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Bonificaciones en las autopistas AP-41, R-5 y R-2 para usuarios recurrentes con telepeaje desde el 30 de enero

Bonificación del 100% en el viaje de vuelta de lunes a viernes, siempre que la ida se haya producido entre las 06.00 y las 11.00 horas, para todos los vehículos, excepto autocares y microbuses. Es decir, siempre que se realice el viaje de ida y vuelta en el mismo día y en hora punta, la autopista será gratis.
También será gratuito cualquier tránsito a partir del décimo viaje y del mismo trayecto que se realice en el mes. Para autocares y microbuses el coste será de 1 euro sin ninguna condición de recurrencia, ni de franja horaria ni de día de la semana.

BIZKAIA: importes y descuentos en el nuevo peaje para camiones en la N-240 y BI-625, en vigor desde el 25 de enero

En el BOB de 25 de enero se ha publicado Decreto Foral 12/2023, de 24 de enero, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se establece la cuantía del canon a vehículos pesados de transporte de mercancías por uso de determinadas carreteras del Territorio Histórico de Bizkaia. Algunos de los importes han sufrido una pequeña modificación con respecto peaje a los importes indicados en el Boletín 1622 del 20 de octubre de 2022 y dados a conocer por la Diputación Foral de Bizkaia. El nuevo peaje en estas dos vías se cobra desde el 25 de enero.

En la carretera N-240 (Barazar) están activos 9 arcos free flow colocados entre la unión de El Gallo (p.k. 55) y Ubidea (p.k. 23) conforme a la siguiente tarifa (IVA incluido) al paso por los puntos de control siguientes:
Sentido creciente (Bilbao)  Pesados I  Pesados II 
Barazar (1)  5,78  8,93
Zeanuri  0,66  1,03
Areatza  1,22  1,90
Arantzazu  0,87  1,36
Igorre Sur (2)  0,69  0,77
Igorre Norte  0,32  0,37
Apario  0,29  0,32
Bedia  1,62  1,82
Usansolo  0,43  0,48
(1) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por la BI-3542 (Otxandio), les corresponde el abono de 1,40 euros para el caso de los pesados I y 2,06 euros los pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía desde la BI-3542 (Otxandio), les corresponde el abono de 4,38 euros para el caso de de los pesados I y 6,87 euros para el de pesados II.
(2) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por la BI-2543 (Dima), les corresponde el abono de 0,43 euros para el caso de de los pesados I y 0,48 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo desde la BI-2543 (Dima), les corresponde el abono de 0,26 euros para el caso de pesados I y 0,29 euros para el de pesados II.
(3) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por Lemoa (Estaziño Auzoa), les corresponde el abono de 0,59 euros para el caso de los pesados I y 0,67 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo desde Lemoa (estaziño Auzoa), les corresponde el abono de 1,03 euros para el caso de pesados I y 1,15 euros para el de pesados II
Sentido decreciente (Araba)  Pesados I  Pesados II 
Usansolo  0,43  0,48
Bedia (3)  1,62  1,82
Apario  0,29  0,32
Igorre Norte  0,32  0,37
Igorre Sur (2)  0,69  0,77
Arantzazu  0,87  1,36
Areatza  1,22  1,90
Zeanuri  0,66  1,03
Barazar (1)  5,78  8,93
(3) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por Lemoa (Estaziño Auzoa), les corresponde el abono de 1,03 euros para el caso de los pesados I y 1,15 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía desde Lemoa (Estaziño Auzoa), les corresponde el abono de 0,59 euros para el caso de pesados I y 0,67 euros para el de pesados II.
(2) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por la BI-2543 (Dima), les corresponde el abono de 0,26 euros para el caso de pesados I y 0,29 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía por la BI-2543 (Dima), les corresponde el abono de 0,43 euros para el caso de los pesados I y 0,48 euros para el de pesados II.
(1) A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía por la BI-3542 (Otxandio), les corresponde el abono de 1,40 euros para el caso de los pesados I y 2,06 euros los pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por la BI-3542 (Otxandio), les corresponde el abono de 4,38 euros para el caso de los pesados I y 6,87 euros para el de pesados II.
Se establecen los siguientes descuentos para los vehículos pesados tipo I y II, destinados o utilizados exclusivamente para el transporte de mercancías por carretera, aplicados sobre la tarifa resultante, y siempre que se utilice OBE como medio de identificación y pago, de forma que el ajuste pueda ser abonado con carácter mensual en la cuenta vinculada al dispositivo OBE:
  • El 13% de los trayectos efectuados por los vehículos que durante el mes natural realicen 180 o más pasos por puntos de control de la N-240 Tarragona – Bilbao (Barazar), desde la unión de El Gallo (p.k. 55,773) y la variante Ubidea (p.k. 23,050) y se abonen mediante el mismo dispositivo telemático (OBE) de identificación y pago. Una vez cumplido todo lo anterior, dicho descuento se aplicará desde el primer paso.
En la carretera BI-625 están activos 8 arcos free Flow desde Laudio (p.k. 372,560) a Basauri (p.k. 387,310), conforme a la siguiente tarifa (IVA incluido) al paso por los puntos de control que se indican:
Sentido creciente (Bilbao)  Pesados I  Pesados II 
Arakaldo  0,45  0,50
Zollo  0,94  1,05
Bakiola  0,23  0,26
Ugao-Miraballes  1,01  1,13
Zaratamo  0,64  0,72
Lapatza 1 (1)  0,40  0,44
Irubide (2)  0,36  0,40
(1) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía hacia el «polígono de Lapatza», les corresponde el abono de 0,14 euros para el caso de los pesados I y 0,15 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía desde el «polígono de Lapatza», les corresponde el abono de 0,26 euros para el caso de los pesados I y 0,29 euros para el de pesados II.
(2) A los usuarios que efectúen el recorrido abandonando la vía por la BI-3720 (Galdakao), les corresponde el abono de 0,28 euros para el caso de pesados I y 0,31 euros para el de pesados II.
A los usuarios que efectúen el recorrido accediendo a la vía desde la BI-3720 (Galdakao), les corresponde el abono de 0,08 euros para el caso de los pesados I y 0,09 euros para el de pesados II.
Sentido decreciente (Araba)  Pesados I  Pesados II 
Irubide  0,36  0,40
Basauri  0,14  0,15
Arrigorriaga  0,26  0,29
Zaratamo  0,64  0,72
Ugao-Miraballes  1,01  1,13
Bakiola  0,23  0,26
Zollo  0,94  1,05
Arakaldo  0,45  0,50
Se establecen los siguientes descuentos para los vehículos pesados tipo I y II, destinados o utilizados exclusivamente para el transporte de mercancías por carretera, aplicados sobre la tarifa resultante, y siempre que se utilice OBE como medio de identificación y pago, de forma que el ajuste pueda ser abonado con carácter mensual en la cuenta vinculada al dispositivo OBE:
  • El 13% de los trayectos efectuados por los vehículos que durante el mes natural realicen 160 o más pasos por puntos de control de la BI-625 desde Laudio (p.k. 372,560) a Basauri (p.k. 387,310) y se abonen mediante el mismo dispositivo telemático (OBE) de identificación y pago. Una vez cumplido todo lo anterior, dicho descuento se aplicará desde el primer paso.
Descuentos para vehículos más eficientes
Además de los descuentos por uso o frecuencia ya indicados anteriormente, se establece también los siguientes descuentos:
  • 25% del importe de la tarifa resultante en todos los trayectos realizados para los vehículos pesados eléctricos, híbridos y los propulsados por gas, vehículos con etiqueta O y ECO de la clasificación de la DGT, que estén acreditados a tal efecto y siempre que utilicen el OBE como medio de identificación y pago, de forma que el ajuste pueda ser abonado con carácter mensual y a mes vencido en la cuenta vinculada al dispositivo OBE.
  • 20% del importe de la tarifa resultante en todos los trayectos realizados para los vehículos pesados EURO VI
  • 15% del importe de la tarifa resultante en todos los trayectos realizados para los vehículos pesados EURO V.
Siempre y cuando  estén acreditados a tal efecto y siempre que utilicen el OBE como medio de identificación y pago, de forma que el ajuste pueda ser abonado con carácter mensual y a mes vencido en la cuenta vinculada al dispositivo OBE.
Registro de vehículos en INTERBIAK
Para poder ser beneficiarios de estos descuentos los usuarios tienen que inscribirse y seguir las instrucciones indicadas en la página web de Interbiak (www.interbiak. bizkaia.eus), donde se deberá aportar la tarjeta técnica del vehículo y, de no deducirse
de esta, acreditar la modalidad de eficiencia energética del vehículo, o de manera presencial en las oficinas de Interbiak (C/Islas Canarias 19-1º,
48015-BILBAO, la atención presencial de tarde se presta únicamente con cita previa de lunes a miércoles de 15:30 a 17:00 horas, reserva de cita en 900840048), entregando debidamente cumplimentado el ANEXO I del presente Decreto Foral (Solicitud de alta en el Registro de Vehículos Eficientes), adjuntando copia de la tarjeta técnica del vehículo.
La aplicación de los descuentos se realizará desde el mes en que se reciba de forma completa y correcta la documentación acreditativa y durante el período de vigencia que este Decreto Foral establece para las tarifas.

Comunicaciones en el nuevo procedimiento concursal de microempresas

Según informa Hacienda Foral de Gipuzkoa, el 1 de enero de 2023entró en vigor el nuevo procedimiento especial para microempresas recogido en el libro tercero del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.

Con arreglo a dicho nuevo procedimiento, el deudor o, en su caso, el administrador concursal está obligado a efectuar diversas comunicaciones a la Administración tributaria, relativas, entre otros, a aspectos tales como solicitud de apertura, apertura del procedimiento, propuesta de plan de continuación, etc.
Más información.

NAVARRA: colocadas las señales que limitan el acceso a Etulain a los vehículos que excedan las 3,5 toneladas

Se prevé solventar así el desvío erróneo de camiones procedentes de la N-121A, recomendado por algunos sistemas de GPS.
La señal se ha colocado al comienzo de la carretera de entrada a Etulain desde la N-121A, la carretera NA-2514, de modo que los camiones puedan continuar desde el propio enlace sin entrar hacia el pueblo. Igualmente, se han colocado adhesivos indicativos de la limitación en los carteles de preavisos del enlace situados en la N-121-A.

Se prevé que una vez se actualicen los sistemas de gestión de GPS, esta limitación de acceso a la localidad será incorporada.

¿Cuál es el umbral máximo de ayuda permitido en el Marco Temporal Europeo de Ayudas para empresas afectadas por el conflicto de Ucrania?

El “Marco Temporal” aprobado el 23 de marzo de 2022, fue modificado mediante comunicación de la Comisión, de 28 de octubre de 2022, aumentando a 2 millones de euros euros por empresa la ayuda global que puede concederse en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales y de pago u otras formas, como anticipos reembolsables, garantías, préstamos y capital. Todas las cifras utilizadas deberán constituir importes brutos, es decir, antes de impuestos y otras retenciones. 

ÚLTIMA HORA: ya es oficial, el nuevo canon para vehículos pesados en la N-1 y AP-15 comenzará a cobrarse a partir del lunes 23 de enero

De esta manera, el nuevo peaje de sumará a los ya establecidos en toda la red de alta capacidad del territorio en cumplimiento con la nueva Norma Foral, que incluye la totalidad de los tramos de la N-I y la A-15 en Gipuzkoa. Asimismo, con la entrada en vigor del cobro del nuevo peaje para vehículos pesados, el nuevo plan de descuentos se desplegará en su totalidad. Existen dos tipologías de descuento: los camiones y grúas con motores eficientes se beneficiarán de descuentos que van desde el 15% al 25% de descuento sobre la tarifa, dependiendo de la tipología del motor. A esta rebaja se le sumará en octubre el descuento por frecuencia, que contempla descuentos de hasta un 13%. 

Más información sobre los descuentos.

Publicado el Real Decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)

En el BOE del pasado 28 de diciembre se publicó el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, que establece los requisitos mínimos que deben cumplir las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Consulta el distintivo ambiental que le corresponde a tu vehículo.

Estas deberán contribuir a mejorar la calidad del aire y mitigar el cambio climático, además de promover el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, el impulso del cambio modal y la promoción de la eficiencia energética en el uso de los medios de transporte. El objetivo es la mejora de la salud de la ciudadanía y la calidad de vida urbana, impulsando una movilidad más sostenible e inclusiva con menor impacto en la calidad del medio ambiente sonoro, y fomentando la movilidad activa y la recuperación del espacio público.

Cambios en la Incapacidad Temporal: a partir del 1 de abril, los trabajadores no tendrán que aportar el parte de baja a su empresa

En lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma. 

Baja de menos de 5 días: el médico o mutua emitirá el parte de baja con finalización prevista. 
Baja entre 5 y 30 días: el médico o mutua emitirá el parte de baja con revisión prevista a los 7 días, si en este plazo se confirma la baja los siguientes partes se emitirán cada 14 días. 
Baja entre 31 y 60 días: el médico o mutua emitirá el parte de baja con revisión prevista a los 7 días, si en este plazo se confirma la baja los siguientes partes se emitirán cada 28 días. 
Baja de 61 días o más: el médico o mutua emitirá el parte de baja con revisión prevista a los 14 días, si en este plazo se confirma la baja los siguientes partes se emitirán cada 35 días. 
El facultativo podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al indicado en cada caso. 

Entrada en vigor: El presente real decreto entrará en vigor el día primero del tercer mes siguiente al de su publicación en el BOE (el 01/04/2023).