El ministro de Medio Ambiente ha anunciado recientemente la suspensión del plan que tenía previsto aumentar del 5% al 10% el porcentaje de mezcla de bioetanol en la gasolina en 2009. Según el titular de Medio Ambiente, el hecho de que prescindamos de elevar la cuota al diez por ciento no significa que pongamos en entredicho el uso de biocarburantes. Simplemente hay que revisar la estrategia en lo que respecta al porcentaje y a su sostenibilidad. De esta manera, Sigmar Gabriel, no descartó del todo la participación del bioetanol en la lucha contra el cambio climático.
La bombona de butano sube un 9% hasta alcanzar los 14,1 euros
El nuevo precio de la bombona de butano, vigente desde ayer 1 de abril y hasta el próximo 30 de junio, obedece al alza en los mercados del coste de la materia prima en un 21,24%, al incremento del valor del transporte, en un 11,8%, y a la apreciación del euro frente al dólar en un 2,87%. Este valor se sitúa en máximos históricos y acumula una subida del 22% con respecto a los 11,53 euros que costaba en abril de 2007. Desde entonces, el precio ha registrado un total de cuatro incrementos consecutivos.
Afecciones al tráfico en la N-121-A
En el tramo Irun-Endarlatsa-Bera, programa de voladuras:
Jueves 3 de abril, con corte total, desde las 12 del mediodía, entre los PK 70 y 70,400.
Resumen sobre el Anteproyecto de ley del Contrato de Transporte Terrestre
En junio de 2007 el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de ley del Contrato de Transporte Terrestre. Aunque no deja de ser un Anteproyecto de ley, dado lo avanzado del debate sobre el mismo desde GUITRANS creemos que es interesante realizar un resumen de los aspectos más importantes que lo configuran, ya que es posible que en pocos meses el ejecutivo central lo apruebe.
En el siguiente enlace puede acceder a un resumen del Anteproyecto.
La Comisión Europea de Transportes emite cinco notas orientativas a problemas de interpretación del Reglamento 561/2006
1.- Excepción aplicada al período mínimo de descanso y al período máximo de conducción con objeto de llegar a un punto de parada adecuado.
2.- Registrar el tiempo de viaje de un conductor hasta un lugar que no es el lugar habitual para hacerse cargo o ceder el control de un vehículo comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento CE 561/2006.
3.- Ordenar la interrupción de una pausa o de un período de descanso diario o semanal con el fin de desplazar un vehículo en una terminal, en zonas de aparcamiento o en zonas de frontera.
4.-Registrar el tiempo de conducción mediante tacógrafos digitales cuando los conductores realizan paradas frecuentes u operaciones de reparto.
5.- Formulaire d”attestation d”activité établi para la décision de la Commission du 12 avril 2007 (“leave letter”) -no disponible en castellano-.
Puede acceder a cada una de estas notas orientativas pinchando aquí, eligiendo el idioma castellano (ES).Tras esta primera introducción, los máximos responsables de Inspección entraron a analizar exhaustivamente los principales artículos, explicando las diferencias de interpretación de la norma entre ambos departamentos de Inspección. Estas diferencias se centran fundamentalmente en la forma de computar la conducción ininterrumpida, la conducción diaria y la conducción bisemanal. En el transcurso de la jornada, que fue muy participativa, los socios asistentes solicitaron a ambas administraciones un esfuerzo de armonización tanto en la aplicación de la norma como en el propio régimen sancionador, ya que tal y como allí se expuso son notables las diferencias entre el baremo sancionador francés y el español, si bien y como contrapartida, en territorio francés todas las infracciones se tramitan por lo penal y no por la vía administrativa como ocurre en el territorio nacional.
El Sábado Santo, 22 de marzo, declarado día inhábil por la Diputación Foral de Gipuzkoa
En en BOG de 13 de febrero, se ha publicado el Decreto Foral R-5/2008, por el que se declara inhábil el Sábado Santo, día 22 de marzo, a los efectos que se determinan: «Se declara inhábil el Sábado Santo día 22 de marzo, al sólo efecto de trasladar al siguiente día hábil, 25 de marzo, el vencimiento en dicho día de cualquier plazo, obligación o derecho relacionados con la Administración de la Diputación Foral de Gipuzkoa».
Austria: Cierre de la carretera B-178 hasta finales de Semana Santa
Debido a trabajos en la B-178 el tramo entre Lofer y Unken permanecerá cerrado a la circulación hasta finales de Semana Santa. Los vehículos pesados deberán tomar las desviaciones siguientes: bien la de Salzachtal y la autopista de Tauerm (A10), bien la de autopista de Salzburgo-Rosenheim (Alemania).
El Fondo Monetario Internacional asegura que el precio del crudo se moderará cuando el precio del gasóleo supera por primera vez al de la gasolina
El Fondo Monetario Internacional (FMI) ha asegurado que el precio del petróleo se moderará en próximas semanas plazo conforme se haga patente la desaceleración económica aunque los datos de los últimos días no apuntan a ello. El pasado martes el barril de Brent alcanzó la cifra de 105,81 dólares. Los expertos calculan que, si la tasa de consumo se mantuviera inalterada, quedaría petróleo garantizado para 40 años más.
Regulada la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil
La mencionada Resolución establece que en el ámbito de aplicación de dicho Registro se encuentra, entre otros, el procedimiento de las bajas definitivas de vehículos tramitadas a través de los centros autorizados de tratamiento de vehículos. En aplicación de lo dispuesto en aquella, se van a dejar de tramitar las bajas definitivas conforme al sistema actual de presentación en soporte papel para, en su lugar, tramitarse mediante el sistema de baja telemática, lo que constituye una de las principales novedades de esta orden que entró en vigor el 11 de marzo.
Publicada la resolución con el procedimiento para el registro de los contratos de los TRADE
En las unidades en las que se ubique el registro, se procederá a la apertura de un Libro auxiliar para el registro de los contratos.
Las Oficinas registrarán todos los contratos que se presenten sin entrar en su contenido asignándoles número y fecha de registro.
Ã?nicamente se denegará el registro cuando la vigencia del contrato esté finalizada o carezca de firma de ambas partes contratantes o cuando falte alguno de los siguientes datos esenciales:
-Datos de identificación del trabajador (nombre, apellidos y NIF, NIE).
-Datos de identificación del cliente (nombre de la empresa y CIF, NIF, NIE).
-Fecha de inicio y de terminación, en su caso, del contrato.
-Actividad profesional a realizar.
Cuando se presente el trabajador o el cliente para registrar un contrato, el personal del Servicio Público de Empleo Estatal:
a) Anotará los datos del contrato en el Libro de registro.
b) Sellará, con el sello de la unidad que registre, el original y las distintas copias del contrato y anotará en ellas el n.º de registro asignado.
c) Devolverá el original del contrato y sus restantes copias (salvo una) al trabajador o al cliente.
d) Archivará, por n.º de registro, la copia del contrato, en un archivo independiente.
Los contratos presentados en las Oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Resolución, esto es, los presentados antes del 6 de marzo, y que obren en su poder, o los que dé traslado el Servicio Público de Empleo autonómico, se archivarán por fecha de firma del contrato sin efectuar ninguna otra actuación complementaria.
Tiene la consideración de trabajador autónomo dependiente aquel cuyos ingresos que perciba de su cliente principal representen más del 75% de los ingresos totales, tomando como referencia la última declaración del IRPF, o en su defecto, el certificado de rendimientos emitido por la Agencia Tributaria. La ley del estatuto del trabajador autónomo, vigente desde el 12 de octubre, establece la obligatoriedad de elaborar un contrato por escrito en el que se recojan la identificación de las partes, el objeto del contrato, las vacaciones, el descanso semanal y festivos y la cuantía máxima de la jornada de actividad.