La Instrucción IS-42 de 26 de julio de 2016, publicadaSeguir leyendo…
Merkantzia arriskutsuak
Servicio de Consejero de Seguridad externo para autónomos
Con este servicio se facilita el cumplimiento de las exigencias normativas en esta materia, sin que la implementación de las mismas entorpezca, en la medida de lo posible, la propia actividad de la empresa.
Publicada corrección de errores del ADR 2015
En el BOE del pasado 7 de diciembre.Corrección de errores.
Instrucción IS-38, formación de las personas que intervienen en los transportes de material radiactivo por carretera
No es de aplicación a la formación de la tripulación del vehículo de
transporte regulada en el capítulo 8.2. del ADR al objeto de la
obtención y renovación del certificado de formación del conductor
emitido por las Jefaturas Provinciales de Tráfico (certificado de formación ADR).
Documentación Jornada Técnica ADR 2015
En los siguientes enlaces puede descargarse la documentación de laSeguir leyendo…
Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), relativo al transporte de embalajes desechados, vacíos, sin limpiar
En el BOE del 18 de abril se ha publicado este acuerdo que será válido hasta el 31 de diciembre de 2014 para el transporte en
aquellos territorios de las partes contratantes del ADR que hayan
firmado el presente acuerdo. Si es revocado con anterioridad a esa fecha por alguno de los firmantes,
será válido únicamente para el transporte de mercancías en aquellos
territorios de las partes contratantes del ADR que no lo hayan revocado. Este acuerdo se refiere a que los embalajes vacíos sin limpiar que son
desechados pueden ser afectados al número ONU 3509 bajo reserva.
Publicado en el BOE el acuerdo sobre el etiquetado de las botellas de GLP en el transporte internacional
En el BOE del 27 de marzo se publicó el acuerdo multilateral M 269 sobre el etiquetado de las botellas de gases licuados del petróleo en el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.
Este acuerdo se refiere al marcado de botellas recargables para el transporte de gas licuado del petróleo (GLP) de los ONU 1011, ONU 1075, ONU 1965, ONU 1969 u ONU 1978.
En cuanto al tamaño mínimo de los dígitos del número ONU deberán cumplirse como tarde en el momento de la siguiente inspección periódica.
Este acuerdo será válido hasta el 30 de junio del 2018 para el transporte en aquellos territorios de partes contractuales del ADR que hayan firmado el acuerdo.
Los transportes mercancías peligrosas aún no pueden circular por la A-27
A mediados de agosto tuvo lugar la puesta en servicioSeguir leyendo…
A partir del próximo 8 de octubre, la renovación del carné ADR requerirá la superación de un examen en Tráfico
El pasado 8 de julio se publicó en el BOE un Real Decreto que modifica el Reglamento General de Conductores para adaptarlo al ADR 2013. Los cambios que se introducen en dicho Reglamento, algunos de ellos de importante calado, son los siguientes:o Nuevo modelo armonizado en tarjeta de plástico de la autorización ADR,
que sustituye al actual modelo en cartulina, con lo que se le dota de
mayores medidas de seguridad. Desde el 1 de enero de 2013 dichas
autorizaciones ya se expiden en el nuevo modelo en plástico, aunque las
autorizaciones expedidas antes de esa fecha en cartulina seguirán siendo
válidas.
Los depósitos de combustible fijos en una unidad de transporte en el ADR 2013: Caso particular de los frigoríficos
Hasta el momento, están exentos de cumplir con ADR aquellos vehículos en los cuales la capacidad total de los depósitos fijos no excedan de 1.500 litros por unidad de transporte, siendo la unidad de transporte un vehículo a motor al que no se engancha ningún remolque o un conjunto constituido por un vehículo a motor y el remolque o semirremolque unido al mismo. Esto constituye un problema para el sector frigorífico al tener que contar con el depósito de combustible para el funcionamiento del equipo de frío, disminuyendo la capacidad total de combustible de propulsión del vehículo. El sector siempre ha reivindicado la posibilidad de que se contemplara el combustible de equipo de frío como una exención o se aumentara la capacidad total exenta, esto es, admitir una cifra superior a los 1.500 litros, para no ser considerada mercancía peligrosa.