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Recomendaciones de actuación que la IRU en caso de rechazo de los cuadernos TIR por las aduanas rusas

El 5 de julio pasado, el Servicio Federal de Aduanas de la Federación
de Rusia (FCS) anunció el establecimiento de una garantía adicional a la
establecida en el Convenio TIR para todas aquellas mercancías que
circulen por su territorio al amparo de un cuaderno TIR. Con
posterioridad, en fecha 8 de agosto de 2013, se anunció que la
introducción de dicha medida se posponía hasta el 14 de septiembre. ASTIC, siguiendo las orientaciones de la IRU, nos ha remitido las siguientes recomendaciones para las empresas de transporte de mercancías que utilicen Cuadernos TIR en la Federación Rusa en caso de rechazo de los Cuadernos y de demanda de garantías suplementarias.

El futuro nuevo impuesto de circulación penalizará a las flotas más antiguas

El Gobierno quiere aplicar en 2014 el nuevo impuesto de circulación con criterios medioambientales Así se desprende del texto del Plan Aire 2013-2016, que tiene por
objeto mejorar la calidad del aire y que ya ha sido sometido al
preceptivo plazo para la participación pública por parte del Ministerio
de Agricultura, Alimentación y Medioambiente. De esta forma, el impuesto de circulación, de competencia municipal,
dejará de estar vinculado a los caballos fiscales de los vehículos, y
dependerá del grado de contaminación de los mismos, medido por sus
emisiones de CO2, NOx y partículas.

Procedimiento para la tramitación de la licencia comunitaria para titulares de MDL de más de 3,5 Tn de MMA

Tal y como se informaba en el Boletín digital nº 834, a partir del 4 de diciembre, fecha en la que entra en vigor del Reglamento Comunitario 1072/2009, se exigirá a todos los transportistas con vehículos ligeros de más de 3,5 toneladas de MMA estar en posesión de la licencia comunitaria para realizar transporte internacional. Hasta el momento sólo era exigible a los vehículos de más de 3,5 Tn de carga útil.

Los ligeros de más de 3,5 toneladas deberán tener licencia comunitaria para transporte internacional a partir del 4 de diciembre

¡Atención última hora! A partir del 4 de diciembre, entrada en vigor del Reglamento europeo 1072/2009, se exigirá a todos los transportistas españoles con vehículos ligeros de más de 3,5 toneladas de MMA poseer la licencia comunitaria para realizar transporte internacional. Hasta el momento sólo era exigible a los de más de 3,5 Tn de carga útil.

La carta de porte electrónica se puede empezar a utilizar en España desde el próximo 9 de agosto

Su utilización es opcional, por tanto, no es obligatoria.Con fecha 15 de junio se ha publicado en el BOE el Instrumento de Adhesión de España al Protocolo Adicional al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR) relativo a la carta de porte electrónica, hecho en Ginebra el 20 de febrero de 2008, y que ya se viene utilizando con éxito en otros modos de transporte (aéreo, ferrocarril, marítimo, multimodal).