Skip to main content
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Las Mutuas contarán con más capacidad de intervención en las altas de los trabajadores

El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 18 de julio aprobó un plan integral de medidas de
reforma de las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y de la
gestión de la Incapacidad Temporal, en el marco de lo establecido en el
Programa Nacional de Reformas. Este plan se compone de la remisión a las Cortes Generales de un
Proyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de
las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
Seguridad Social, y del Real Decreto que regula determinados aspectos de
la gestión y control de los procesos de Incapacidad Temporal en el
primer año de duración.

La Seguridad Social facturará directamente las cotizaciones a las empresas

La previsión es que el sistema de facturación directa comience a introducirse durante el último trimestre de 2014 -empezando por el Régimen General- y que se vaya ampliando gradualmente hasta su completa implantaciónCon este sistema, cuyo anteproyecto de ley en materia de liquidación e ingreso de cuotas fue aprobado por el Consejo de Ministros en la sesión celebrada el pasado 13 de junio, las empresas dispondrán cada mes de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada trabajador.

Se trata de un medio de facturación directa que permitirá establecer un control integrado de la recaudación basado en el cálculo previo por parte de la Administración de las cuotas de Seguridad Social para cada uno de los trabajadores de las empresas. El procedimiento se inicia cuando la TGSS notifica a las empresas que cumplen los requisitos establecidos la obligatoriedad de unirse al sistema de liquidación directa.

Actualizada la normativa sobre señalización vertical en carreteras

En el BOE del 5 de abril se ha publicado la Orden FOM/534/2014, de 20 de marzo, por la que se aprueba la norma 8.1-IC señalización vertical de la Instrucción de Carreteras, que actualiza la referida a 1999, con los nuevos criterios de instalación en la Red de Carreteras, que regulan tanto las señales del código de circulación, entre las que se encuentran las prohibiciones, restricciones, etc., como los carteles de orientación, que recogen la confirmación de itinerarios, o la señalización de salidas… La evolución de la red de carreteras y del parque de vehículos que circula por ella, así como de la normativa técnica nacional e internacional, han propiciado la necesidad de actualizar la anterior norma sobre señalización vertical de 1999. Las objetivos principales del nuevo texto se centran en mejorar por un lado la seguridad vial, y por otro la información de cara al usuario. (En la imagen, Preseñalización de area de servicio con aparcamiento vigilado para camiones).