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Puerto de Pasaia: Instrucción de prevención general de obligado cumplimiento

En el BOG de hoy, 11 de octubre, se ha publicado esta Instrucción, Información de entrada, transito, estancia y riesgos-medidas preventivas generales en los accesos, viales y dominio público común del ámbito portuario de servicio, de obligado cumplimiento, sin perjuicio de otras instrucciones particulares que pudieran disponer, las organizaciones que dispongan de concesión o autorización de dominio público. Toda organización que realice su actividad en el ámbito portuario velará por su cumplimiento. La presente Revisión n.º 5 anula la anterior publicada en el BOG de 6 de febrero de 2023.

Vehículos (camiones, maquinaria, trenes, coches, …).
2.1. Los vehículos y maquinaria deberán ser operadas por personal autorizado, cualificado y responsable de su actuación y se respetarán las normas específicas que dispongan las empresas que desarrollan su actividad en el ámbito portuario de servicio.
2.2. La velocidad máxima autorizada en el vial general del Puerto es de 40 km/h, siendo de 15 km/h en las zonas de operaciones o muelles, sin perjuicio de disponer limitaciones de velocidad más restrictivas donde lo exijan los niveles de riesgo detectados y señalizados al efecto. Para los trenes el límite es de 10 km/h.
2.3. Los vehículos que transporten mercancías, deberán circular por los viales con la carga acondicionada al objeto de  evitar el desprendimiento de la misma o evitar producir ruido, polvo u otras molestias.
2.4. No se podrá acondicionar la carga o colocar la lona red sin medios que garanticen la seguridad del transportista. Estas operaciones no podrán realizarse en viales ni arcenes.
2.5. Se deben respetar las señales de tráfico interior: limite de velocidad, direcciones de accesos a muelles…
2.6. Cuando se transporten mercancías peligrosas debe cumplirse el ADR y se dispondrá de la documentación reglamentaria. En su caso se cumplirá el RID.
2.7. Los transportistas y personal en general que permanezca en viales, zonas de operaciones o muelles, deberá llevar puesta ropa de alta visibilidad con reflectantes.
2.8. Está prohibido estacionar en todo el ámbito portuario de servicio exceptuando los parkings.
2.9. Sobre las vías férreas y los cruces del tren, éste tiene prioridad.
Acceso a zonas de operaciones-muelles y almacenes, incluido cantil
3.1. Prohibido el acceso a zonas de operaciones, muelles y almacenamientos a todo el personal y vehículos ajenos a las mismas, salvo que se disponga de autorización expresa, evitando en todo caso permanecer debajo de cargas suspendidas y/o el radio de acción de las grúas (riesgo de caída de objetos desprendidos y riesgo de choques y golpes contra objetos móviles), así como al alcance del tránsito de diferentes tipos de vehículos [camiones, automóviles, tren de circulación interior, maquinaria (grúas automóviles, carretillas elevadoras, palas cargadoras, tolvas móviles, camiones volquete, etc.)] (riesgo de atropello, riesgo de atrapamiento por o entre objetos y riesgo de atrapamiento por vuelco de maquinaria) y al alcance de acopios de materiales que por diversos factores humanos, técnicos o meteorológicos pueden generar riesgos de desprendimiento, desplome y derrumbe.
3.2. En días ventosos y junto a las zonas en las que se están descargando mercancías a granel que generen polvo (mercancías pulvígenas), existe riesgo de proyecciones de fragmentos y/o partículas.
3.3. Extremar la precaución al acercarse al cantil del puerto, ya que existe riesgo de caída a la mar. Para la protección al efecto, se dispone de aros salvavidas con rabiza distribuidos por los muelles como dispositivo o medio de salvamento.
3.4. Toda persona (trabajador, visita, etc.) que acceda a la Zona de Operaciones-Muelles y almacenes deberá cumplir las normas de seguridad en zonas de operaciones de las empresas autorizadas o concesionarias, donde se especifican entre otras consignas, el uso obligatorio de los equipos de protección individual preceptivos para la protección frente a los mencionados riesgos.
3.5. Está terminantemente prohibido aparcar en la zona de operaciones o muelles.
En el siguiente enlace puede acceder al texto completo de la Instrucción.

El Parlamento Europeo debate sobre la escasez de aparcamientos seguros para camiones

Esta inversión mejoraría la seguridad vial y las condiciones laborales de un sector del que depende el 70% del transporte de mercancías en el continente. Es además obligatoria si se quiere cumplir la legislación comunitaria sobre transporte por carretera. El reglamento de las redes trans europeas de transporte debe recoger este objetivo como una obligación.

Las directivas y reglamentos a los que se refiere Bilbao, los agrupados en el ?paquete de movilidad?, tienen el objetivo de mejorar los espacios en los que los y las conductoras profesionales del transporte disfrutan de sus tiempos de descanso durante la ruta. Por eso las condiciones que deben tener las nuevas áreas de descanso regulan desde las características de los aseos, que deben incluir espacios para hombres y mujeres, hasta la conectividad, iluminación, establecimientos de ocio, restauración y comercios, puntos de abastecimiento de energía eléctrica o condiciones de seguridad. Euskadi cuenta ya con algunos de estos establecimientos certificados.

Los problemas de seguridad con las bandas que se dedican a asaltar camiones o las precarias condiciones que ofrecen la mayor parte de las áreas de descanso que hoy jalonan las carreteras de la Unión eran una de las quejas más repetidas por los profesionales de un sector con graves problemas de relevo generacional y con una presencia casi nula de mujeres. La medida pretende corregir esta situación y, junto con otras medidas relacionadas con el acceso a la profesión, regulación y control de los descansos, formación y reciclaje y lucha contra el dumping propiciar que el desempeño en el sector sea más atractivo.

Uno de los mandatos que contiene el paquete de movilidad es la mejora de las áreas de descanso de última generación, digitalizadas, con servicios para hombres y mujeres, accesibles, vigilados? Una mejora de las condiciones de vida y trabajo para este colectivo que contribuye a la seguridad vial. Anima también el relevo generacional y la captación de nuevos y nuevas profesionales en un sector que necesita personas.

La escasez de profesionales y vocaciones han propiciado que hoy escaseen los y las conductoras de camión con el riesgo que ello conlleva para la movilidad en la Unión y para los costes logísticos de las empresas. Aunque se cumplan las previsiones de crecimiento del tren, las organizaciones del sector fijan en 100.000 el déficit de plazas en nuestra red principal de carreteras y animan a resolverlo para 2030.

Para conseguirlo, prosigue, tenemos las normas, los estándares y los servicios que deben incluir las áreas según las cuatro categorías establecidas. Estamos desplegando infraestructuras para combustibles alternativos y para servicios inteligentes de transporte apoyándonos en los fondos de recuperación y el mecanismo ?Conectar Europa?. La sinergia entre todos estos objetivos y herramientas financieras dejan sin excusas a los estados que incumplan sus obligaciones sobre aparcamientos seguros que, con razón, reclama un sector tan importante para nuestra competitividad.

Cómo y cuándo se realizará la regularización de cuota de autónomo por ingresos reales

Con el nuevo sistema de cotización según los ingresos reales, que empezó a funcionar el 1 de enero de 2023, el autónomo tendrá que elegir una base de cotización mensual que tendrá carácter provisional. Las bases de cotización mensuales elegidas, tendrán un carácter provisional, hasta que la Seguridad Social proceda a la regularización anual de la cotización, en base a cuánto ganó el autónomo durante ese año con su actividad empresarial. 

Estas bases de cotización se eligen entre 15 tramos de ingresos que ha establecido la Seguridad Social.
 
Soy autónomo y no he cambiado la base de cotización, ¿qué tengo que hacer?
Desde el 1 de enero, si ya estabas dado de alta como trabajador autónomo, se habilitó a través del servicio Modificación de datos de trabajo autónomo de Importass la posibilidad de comunicar tus rendimientos. Si aún no lo has hecho, puedes comunicarlo antes del 31 de octubre de 2023. En caso de no hacerlo, en 2024 se regularizarán las cuotas en base a tus rendimientos.
Los nuevos autónomos -quienes se hayan dado de alta en 2023- habrán tenido que seleccionar una base de cotización en función de su previsión de rendimientos netos al darse de alta. Desde enero a julio de 2023, los nuevos autónomos que previamente no se encontraban de alta en el año 2022 en el RETA ascienden a 233.911.
¿Puedo elegir entre el nuevo sistema de cotización o el anterior?
No, el sistema de cotización para los autónomos ahora es por rendimientos netos para todos, tanto para nuevos autónomos como para los que estuvieran dados de alta, hayan cambiado su base de cotización o no.
 
¿En 2024 se regularizarán las cuotas de quienes no hayan cambiado su base de cotización?
Esta regularización se producirá para todos los trabajadores autónomos, con independencia de que se hayan adaptado o no al nuevo sistema de cotización -ajustando su base de cotización al promedio mensual de los rendimientos netos anuales que prevea obtener en el año natural correspondiente- o se hayan dado de alta en 2023.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá durante el 2024 a la regularización de la cotización con el fin de determinar las bases de cotización mensuales definitivas del año 2023 de cada trabajador, la cual se efectuará en función de sus rendimientos anuales comunicados al efecto por la correspondiente Administración Tributaria, mediante un proceso automatizado, una vez están disponibles los datos tributarios después de la Campaña de la Renta.
 
¿Cómo comunicará la Seguridad Social a los autónomos las cuantías y el modo de proceder si deben regularizar dichas cuotas?
La resolución de la regularización anual de cuotas se notificará telemáticamente a los trabajadores autónomos a través de NOTESS (el sistema de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social), al tratarse de un colectivo obligado a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.
 
¿En qué fechas se producirá dicha regularización? ¿Podrá aplazarse o dividirse el pago?
La fecha concreta de inicio del proceso de regularización anual de las cotizaciones correspondientes al año 2023, que previsiblemente se producirá en el segundo semestre de 2024, dependerá del momento en que la TGSS disponga de toda la información que deben remitir las Administraciones Tributarias y que resulta necesaria para acometer dicha regularización.
En materia de aplazamientos, se aplicará con carácter general lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
¿Qué ocurrirá con las cuotas de aquellos autónomos que sigan sin cambiarlas adaptándolas a sus ingresos reales?
Las cotizaciones que los trabajadores autónomos realicen durante 2024, estén o no adaptadas a los rendimientos que prevean obtener durante dicho ejercicio, en todo caso, se regularizarán igualmente durante el segundo semestre del año 2025 en función de la información que remitan a la TGSS las Administraciones Tributarias.
¿Qué ocurre con los autónomos con rendimientos inferiores a la base de cotización de diciembre de 2022?
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieran cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización, o una inferior a ésta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas.
¿Puedo cambiar mi base de cotización en función mis previsiones de ingresos a lo largo del año?
Se han establecido un total de hasta 6 posibles cambios al año, cada dos meses. Los cambios de bases de cotización se podrán realizar también a través del servicio de cambio de base existente en Import@ss, o a través del Sistema RED. Los efectos de dichos cambios se producen en las siguientes fechas:
  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

El trabajo a tiempo parcial se equipara con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización

Con esa fecha, ha entrado en vigor la modificación incluida en el Real Decreto-ley 2/2023, una ley que culmina la reforma del sistema de pensiones de nuestro país. Esta medida facilita que los más de 2 millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial -en su gran mayoría mujeres- no se vean perjudicadas a la hora de acceder a estas prestaciones por la aplicación de esos coeficientes de parcialidad. 

De este modo, los periodos de actividad pasan a computar por días completos, independientemente de la jornada del trabajador durante ese periodo, lo que elimina el coeficiente global de parcialidad y se pone punto final a las reglas de proporcionalidad a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones, exigiéndose a partir de este momento los mismos períodos de cotización para el acceso a las prestaciones que a los trabajadores a tiempo completo.

Norma Euro VII: el Consejo Europeo adopta su posición sobre las emisiones de turismos, furgonetas, autobuses y camiones

El Consejo sugiere una serie de cambios prácticos en la propuesta de la Comisión, teniendo en cuenta al mismo tiempo los objetivos medioambientales y sanitarios. Entre otras cosas, la posición del Consejo mantiene las condiciones de ensayo y los límites de emisiones existentes (establecidos en la norma Euro 6) para los vehículos M1 y N1 (turismos y furgonetas particulares); en el caso de los vehículos M2 y M3 (autobuses y autocares) y N2 y N3 (vehículos comerciales pesados), los límites de emisiones se reducen y las condiciones de ensayo se introducen ajustes mínimos, en comparación con la norma Euro VI; y el texto del Consejo refuerza la armonización de los límites de emisiones de las partículas procedentes de los frenos y los límites del índice de abrasión de los neumáticos con las normas internacionales adoptadas por la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).

Asimismo, el Consejo sugiere cambios que tengan en cuenta el nuevo objetivo de cero emisiones de CO2 propuesto para los autobuses urbanos y también que establezca plazos claros para la adopción de actos de ejecución (por parte de la Comisión) con el fin de proporcionar a los agentes económicos claridad y seguridad jurídica.


Continúa ahora su tramitación en el Parlamento Europeo.

Reino Unido: a partir del 1 de octubre exige una declaración IMI para los transportes de cabotaje

Para que la operación de cabotaje se considere válida, previamente a su realización deberá existir un transporte internacional previo con destino a Reino Unido. Tras la descarga total de las mercancías que fueron origen del transporte internacional en cuestión, a diferencia de lo que ocurre en los países europeos, los transportistas solo podrán realizar un máximo de hasta 2 operaciones de cabotaje en territorio británico.

GIPUZKOA: Tramos de peaje y descuentos

El 27 de diciembre se aprobaron los Presupuestos Generales de Gipuzkoa y entre otras muchas cuestiones se ha incluido la actualización de las tarifas de peaje y el establecimiento de descuentos, también, para el transporte de mercancías en las vías de alta capacidad de Gipuzkoa, algo que el sector venía reclamando desde hace mucho tiempo para paliar el grave impacto de estos peajes. En un momento crítico para la economía en general y para el sector del transporte en particular, directamente afectado por la crisis energética, no compartimos el criterio, ni la oportunidad de estos peajes, que vienen a lastrar aún más si cabe la delicada situación de las empresas. A continuación resumimos las características de las reducciones y descuentos aprobados.

Descuentos para el transporte de mercancías por frecuencia o uso de la AP-1/AP-8, A-636 y N-I/A-15


Son efectivos a partir del 1 de octubre. Los usuarios que estén ya beneficiándose de los descuentos por categoría ambiental (porque dispongan de vehículo Euro V, Euro VI o vehículos eléctricos, híbridos o propulsados a gas) no tienen que realizar ningún trámite ya que BIDEGI les aplicará directamente estos nuevos descuentos. Sin embargo, aquellos transportistas que quieran beneficiarse de este descuento por frecuencia y que no sean beneficiarios de los descuentos por vehículo categoría EURO deberán registrarse en BIDEGI aportando la siguiente documentación.

Solicitud del descuento por frecuencia por aquellos usuarios que no sean beneficiarios del descuento por categoría EURO
Como en el descuento por categoría ambiental, es preciso que el vehículo esté registrado en BIDEGI. Los usuarios que no tengan registrados sus vehículos porque no cumplían los requisitos para beneficiarse de los descuentos categoría EURO, deberán formalizar el registro con la firma digital o bien mediante contraseña registrándose en la web (se recibirá un correo electrónico con la contraseña asignada para finalizar el trámite de vincular el vehículo).  Una vez registrado, deberá aportar la siguiente documentación enviando un correo electrónico a info@bidegi.eus:

  • copia del permiso de circulación
  • copia de la ficha técnica del vehículo a vincular
  • un certificado o documento que acredite la titularidad del dispositivo de telepeaje

Acceso a la web de BIDEGI para realizar el registro.

Avanza el plazo de solicitud para las ayudas a fondo perdido Cheque Moderniza

Solicita la ayuda Cheque Moderniza: los plazos avanzan

La oportunidad para solicitar las ayudas a fondo perdido para la modernización del transporte Cheque Moderniza sigue abierta pero el plazo de solitud continúa avanzando. Haz tu solicitud cuanto antes. Te recordamos que, para empresas de transporte de mercancías, operadores logísticos y cargadores, la ayuda es de hasta 12.000 euros y para empresas de transporte de pasajeros de hasta 25.000 euros, ambas a fondo perdido.

GUITRANS cuenta con la colaboración y experiencia en el sector de Grupo Igarle en proyectos de digitalización de transporte de mercancías. Grupo Igarle es Proveedor Oficial de Soluciones de Modernización para este programa de ayudas a nivel nacional. Te simplificamos al máximo las labores de presentación, justificación y defensa. Si quieres saber más sobre estas ayudas, cómo solicitarlas o sobre cómo podría ser tu proyecto cumplimenta este formulario de contacto

Consigue financiación para el eCMR, la carta de porte digital y formación para saber cómo trabajar con estos documentos digitales, software de gestión de transporte TMS, tacógrafo digital u otros proyectos esenciales para convertirte en una empresa más competitiva. Además, el eCMR y la carta de porte digital van a ser obligatorias para el próximo septiembre de 2024.

En Euskadi, las ayudas Cheque Moderniza del MITMA, cuentan con unos fondos de 5.139.573 euros y son gestionadas por el Gobierno Vasco. Forman parte del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través de NextGenerationEU.

No dejes escapar la oportunidad de mejorar tu empresa y ahorrar dinero con el Cheque Moderniza. Cumplimenta el formulario para ampliar información.

RESA GUIPUZCOANA – Vehículos

Fiel colaborador de GUITRANS desde hace muchos años, RESA GUIPUZCOANA SA es Concesionario oficial de IVECO con sede en Villabona (Gipuzkoa). Anunciante publicitario habitual en la revista Bidean que Fundación GUITRANS Fundazioa edita, participó en la Asamblea General que la Asociación celebró en junio de 2017 exponiendo en las inmediaciones del Palacio de Miramar una de sus cabezas tractoras, en concreto, UN IVECO-Stralis de 400 cv propulsado a gas natural (ver artículo publicado en Bidean de junio de 2017).

En Bidean de junio de 2023, Resa Guipuzcoana elige en su publicidad el servicio asistencia 24 horas-365 días.