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Hasta el 30 de septiembre para solicitar el cambio en la base de cotización de los transportistas autónomos

Efectos del cambio:

1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.
1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
NORMATIVA REGULADORA: Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (BOE, 25/10/2017).

Enlace a la web de la Seguridad Social.

FRANCIA: la región de Île de France renuncia a aplicar la ecotasa a los vehículos pesados

La Presidenta de la región de Île de France, Valérie Pécresse, ha anunciado oficialmente que renunciará definitivamente a la implantación de una ecotasa regional en Ile de France, ya que esta medida “no permite gravar solo a los vehículos en tránsito”, decisión de la que se felicita la asociación francesa OTRE en el comunicado que ha colgado en su página web y al que puede acceder pinchando aquí.

TicketBAI Gipuzkoa: Kenkariback, nuevo modelo con el que acelerar el reembolso de la inversión asociada a TBAI que haya realizado el contribuyente

Es por ello por lo que la Diputación Foral de Gipuzkoa ha creado un modelo llamado Kenkariback TicketBai que permitirá que, de una manera, sencilla se conceda el adelanto de la deducción para que el contribuyente reciba el reembolso cuanto antes. Según informa la Hacienda Foral, en breve se publicará en Ogasuna un nuevo modelo KTB. Es decir, a través de Kenkariback, los contribuyentes se beneficiarán de la bonificación fiscal en el momento en que realicen la inversión asociada a TicketBAI. Se procederá a devolver el IRPF o el Impuesto de Sociedades que el contribuyente ha pagado en los últimos cuatro años, siempre dentro de las normas y límites que establece la deducción. 

Esta medida está incluida en el Decreto Foral-Norma 5/2021, de 7 de septiembre, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI, publicada en el BOG de 8 de septiembre de 2021.

Ejemplos.

Peaje camiones AP-15/N-1: admitida a trámite la querella interpuesta por el CNTC

El Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) interpuso el 7 de junio una querella criminal ante los Juzgados de Donostia contra la Diputada Foral de Infraestructuras Viarias, Aintzane Oiarbide, y la empresa pública BIDEGI SA, por hechos que pueden ser constitutivos de delito al seguir cobrando el canon previsto para la N-I y la AP-15. El pasado 2 de septiembre se puso en conocimiento de los miembros del CNTC la admisión a trámite de la querella, ordenándose diligencias previas. El ente foral se ha expresado por boca de su portavoz foral, Eider Mendoza, que ha declarado que “es algo habitual que este tipo de cuestiones se admitan a trámite”, entrando dentro de los parámetros establecidos por la propia Diputación.

Instaladas nuevas marcas viales experimentales en la provincia de Burgos

Dientes de dragón 
Obligará al conductor a reducir notablemente la velocidad de circulación con respecto al tramo precedente, debiendo, a la vez, adaptar la conducción a las nuevas circunstancias del entorno de la carretera. 

Líneas de borde quebradas 

El objetivo de esta nueva marca experimental es concienciar al conductor de que se aproxima a una sección particular por lo que deberá reducir la velocidad.

FRANCIA: equipamiento de inverno a partir del 01/11/2021

A partir del 1 de noviembre de 2021, el equipamiento de invierno será obligatorio cada año durante el período invernal en algunas zonas montañosas, de acuerdo con lo establecido en Décret nº 2020-1264 du 16 octobre 2020 relatif à l´obligation d´équipement de certains véhicules en période hivernale (Journal Officiel de la République Française, 18/10/2020). Las zonas donde se aplique esta obligación estarán señalizadas con una nueva señal de tráfico para recordar la misma a los usuarios de estas vías. Las zonas en las que será obligatorio disponer de cadenas o neumáticos de invierno serán los macizos siguientes: Pirineos, Alpes, Córcega, Macizo Central, Macizo del Jura y Macizo de los Vosgos (ver mapa de zonas afectadas). 

Equipamiento invernal obligatorio para vehículos pesados (N2, N3)

El vehículo sin remolque o semirremolque puede tener, al menos, dos cadenas (o dispositivos antideslizantes removibles equivalentes); o
Estar equipado con, al menos, 4 neumáticos de invierno, montados en, al menos, dos ruedas direccionales y, al menos, dos ruedas motrices. Si el vehículo tiene más de un eje de dirección, estos son los volantes del sistema de dirección principal.
Los vehículos pesados que viajen con remolque o semirremolque deberán, en todo caso, disponer de dispositivos antideslizantes desmontables.

Los vehículos con neumáticos con clavos están exentos de los requisitos de equipamiento.

A partir del 1 de noviembre de 2024, solo se aceptarán neumáticos 3PMSF como equivalentes a cadenas. Hasta esa fecha solo se tolerarán los neumáticos para nieve marcados con “M + S”.

La compra y el uso de otros “neumáticos para nieve” seguirá siendo posible, pero los usuarios deberán tener cadenas además de estos neumáticos para conducir desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo en las zonas afectadas por la medida.

Más información.

Alemania: nuevas tarifas de peaje TOLL COLLECT a partir del 01/10/2021

Importe del peaje por categorías (céntimos de euro/km) a partir del 01/10/2021

 Tipo vehículo
Euro 6 
Euro 5/ EEV 
 Euro 4
 Euro 3
Euro 2 
 Euro 1 y No Euro

 Entre 7,5 t y 12 t
7,9
 9
 10,1
 13,4
 14,5
 15,6

 Entre 12 t y 18 t
12,6
 13,7
 14,8
 18,1
 19,2
 20,3

 Más de 18 t y hasta 3 ejes
16,9
 18
 19,1
 22,4
 23,5
 24,6

 Más de 18 t y 4 o más ejes
18,3
 19,4
 20,5
 23,8
 24,9
 26

FRANCIA: las 44 toneladas solo para transporte realizado en su totalidad en territorio francés

Además el decreto especifica las condiciones de tráfico en 42 toneladas y 44 toneladas de ciertos vehículos de transporte por carretera que realizan la parte por carretera de las operaciones de transporte intermodal definidas por la directiva 96/53 / CE, revisada por la directiva (UE) 2015/719.

También transpone las disposiciones de la Directiva 96/53 / CE revisada que autoriza a sobrepasar las dimensiones máximas de los vehículos y combinaciones de vehículos en circulación para mejorar su aerodinámica. Finalmente, introduce las disposiciones modificadas de esta directiva por el Reglamento (UE) 2019/1242 del Parlamento Europeo y del Consejo, que autoriza un exceso, entre 1 y 2 toneladas como máximo, de los pesos máximos autorizados de determinados vehículos con el fin de neutralizar el peso adicional debido a equipos destinados a limitar sus emisiones contaminantes en circulación (baterías eléctricas por ejemplo). 

Los cambios que introduce el Decreto entraron en vigor el 1 de agosto, salvo la precisión de que solo se podrán sobrepasar las 40 toneladas (a no ser que se trate de un transporte intermodal entre dos países) en transportes que realicen su recorrido íntegramente en Francia que entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

Por otra parte, el Decreto de 28 de julio publicado en el Journal Officiel de 3 de agosto establece que a partir del 1 de octubre de 2025 los conjuntos de vehículos de más de 4 ejes que transporten más de 40 toneladas deberán ir arrastrados por una cabeza tractora matriculada con posterioridad al 1 de enero de 2014 o del tipo Euro 6 o más. Hasta ese momento la cabeza tractora deberá ser posterior al 1 de octubre de 2009 o Euro 5 o más.

Sentencia del Supremo que deniega que los autónomos societarios puedan acogerse a la jubilación activa con el 100% de pensión

En la Sentencia se hace referencia a que los autónomos que ejercen la actividad como persona física asumen una responsabilidad patrimonial personal, con todos sus bienes, que justifica que, si tienen contratado al menos a un trabajador disfruten de una compatibilidad plena de la pensión de jubilación y de sus ingresos como autónomo. Por el contrario el autónomo societario se beneficia de la limitación de la responsabilidad societaria, que en principio no afecta a su patrimonio personal y además no contrata directa y personalmente a nadie, sino que lo hace a través de la sociedad.

De esta manera el autónomo, persona física,  tiene derecho a compatibilizar la pensión de jubilación y el trabajo, en un 50% o en un 100%, en función de si acredita tener contratado al menos un trabajador por cuenta ajena, tal como se estableció en el Art. 214 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, pero en el caso de aquellos autónomos que están incluidos en el RETA por su condición de administradores de una empresa con forma de sociedad, los conocidos como “autónomos societarios”, solo puede reconocérsele la compatibilidad en un 50%; pero no en el 100%.