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La AP de Bilbao seguirá incentivando el uso de la Variante Sur Metropolitana por por parte de los vehículos pesados

La Autoridad Portuaria de Bilbao realizará, durante la vigencia de la adenda, la
misma aportación económica anual que consta en el Convenio, por un importe máximo
anual de cien mil euros (100.000 euros), con destino a la aplicación de la bonificación que por
el uso de la Variante Sur Metropolitana de Bilbao, infraestructura sujeta a peaje, abonen
los vehículos pesados con salida o destino al Puerto de Bilbao, desde cualesquiera de
sus enlaces existentes, en las condiciones establecidas en el referido Convenio. 

La aplicación del citado alcance presupuestario máximo anual de la bonificación
prevista en el Convenio queda condicionada a la vigencia presupuestaria anual del
Programa de Competitividad de Transporte Terrestre del Puerto de Bilbao, siendo su
ejercicio y aplicación transparente y no discriminatorio en orden a los potenciales
beneficiarios, con independencia de la nacionalidad o residencia del transportista o de la
matrícula del vehículo pesado, sin que pueda dar lugar a distorsiones de la competencia
entre operadores.

Programa de ayudas Kit Digital: publicada la segunda convocatoria dirigida a empresas de 3 a 9 empleados

En el BOE de 2 de agosto se ha publicado en Extracto de la segunda convocatoria de este programa de ayudas que incluye dos nuevas categorías de solución de digitalización, amplía las entidades beneficiarias de las ayudas y adapta los plazos de ejecución, justificación y pago para facilitar la implementación de las soluciones, entre otras modificaciones.

Cuantía de las ayudas
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 6.000 euros. 

Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:

Sitio Web y Presencia básica en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros
Comercio electrónico: 
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II:  2.000 euros
Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.500 euros
Gestión de Clientes:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros (incluye 1 usuario) 
Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros (incluye 1 usuario) 
Gestión de Procesos:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 3.000 euros (incluye 3 usuarios) 
Factura Electrónica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros (incluye 3 usuarios) 
Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 250 euros por usuario (hasta 9 usuarios) 
Comunicaciones Seguras:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 125 euros por usuario (hasta 9 usuarios) 
Ciberseguridad:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 125 euros por dispositivo (hasta 9 dispositivos) 
Presencia avanzada en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros
Marketplace:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II: 2.000 euros.

Toda la información sobre esta segunda convocatoria en el siguiente enlace.

Gobierno Vasco y diputaciones acuerdan un nuevo paquete de medidas fiscales para paliar los efectos de la inflación

Deflactar todos los tramos de la tarifa del IRPF un 4%. Esta medida es aplicable al ejercicio 2022. Se actualizan los importes de la reducción por tributación conjunta, minoración de la cuota y asimismo se actualizan las deducciones en el mismo porcentaje del 4%. Esta deflactación se suma a la aplicada a principios de año de un 1,5%, por lo que la cifra total será del 5,5%. 
Ajuste de la tabla de retenciones aplicable a los rendimientos de trabajo a partir de septiembre. De esta forma, la deflactación de la tarifa será efectiva desde ese mes. Deflactar significa que todas las personas y familias van a disponer de más dinero en su bolsillo. 
Minoración de la cuota de hasta 200 euros aplicable en las declaraciones con una Base Imponible General de hasta 35.000 euros. Las declaraciones con una Base Imponible General hasta 30.000 euros podrán aplicar la minoración de la cuota de 200 euros. Entre 30.000 y 35.000 euros, este importe de 200 euros irá reduciéndose de manera progresiva. 
Exención de las ayudas públicas de 200 euros que se perciban con motivo del Real Decreto Ley 11/2022. 
Exoneración de la presentación de los pagos fraccionados del tercer y cuarto trimestre de 2022 para las personas autónomas. 
Exoneración de la presentación del pago fraccionado para las empresas con volumen de operaciones inferior a 50 millones, siempre y cuando no estén incluidas en un grupo de consolidación fiscal. 

Estas medidas suponen un esfuerzo fiscal de 250 millones de euros. Por una parte, 140 millones benefician a todas las personas contribuyentes de la renta y, por otra parte, 110 millones benefician a las más vulnerables.

Nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos en vigor a partir del 1 de enero de 2023

Principales novedades que contempla el nuevo sistema

Rendimientos netos

La reforma aprobada establece que en los próximos tres años se despliega progresivamente un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años. 

Además, se define el concepto de rendimientos netos, fundamental para la puesta en marcha del nuevo sistema. De esta manera, los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente. 

Se habilita así un sistema que permite a los autónomos cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos (descontando los costes de desarrollar su actividad) hasta seis veces al año. Al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año. 

Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en 2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.

En términos porcentuales, los autónomos con ingresos más bajos experimentarán una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. Los trabajadores autónomos con rendimientos por debajo del SMI, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025. Ese año, los tramos de rendimiento medio tendrán cuotas entre 290 y 294 euros mensuales y quienes ganan más de 6.000 euros al mes, 590 euros. 

En el siguiente enlace puede acceder a las tablas generales y reducidas vigentes para cada año en este periodo 2023 a 2025.

Tarifa reducida para los nuevos autónomos

El texto aprobado también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos. 

Reformulación completa de la protección de los autónomos

Se mantiene el cese de actividad ordinario, pero se incorporan nuevas modalidades. Se introduce una nueva prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad que podrá cobrarse durante un periodo de cuatro meses a dos años, sin que haya que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre. Para poder acceder, deben acreditar una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas cuando no se cuente con trabajadores, y quienes tengan trabajadores esta misma reducción de facturación, unos ingresos por debajo del salario mínimo y tener al 60% de sus empleados en un ERTE. También se regula el cese temporal parcial por fuerza mayor cuando haya una declaración de emergencia y los autónomos pierdan el 75% de sus ingresos y se queden con una renta no superior al SMI.

Desaparece el tope de cotizaciones para mayores de 47 años

A partir de 2023, el tope de cotizaciones para los trabajadores mayores de 47 años desaparece. Previamente se utilizaban estas mayores cotizaciones de manera voluntaria para elevar la cuantía de la pensión de jubilación en los años previos a alcanzar la prestación de jubilación.

Desgravación del 10% del plan de pensiones

Otra novedad que se contempla para los autónomos es la desgravación de un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Refuerzo prioritario de la tramitación electró­nica a través del teléfono móvil

El teléfono móvil se va a convertir en la prin­cipal herramienta de gestión del autónomo. Se podrán realizar altas, bajas, elección de tramo y cuota, así como acceder a los datos y expediente del autónomo e incluso proceder a la realización de simulaciones para conocer lo más certeramente posible la cuota a pagar en función de los ingresos antes de proceder a la realización de un alta.

Publicada la reforma del Reglamento de Extranjería

Se ha publicado en el BOE de 27 de julio el Real Decreto 692/2022 que reforma del reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería con el objetivo de mejorar el modelo migratorio español y sus procedimientos, en muchos casos lentos e inadecuados, lo que genera periodos prolongados de irregularidad, con altos costes sociales y económicos. 

Medidas para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España 

Se mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes, incrementando sus posibilidades de trabajar y atrayendo con ello talento internacional. En este ámbito, se permite que los estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales y se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios (hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo). 
Se actualizan las figuras de arraigo y de reagrupación familiar. En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular, pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular. En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.

En cuanto a la reagrupación familiar, la reforma crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar, y también se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores extranjeros, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad. 
La reforma aprobada incluye una nueva figura de arraigo por formación que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo. La figura puede ser prorrogada por otros 12 meses.


Mejoras en la migración regular y en la gestión

En cuanto a las medidas de refuerzo de la migración regular, la normativa incorpora tres grandes novedades:

Una racionalización de los requisitos exigidos para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países.
Una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporarán automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión y una reducción de plazos. Se evita de esta forma el necesario informe de
la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración. También se suprime la posibilidad de que no se incluyan en
el Catálogo ocupaciones que, por su naturaleza, podrían ser
cubiertas por desempleados, tras su participación en
actuaciones formativas programadas por el SEPE, lo que
esperamos facilite la inclusión de la ocupación de
conductor.
La normativa también mejora el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadores y empresas y reduciendo las cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.  

Por último, el Real Decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogeneice la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios. Además, la reforma también introduce mejoras en la tramitación en las Oficinas Consulares.  

El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, excepto lo previsto en el apartado noveno, a través del que
se suprimen los artículos que integran el capítulo IV «Residencia temporal y trabajo por
cuenta ajena de duración determinada», que entrará en vigor un año después de la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

El Pleno de las Juntas Generales de Bizkaia aprueba el proyecto de norma foral que introduce el peaje para camiones

La Norma Foral incluye 15 artículos y 3 disposiciones finales, y con ella se pretende encajar jurídicamente un sistema de arcos de control free-flow ?sin barreras físicas y sin detención de vehículos- para controlar el paso de camiones en más de 100 kilómetros de la red viaria de Bizkaia. 

Los cinco tramos incluidos son la A-8 y la BI-10, desde Basurto hasta el Haya; la N-240 por Barazar, desde El Gallo hasta la variante de Ubidea; la N-636 desde Durango a Gipuzkoa (Kanpazar); el corredor del Txorierri (la BI-30), entre Erletxes y Rontegi; y la BI-625, desde Laudio hasta Basauri. 

Novedades sobre la Junta Arbitral del Transporte de Gipuzkoa

Después de mucho esperar, finalmente el 20 de julio se ha publicado en el BOG el Decreto Foral 12/2022, de 5 de julio, por el que se constituye la Junta Arbitral del Transporte de Gipuzkoa y se regula su composición y funcionamiento. La Junta Arbitral tendrá su sede en Donostia, en las dependencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa. La Diputación Foral procederá a designar a los miembros de la Junta Arbitral del transporte de Gipuzkoa en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor del presente Decreto Foral, el 21 de julio.

Ayudas del Gobierno Vasco para emprender en economía social

La primera convocatoria de ayudas es la dirigida a la asistencia técnica en las empresas de Economía Social y está dotada con 440.000 euros. En concreto, las ayudas irán dirigidas a financiar las siguientes actividades: 

la elaboración e implantación de un Plan de Gestión Anual
la realización del estudio económico financiero previo para la prestación de garantías a los asociados
el asesoramiento específico en gestión comercial de las Cooperativas y Sociedades Laborales
la contratación de servicios especializados de apoyo a la gerencia
planes de reactivación de empresas en dificultades
implantación de nuevas herramientas de transformación de las organizaciones
la elaboración de un diagnóstico de las necesidades de digitalización y medioambientales de las empresas
la implantación de herramientas para la digitalización, y,
la implantación de acciones de mejora en materia medioambiental. 

Asimismo, se han aprobado 697.000 euros para la formación en economía social. Podrán ser actividades formativas sobre el cooperativismo o las sociedades laborales en el ámbito (pre)universitario y/o societario, en el universitario, así como actividades divulgativas o de investigación.

Les mantendremos informados de los requisitos, cuantías, documentación y plazo para su presentación en cuanto se publiquen las convocatorias en el BOPV.

Bonificaciones de la AP-66 para descuentos en los peajes entre Asturias y León

A partir del 21 de julio, los usuarios de la AP-66 que circulen con vehículo ligero y cumplan una serie de condiciones se beneficiarán de unos descuentos del 60% por trayecto, frente al 50% disponible hasta la fecha. En esta línea, las tarifas para los vehículos pesados se rebajan un 40%, frente al 30% actual. Los camiones, autobuses y demás vehículos pesados podrán disfrutar de los descuentos sin ningún tipo de condiciones, desde el primer trayecto, todos los días de la semana. Así, se aplicará automáticamente tanto si pagan en efectivo, como con tarjeta o telepeaje (OBE) en cualquier recorrido. 

Para beneficiarse de las bonificaciones, los vehículos ligeros deben abonar los peajes con un dispositivo de telepeaje o Via-T. Asimismo, los descuentos del 60% se empiezan a aplicar a partir del tercer desplazamiento al mes por la autopista completa (Campomanes-León y viceversa) o entre Campomanes y La Magdalena e inverso, o del quinto paso de barrera o recorrido parcial al mes. Se consideran recorridos parciales los trayectos entre Campomanes y Villablino, Villablino y La Magdalena, Villablino y León y La Magdalena y León. Igual que en el caso de los vehículos pesados, la bonificación se aplica todos los días de la semana por cada trayecto.

Real Decreto 604/2022.
Real Decreto 605/2022.

El CNTC rechaza el último borrador de la Ley de Cadena del Transporte y presentará una redacción alternativa

El Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) analizó el lunes 18 de julio el nuevo borrador de “mejora de la cadena de transporte? propuesta por el MITMA. La opinión es desfavorable en cuanto supone un paso atrás a los términos conforme a los que se había venido desarrollando la negociación hasta ahora.

En consecuencia, se comunicará el rechazo a la propuesta del MITMA, proponiendo una redacción alternativa en la que se insista en los principios básicos que se han venido defendiendo a lo largo de este tiempo de negociación.