempleo, inscrita y de alta en Lanbide.
- con una persona, menor de 30 años, que tenga concertado en la misma empresa un contrato bajo cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el artÃculo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o desarrolle un perÃodo de prácticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543/2011, con el objeto de posibilitar su sucesión en la contratación.
3.2.c) Que, siendo menor de 30 años, tengan concertado en la misma empresa un contrato bajo cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el artÃculo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o desarrollen un periodo de prácticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, y que pasen a ser relevistas dentro del periodo establecido de vigencia de dicho contrato o prácticas no laborales, o al dÃa siguiente de su finalización
2) Contrato adicional: en el supuesto de que existan acuerdos
previos en la empresa relativos al procedimiento para cubrir los
contratos de relevo con trabajadores/as en activo en la empresa que
resulten de las jubilaciones parciales que se suceden
Podrán ser subvencionados los contratos de relevo subscritos
con personas que no cumplan los requisitos de edad previstos en el apartado 3.1, siempre y
cuando se realice una contratación adicional por un perÃodo mÃnimo de 3 meses y en todo caso
por el tiempo equivalente al que falte para la finalización del contrato anterior del relevista si dicho
perÃodo fuera superior a 3 meses, con una persona que cumpla alguno de los siguiente requisitos:
a) Que sea una persona menor de 30 años o mayor de 45 años que, el dÃa anterior a la fecha
de inicio del contrato, esté en situación de desempleo, inscrita y de alta en Lanbide.
b) Que sea una persona menor de 30 años, que finalice en la misma empresa un contrato bajo
cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el artÃculo 11 del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, o desarrolle un periodo de prácticas no laborales reguladas en el
Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en
empresas.
Plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva.
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será el siguiente:
a) Contratos iniciados con anterioridad a la publicación de esta convocatoria en el BOPV: tres
meses a contar desde el dÃa siguiente al de dicha publicación.
b) Contratos iniciados el mismo dÃa o con posterioridad a la publicación de la convocatoria en el
BOPV: tres meses contados desde la fecha de inicio del contrato de relevo.
En cualquier caso, la fecha final de presentación de solicitudes será el dÃa 20 de octubre de
2023.