La guía elaborada, a la que puede acceder pinchando aquí, incluye las últimas recomendaciones de la Comisión Europea que puede servir de ayuda, tanto en la didáctica general de prevención, como en factores específicos de la actividad sectorial, para contribuir a garantizar tanto la máxima protección para los trabajadores del sector del transporte, como de los empleados de los clientes que interactúan con ellos.
SOLRED: listados de estaciones de servicio con servicios para conductores
Red de estaciones con servicios adicionales-Genéricas.
Red de estaciones con servicios adicionales-Perfil TRANSPORTE.
Actualizado el procedimiento de actuación del Ministerio de Sanidad para los servicios de prevención
El documento de Sanidad recoge, entre otras cuestiones, las siguientes obligaciones para las empresas:
Evaluar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19 y seguir las recomendaciones del servicio de prevención.
Aumento a 2 metros del distanciamiento entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes o público, así como en la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.).
Establecer planes de continuidad de la actividad ante un aumento de las bajas laborales o en un escenario de incremento del riesgo de transmisión en el lugar de trabajo, con proceso de participación y acuerdo de la representación legal de los trabajadores.
Corresponde a los servicios sanitarios de los servicios de prevención evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección. Se supedita, por tanto, la consideración de trabajador especialmente sensible, a la calificación realizada por los servicios sanitarios mencionados.
Obligación de la empresa de facilitar los medios necesarios para que los trabajadores puedan asearse y equipos de protección individual.
Medidas preventivas. Se recomienda el uso acumulativo de las medidas preventivas para optimizar la prevención, sin aludir a que la ausencia de alguna de ellas pueda ser suplida por las restantes
Manejo del personal sintomático en operadores críticos de servicios esenciales. Se incluye la actuación a llevar a cabo en el caso de que la prueba de COVID19 resulte negativa.
Obligación de elaborar informes preceptivos de acreditación de la incapacidad temporal por parte de los servicios sanitarios de los servicios de prevención.
Ministerio de Sanidad.
GIPUZKOA: Medidas fiscales adoptadas para hacer frente al COVID-19
Entre las medidas contempladas en el Decreto Foral-Norma 1/2020, publicado en el BOG de hoy:
Aplazamientos de modo automático hasta un límite de 300.000 euros, sin garantías, y con un plazo de devolución de 24 meses.
Las personas autónomas, por su parte, no estarán obligadas a ingresar los pagos fraccionados del IRPF durante los dos primeros trimestres.
En el capítulo de las devoluciones, la Hacienda foral ha reforzado los equipos que trabajan en este campo, en especial en el IVA, con el objetivo de reducir plazos y devolver liquidez de la forma lo más rápida posible a personas autónomas y empresas.
Resumen de medidas:
Autoliquidaciones correspondientes al mes de febrero que tienen de plazo hasta el 25 de marzo para su presentación.: (330, 320, 111, 044,..IVA, Retenciones, juego, IIEE).
Colectivo obligado a presentar telemáticamente o modelo cuya presentación es únicamente telemática. Nuevo plazo hasta el 27 de abril. La domiciliación de todas se hará en esa fecha.
Colectivo no obligado a presentar telemáticamente y posibilidad de presentar en papel de ese modelo. Plazo hasta el 1 de junio.
Declaraciones informativas y recapitulativas (720, 189, 349, SII,?..) cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 8 de abril de 2020.
Colectivo obligado a presentar telemáticamente o modelo cuya presentación es únicamente telemática (p.e.:720). Nuevo plazo hasta el 27 de abril.
Colectivo no obligado a presentar telemáticamente y posibilidad de presentar en papel de ese modelo. Plazo hasta el 1 de junio.
Autoliquidaciones correspondientes al mes de marzo y trimestrales del primer trimestre que tienen de plazo hasta el 27 de abril para su presentación.: (330, 320, 111, 044,300, 110,..IVA, Retenciones, juego, IIEE).
Colectivo obligado a presentar telemáticamente o modelo cuya presentación es únicamente telemática. Plazo hasta el 27 de abril, no varía. La domiciliación de todas se hará en esa fecha.
Colectivo no obligado a presentar telemáticamente y posibilidad de presentar en papel de ese modelo. Plazo hasta el 1 de junio. Se amplía.
Autoliquidaciones correspondientes al mes de abril que tienen de plazo hasta el 25 de mayo para su presentación.: (330, 320, 111, 044,..IVA, Retenciones, juego, IIEE)
Colectivo obligado a presentar telemáticamente o modelo cuya presentación es únicamente telemática. Plazo hasta el 25 de mayo, no varía. La domiciliación de todas se hará en esa fecha.
Colectivo no obligado a presentar telemáticamente y posibilidad de presentar en papel de ese modelo. Plazo hasta el 1 de junio. Se amplía.
Autoliquidaciones no periódicas (ITP, Sucesiones y donaciones…)
Colectivo obligado a presentar telemáticamente o modelo cuya presentación es únicamente telemática. Plazo hasta el 27 de abril, a no ser que su plazo sea superior, que entonces será esa fecha. En estos modelos hay algunos que no pueden ser telemáticos, por lo que los pasaremos al punto 2.
Colectivo no obligado a presentar telemáticamente y posibilidad de presentar en papel de ese modelo y todos los que no tienen esa posibilidad (p.e. Impuesto sobre sucesiones y donaciones). Plazo hasta el 1 de junio. Se amplia, independiente de cual sea el devengo
En cuanto a pagos fraccionados, no hay que presentar la autoliquidación ni del primer ni del segundo trimestre, ni se mandará la domiciliación (modelo 130).
Liquidaciones que estaban realizadas y pendientes de pago y para las nuevas notificaciones, plazo para pago 1 de junio, independientemente de la fecha de notificación.
En los aplazamientos y fraccionamientos vigentes, se retrasa un mes el pago de los vencimientos del 25 de marzo y 10 de abril de 2020. También se retrasan, por tanto, el resto de los vencimientos posteriores si los hubiera.
Se incrementa hasta 300.000 euros el importe total de deuda que se puede aplazar con dispensa de garantías (aplazamientos automáticos). El fraccionamiento será mensual, con el plazo máximo de dos años. El ingreso previo mínimo exigible será del 20% de lo solicitado o de 60.000 euros si el importe total solicitado va a superar los 300.000 euros, de forma que la cantidad a fraccionar de esta manera nunca supere los 300.000 euros.
Por último, se regulan medidas especiales en cuanto a la tramitación de los procedimientos.
El presente decreto foral-norma entra en vigor hoy 25 de marzo y surtirá efectos a partir del 14 de marzo de 2020.
Acceso a CALENDARIO FISCAL ADAPTADO.
Cuadro resumen.Preguntas Frecuentes.
Guía con relación de estaciones de servicio del territorio español con detalle de los servicios ofrecidos al sector
De acuerdo con la información facilitada por ASTIC, las estaciones de servicio integradas en la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) les informan de que, puesto que saben que los conductores están encontrando dificultades para acceder a los aseos y recibir avituallamiento en determinados puntos, han remitido esta guía -que se irá actualizando periódicamente- en la que poder encontrar diversas instalaciones integradas en CEEES que ponen a disposición de estos.
A pesar del COVID-19, vuelven a repetirse las colas en el punto fronterizo de Biriatou
FITRANS ha dirigido una comunicación al CNTC solicitando traslade la problemática a los Ministerios españoles de Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que realicen las gestiones oportunas con sus homólogos franceses y no se repita esta situación en las actuales circunstancias de reducción del tráfico rodado, cifrado en un 80-90%, siendo por tanto aún más incomprensible la actuación de las autoridades galas. Son momentos difíciles para todos y TODOS tenemos claro que el transporte de mercancías por carretera está desarrollando una labor fundamental para hacer frente a esta grave pandemia.
La UE abre las negociaciones de adhesión con Albania y Macedonia del Norte
La crisis del coronavirus ha centrado la agenda y actividad europea de las últimas dos semanas. Pero este martes, el bloque comunitario ha dado un paso. La UE avanza en su perspectiva de ampliación a los Balcanes dando luz verde al inicio de las conversaciones de adhesión con Albania y Macedonia del Norte. La prioridad de expansión europea pasa ahora por los Balcanes Occidentales. Montenegro, Serbia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia (FYROM) y Albania son candidatos oficiales; mientras que Bosnia y Herzegovina y Kosovo son candidatos potenciales.
Cumpleaños agridulce para el Espacio Schengen que cumple mañana 25 años comprometido por el Coronavirus
La pandemia del coronavirus ha puesto de nuevo, tras la crisis migratoria, al espacio de libre circulación en una situación muy complicada. Y es que 14 de los 26 países que conforman Schengen han notificado a la Comisión Europea la imposición de controles fronterizos internos, aunque son muchos más los que han establecido algún tipo de control como medida ante el Covid-19. El convenio Shengen entró en vigor un 26 de marzo de 1995, cumpliendo mañana un cuarto de siglo de existencia.
Austria, Chequia, Dinamarca, Hungría, Lituania, Polonia, Alemania, Estonia, Portugal, España, Finlandia, Bélgica, Suiza y Noruega han notificado hasta la fecha a la Comisión Europea la reintroducción de estas restricciones.
Un poco de historiaEl espacio de libre circulación nació en una pequeña aldea del mismo nombre en Luxemburgo. En 1985, cinco países ?Bélgica, Luxemburgo, Alemania, Países Bajos y Francia- decidieron que entre ellos, las fronteras solo aparecerían en los mapas. No obstante, no fue hasta 1995 cuando siete Estados miembros de la UE decidieron empezar a ponerla en práctica. Hoy en día, el Área Schengen ya abarca a la mayoría de los Estados de la UE, excepto Croacia, Chipre, Irlanda y el Reino Unido. Bulgaria y Rumanía tampoco están dentro, pero están en proceso de adhesión al tratado.
Guía de Preguntas frecuentes sobre el COVID elaborada por el Ministerio de Transportes
La declaración del estado de alarma en España ocasionado por el COVID-19 afecta a aspectos fundamentales de la actividad de la ciudadanía, como el abastecimiento y la movilidad, así como de las instituciones y de los diferentes sectores productivos del país. Para facilitar el acceso a la información sobre las medidas implantadas, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la ha estructurado en los siguientes apartados: Preguntas frecuentes, Preguntas generales, Movilidad, Profesionales del Transporte, Sector Aéreo, Sector del ferrocarril y Contratación pública.
Instrucciones del Departamento de trabajo del Gobierno Vasco para la tramitación de expedientes de regulación de empleo por Fuerza Mayor como consecuencia del COVID-19
La fuerza Mayor requiere resolución de la Autoridad Laboral que se limita a constatar la existencia de fuerza mayor alegada por la empresa y se dictará resolución en el plazo de 5 días. En todos los casos en los que la solicitud se presente aduciendo causas de fuerza mayor, se considera que el silencio administrativo tiene la consideración de POSITIVO.
Instrucciones GV ERTE.