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Inspección de Trabajo y Seguridad Social publica los procedimientos que seguirá para controlar la jornada laboral de conductores 

Sobre la participación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los sistemas de control regulares sobre el sector de transportes por carretera
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social participará, en el ejercicio de sus competencias, en el sistema de controles regulares y apropiados sobre la aplicación correcta y coherente de la jornada laboral por las personas que realizan actividades móviles por cuenta ajena en el sector de transportes por carretera. Dichos controles abarcan tanto los que se hagan en carretera, fundamentalmente a través de la colaboración de otras instituciones articuladas mediante los Protocolos y Convenios que se formalicen con ellas, como los que se desarrollen por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los locales de las empresas de todas las categorías de transporte de acuerdo con la Estrategia Nacional acordada y los acuerdos que se establezcan con las autoridades competentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. 

Sobre las acciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los controles de jornada laboral en los locales de las empresas. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y anexo I partes A y B de la Directiva 2006/22, los controles en los locales de las empresas deben organizarse teniendo en cuenta la experiencia adquirida, la información y los resultados del sistema de clasificación de infracciones o de riesgos y las informaciones facilitadas por las autoridades españolas competentes y las de otros Estados Miembros. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social actuará de acuerdo con la información que obtenga del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana conforme a los acuerdos vigentes sobre el registro de empresas infractoras y los controles de tiempos de conducción del vehículo y tiempos de descanso de las empresas que sean objeto de actuación inspectora. Los controles que corresponde llevar a cabo a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprenderán necesariamente: a) La duración completa de la jornada semanal. 

b) El control de la duración media de los tiempos de trabajo semanal, pausas y trabajo nocturno.

c) El control de los tiempos de trabajo que no sean de conducción del vehículo. 

La información que proporcione la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los organismos competentes sobre estas actuaciones incluirá el número de conductores controlados en la carretera, el número de controles en los locales de las empresas, el número de jornadas de trabajo controladas y el número y tipo de infracciones registradas, y en ella se indicará si el transporte fue de pasajeros o de mercancías de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 2 de la Directiva 2006/22, de 15 de julio. 

Sobre los controles concertados con autoridades competentes de otros Estados de la Unión Europea. 

De conformidad con el artículo 5 de la Directiva 2006/22, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social procurará organizar controles en los locales de las empresas mediante inspecciones concertadas con los organismos competentes de otros Estados Miembros. 

Tales controles concertados serán efectuados de forma simultánea o sucesiva por las autoridades de control de dos o más Estados miembros, cada una de ellas en su propio territorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento 2019/1149, de creación de la Autoridad Laboral Europea y las directrices de desarrollo dictadas por dicha autoridad. 

Sobre la colaboración del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OEITSS) con el Organismo de Enlace Intracomunitario. 

En cumplimiento del artículo 7 de la Directiva 2006/22, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social participará en el sistema de intercambio de datos estadísticos bienales a la Comisión con arreglo al Reglamento (CE) 561/2006 suministrando información a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en su calidad de organismo de enlace intracomunitario. De acuerdo con el artículo 9 de la Directiva 2006/22, el OEITSS contribuirá al sistema nacional de clasificación de riesgos de las empresas del sector facilitando al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana los datos que le soliciten acerca de las infracciones y sanciones en el orden social en la forma que se acuerde con dicho organismo.

PEAJES: Bizkaia y Navarra siguen adelante con sus proyectos para la implantación de un canon para vehículos pesados

El Diputado vizcaíno de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, Imanol Pradales, presentó este pasado martes, día 17 de mayo, en las Juntas Generales de Bizkaia el Anteproyecto de Norma Foral sobre la implantación de un canon para vehículos pesados de transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas por el uso de determinadas carreteras vizcaínas. Un día después, el Gobierno de Navarra adoptó un acuerdo por el que manifiesta su conformidad a la toma en consideración de la proposición de ley foral de los grupos parlamentarios PSN, EH Bildu Nafarroa, Podemos Ahal Dugu Navarra y Mixto-Izquierda-Ezkerra, reguladora del canon de uso de las carreteras de la Comunidad Foral.

El Congreso insta a construir mas aparcamientos seguros para transportistas

La Proposición no de Ley, que ha sido aprobada por unanimidad de todos los Grupos Políticos insta al Gobierno español a adoptar las siguientes medidas:

Elaborar y presentar un plan para la mejora y construcción de nuevas zonas de aparcamiento seguras certificadas para camioneros a lo largo de la red viaria estatal.
Incrementar los canales de interrelación con Europol a fin de garantizar respuestas coherentes y coordinadas, así como un apoyo operativo y analítico que favorezca el trabajo conjunto entre policías de diferentes Estados para diseñar estrategias de persecución y desmantelamiento de mafias transnacionales.

En el acuerdo suscrito entre el CNTC y el MITMA el 17 de diciembre de 2021 se incluían las siguientes medidas:

Convocatoria de 20 millones de euros de ayudas del PTRR para la adecuación y construcción de aparcamientos seguros.
Convocatoria CEF de 100 millones de euros para la adecuación y construcción de aparcamientos seguros.
Compromiso del MITMA de promoción de las ayudas entre la iniciativa privada.

Publicada la nueva Directiva comunitaria sobre el alquiler de vehículos de mercancías por carretera

Los Estados miembros pondrán en vigor a más tardar el 6 de agosto de 2023 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

A más tardar el 7 de agosto de 2027, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación y los efectos de la presente Directiva.

60 millones de euros en ayudas al transporte de mercancías para incentivar que los camiones se suban al barco

En el BOE del pasado 5 de mayo se publicó la Orden TMA/391/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

Una vez finalizado el proceso de selección de navieras, se publicará la convocatoria de ayudas en concurrencia simple para promover que los transportistas, cargadores u operadores logísticos prioricen las vías marítimas. Las pymes y los autónomos son potenciales beneficiarios de las ayudas en las mismas condiciones que las empresas de mayor tamaño puesto que no hay limitación por tráficos o por la cuantía de la ayuda a solicitar. 

El programa de eco-incentivos tendrá una duración inicial estimada de 3 años, comenzando el periodo de elegibilidad para los beneficiarios, una vez finalizado el procedimiento de selección de las entidades colaboradoras, con la aprobación y publicación de la primera convocatoria, que se producirá en el año 2022 y finalizará en marzo de 2023. En la misma convocatoria se establecerá la relación de los servicios de transporte marítimo de mercancías elegibles y el valor del eco-incentivo calculado para cada uno de las mismos. En los años sucesivos se aprobarán y publicarán las convocatorias correspondientes a los periodos de elegibilidad de abril de 2023 a marzo de 2024, y de abril de 2024 a marzo de 2025. 

Podrán solicitar las subvenciones las empresas o autónomos que paguen el flete, siempre y cuando se embarque un remolque, un semirremolque o un vehículo pesado rígido. Por ejemplo, tanto los cargadores, como los transportistas y los operadores de transporte o logísticos son potenciales beneficiarios del Eco-incentivo marítimo si sufragan el embarque de un camión rígido, un semirremolque o un remolque. 

El programa de Eco-inventivo marítimo se centra, así, en subvencionar al agente decisor del tipo de transporte que se va a efectuar, independientemente de si es una persona física o jurídica y de la facturación de esta última. 

El Eco-incentivo está prefijado para cada servicio marítimo elegible y el usuario genera el derecho a solicitarlo por cada viaje que realice durante el periodo señalado.

El coste subvencionable será el correspondiente a la reducción de costes externos en territorio nacional al realizar la actividad elegible. Esto es, si un transportista opta por utilizar el modo marítimo para trasladar un semirremolque del puerto de Valencia al de Civitavecchia, en lugar de ir por carretera, tendrá derecho a ingresar una subvención proporcional a los ahorros de los costes externos generados dentro de España. Así, de los casi 1.710 kilómetros de carretera que separan los ambos puertos, el transportista obtendrá incentivos por los algo más de 520 km que hay hasta la frontera con Francia, yendo por la costa.

Más información.

El Gobierno Vasco aprueba la orden de ayudas para el sector del transporte para el abandono de actividad

A la espera de que se publique en el BOE la convocatoria de las ayudas al abandono del MITMA, el Consejo de Gobierno Vasco, en su reunión de 10 de mayo, ha aprobado la orden del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes por la que se establece el programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por abandono de la actividad para el año 2022. En 2022 contará con un presupuesto de 310.000 euros, un 5% más que en 2021, y las solicitudes podrán ser presentadas durante un mes a partir del día siguiente de la publicación de la orden en el BOPV.