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Magdalena Álvarez visita las obras de la Y vasca

La nueva infraestructura forma parte del Proyecto Prioritario nº 3 del Eje Atlántico Ferroviario europeo, dando continuidad en territorio español a la línea Madrid-Valladolid-Vitoria, prolongándola hasta la frontera francesa. Además de permitir la interconexión de las tres capitales vascas, la construcción de esta nueva infraestructura ferroviaria facilitará el establecimiento de un nudo en Vitoria-Gasteiz, y favorecerá el acceso a y desde el resto de España, así como la interconexión con la red internacional. Del mismo modo, permitirá la posibilidad de una fácil conexión con Pamplona a través del “Corredor Navarro”, también incluido en la planificación vigente.

La autovía que iba a unir Pamplona con Salies de Bearn no se construirá finalmente

Así lo ha decidido el departamento de Pirineos Atlánticos que ha decidido rescindir el convenio de conexión viaria transpirenaica suscrito con el Gobierno foral en marzo 2003 para avanzar en la construcción de una vía de gran capacidad entre Pamplona y Salies de Bearn a través de Valcarlos. Entre las razones del rechazo se encuentra el impulso que el presidente Sarkozy quiere dar al transporte ferroviario, paralizando las inversiones en comunicaciones viarias. Otras son la falta de apoyo por parte del Consejo Regional de Aquitania.

La autovía que iba a unir Pamplona con Salies de Bearn no se construirá finalmente

Así lo ha decidido el departamento de Pirineos Atlánticos que ha decidido rescindir el convenio de conexión viaria transpirenaica suscrito con el Gobierno foral en marzo 2003 para avanzar en la construcción de una vía de gran capacidad entre Pamplona y Salies de Bearn a través de Valcarlos. Entre las razones del rechazo se encuentra el impulso que el presidente Sarkozy quiere dar al transporte ferroviario, paralizando las inversiones en comunicaciones viarias. Otras son la falta de apoyo por parte del Consejo Regional de Aquitania.

Compendio de términos y frases habituales para los profesionales del transporte internacional

El Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco ha editado, en coordinación con el Instituto Vasco de Logística, un pequeño manual dirigido a hacer más fácil el trabajo cotidiano de los profesionales del transporte en el ejercicio de su actividad fuera de nuestras fronteras. Este manual no pretender ser un diccionario de idiomas al uso sino un glosario de términos y frases (en alemán, inglés y alemán) que haga posible entablar diálogos simples encaminados a solventar las situaciones y los problemas más habituales con los que pueden encontrarse los transportistas en el extranjero. Si está interesado en disponer de un ejemplar de este manual, solicítelo vía mail (guitrans@guitrans.com) o en el teléfono: 943-316707.

Los autónomos podrán cambiar su base de cotización dos veces al año

Así se pone de manifiesto en la Orden TAS/3553/2007, de 30 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Los principales cambios que recoge la nueva norma son los siguientes:

 

1.- Los autónomos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de octubre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

2.- No obstante, los autónomos incluidos en este régimen especial que tengan la edad de 50 o más años en el momento de surtir efectos el cambio voluntario de base de cotización, sólo podrán elegir una base que esté comprendida entre los límites mínimo y máximo establecidos específicamente para ellos en cada ejercicio por la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social, de desarrollo de las normas contenidas al respecto en dicha Ley de Presupuestos.

3.- Sin perjuicio de lo indicado en los apartados anteriores, los trabajadores por cuenta propia o autónomos que estén cotizando por cualquiera de las bases máximas de este régimen especial podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta en dicho régimen, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten dichas bases máximas.

Asimismo, los trabajadores por cuenta propia o autónomos que no estén cotizando por cualquiera de las bases máximas podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten las bases máximas de cotización de este régimen especial. En ningún caso la base de cotización elegida podrá ser superior al tope máximo de cotización que pudiera afectar al trabajador.

Cualquiera de las opciones anteriores que se ejerciten simultáneamente con el alta en este régimen especial o, posteriormente al alta, antes del día primero de octubre de cada año, tendrán efectos desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de la solicitud. La renuncia a estas opciones podrá realizarse en el mismo plazo y tendrá efectos a partir del 31 de diciembre del año en el que se presente la solicitud.

Los autónomos podrán cambiar su base de cotización dos veces al año

Así se pone de manifiesto en la Orden TAS/3553/2007, de 30 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Los principales cambios que recoge la nueva norma son los siguientes:

 

1.- Los autónomos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de octubre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

2.- No obstante, los autónomos incluidos en este régimen especial que tengan la edad de 50 o más años en el momento de surtir efectos el cambio voluntario de base de cotización, sólo podrán elegir una base que esté comprendida entre los límites mínimo y máximo establecidos específicamente para ellos en cada ejercicio por la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social, de desarrollo de las normas contenidas al respecto en dicha Ley de Presupuestos.

3.- Sin perjuicio de lo indicado en los apartados anteriores, los trabajadores por cuenta propia o autónomos que estén cotizando por cualquiera de las bases máximas de este régimen especial podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta en dicho régimen, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten dichas bases máximas.

Asimismo, los trabajadores por cuenta propia o autónomos que no estén cotizando por cualquiera de las bases máximas podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten las bases máximas de cotización de este régimen especial. En ningún caso la base de cotización elegida podrá ser superior al tope máximo de cotización que pudiera afectar al trabajador.

Cualquiera de las opciones anteriores que se ejerciten simultáneamente con el alta en este régimen especial o, posteriormente al alta, antes del día primero de octubre de cada año, tendrán efectos desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de la solicitud. La renuncia a estas opciones podrá realizarse en el mismo plazo y tendrá efectos a partir del 31 de diciembre del año en el que se presente la solicitud.

En funcionamiento el túnel de Vielha

El retraso se debe, entre otras circunstancias, al hundimiento de la boca norte del túnel, ocurrido el 11 de febrero de 2007.En cuanto a medidas de seguridad, el nuevo túnel dispone de 12 refugios, 25 nichos de seguridad, otros 25 de incendios y otros tantos de drenaje, además de un sistema de diluvio para extinción de incendios, postes SOS, circuito cerrado de televisión, megafonía y radiocomunicaciones.

En funcionamiento el túnel de Vielha

El retraso se debe, entre otras circunstancias, al hundimiento de la boca norte del túnel, ocurrido el 11 de febrero de 2007.En cuanto a medidas de seguridad, el nuevo túnel dispone de 12 refugios, 25 nichos de seguridad, otros 25 de incendios y otros tantos de drenaje, además de un sistema de diluvio para extinción de incendios, postes SOS, circuito cerrado de televisión, megafonía y radiocomunicaciones.