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Preinscripción on line a los cursos de formación de GUITRANS

GUITRANS, consciente de la necesidad de impulsar el uso de las nuevas tecnologías de la comunicación en nuestro sector -especialmente bajo en el coletivo de transportistas autónomos-, ha adaptado la sección de Formación de www.guitrans.com para que todo usuario que entre en la misma acceda al listado de cursos planificados por semestres y pueda preinscribirse en aquellos más próximos a su celebración. Tú, como receptor del boletín de noticias, puedes igualmente hacerlo, pinchando para ello en el curso elegido y, dentro de éste, pinchar en Formulario de Preinscripción.  Creemos que el desarrollo y el gran auge de las nuevas tecnologías nos ayuda a dar un enfoque nuevo a la formación; nos facilita la comunicación con vosotros, los asociados a GUITRANS, pero también con aquellos que no lo son pero a los que muestran interés en nuestra oferta formativa.

Zona de bajas emisiones en Europa

Las zonas de bajas emisiones son zonas o rutas en las que no pueden entrar los vehículos más contaminantes. Esto significa que está prohibida su entrada o, en determinados casos, que deben pagar una tasa si entran en dichas zonas cuando sus emisiones sobrepasen los niveles autorizados.

Se trata de un instrumento puesto en marcha para reducir la contaminación atmosférica de las ciudades.

Las zonas de bajas emisiones afectan a los camiones de más de 3,5 toneladas y a la mayoría de los autocares y autobuses.

Los médicos de la Seguridad Social podrán emitir altas médicas durante el primer año de los procesos de incapacidad temporal

Los médicos de la Seguridad Social, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM), podrán emitir altas médicas durante el primer año de los procesos de Incapacidad Temporal (baja laboral), en idénticas condiciones que la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social o su equivalente del respectivo Servicio Público de Salud, según la Resolución publicada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración en el BOE de 22 de noviembre y que entra en vigor el viernes 26.

Con anterioridad, durante el primer año de la baja laboral, eran los médicos del Servicio Público de Salud quienes expedían el alta, mientras que los médicos del INSS e ISM sólo podían comunicar intenciones o propuestas de alta médica ante la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social y órgano equivalente del respectivo Servicio Público de Salud de cada comunidad autónoma.A partir de la entrada en vigor de la Resolución, cuando el alta sea expedida por el INSS o por el ISM, serán estas entidades las únicas que podrán emitir, a través de sus propios médicos, una nueva baja médica por la misma o similar patología o si se produce en el plazo de 180 días siguientes a la citada alta.Las direcciones provinciales del INSS y las del ISM, a través de sus inspectores médicos, que asumen estas competencias son Álava, Albacete, Alicante, Almería, Ávila, Badajoz, Baleares, Bizkaia, Burgos, Cáceres, Cádiz, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Coruña, Cuenca Granada, Guadalajara, Gipuzkoa, Huelva, Huesca, Jaén, León, La Rioja, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Orense, Asturias, Palencia, las Palmas, Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Cantabria, Segovia, Sevilla, Soria, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Zamora, Zaragoza y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Traspaso de competencias del Gobierno Central al Gobierno Vasco

Traspasos en 2010: Promoción y gestión de Empleo (INEM), Políticas activas de empleo, Formación Profesional Ocupacional e Instituto Social de la Marina.
Traspasos en el 1º semestre de 2011: Inspección de Trabajo, Regulación de empleo, Transporte Marítimo y fluvial, Transporte por carretera, Convalidación de estudios en centros extranjeros, Archivos de titularidad estatal, ejecución de la legislación del Estado sobre propiedad intelectual, Profesorado de religión en Primaria.
Traspasos en el 2º semestre de 2011: Fondo de Garantía Salarial, Crédito y Banca, Turismo y agencias de viajes, Homologación de títulos extranjeros no universitarios, Ejecución de legislación sobre productos farmacéuticos, Seguro escolar, Ferrocarriles, Servicios privados de seguridad.
Otros: Presencia de Esukadi en el Ecofin, Nomenclatura oficial en euskera de los territorios históricos, 112 millones de euros en inversiones directas en Euskadi, Y vasca, Plan de la bahía de Pasajes y Financiación de la fuente de neutrones por espalación.

Jefatura virtual de Tráfico: nuevas facilidades desde el próximo 25 de noviembre

Cómo darse de alta:

En la página web de la DGT, http://www.dgt.es/, entre en la Sede electrónica y seleccione Dirección Electrónica vial (DEV).
Es necesario poseer el certificado electrónico o el DNI electrónico.
Para recibir los avisos, podrá elegir entre el correo electrónico o mediante SMS a su móvil. Además, podrá recibir avisos sobre la caducidad del carné, la revisión de la ITV y del seguro del coche.

Unificada la normativa sobre interoperabilidad del sistema de la red ferroviaria de interés general

El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó, a propuesta del Ministerio de Fomento, el Real Decreto sobre interoperabilidad del sistema de la red ferroviaria de interés general. El objetivo es incorporar al derecho español la normativa comunitaria vigente sobre esta materia. De esta forma, se traspone la Directiva 2008/57/CE de 17 de junio de 2008, norma europea que viene a refundir en una sola las dos anteriores sobre esta misma materia: una para la red de alta velocidad y otra para la red convencional. Cabe recordar que ambas normativas estaban ya transpuestas al ordenamiento jurídico español (Reales Decretos 354/2006 y 355/2006 de 29 de marzo).
Con el Real Decreto aprobado, se derogan los dos anteriores regulándose la interoperabilidad ferroviaria tanto de la alta velocidad como del sistema ferroviario convencional en una misma norma.
El objetivo de la interoperabilidad del sistema ferroviario es la creación en la Unión Europea de un espacio ferroviario sin fronteras interiores. La transposición de la Directiva europea establece así las condiciones que deben cumplirse en todo el sistema ferroviario español para lograr su interoperabilidad con el resto de los países miembros de la UE.
Principalmente, el Real Decreto detalla los requisitos técnicos que debe tener el sistema ferroviario en lo relativo a infraestructura, energía, control-mando y señalización, explotación y gestión del tráfico, aplicaciones telemáticas, material rodante y mantenimiento.
Quedan excluidos de la aplicación de la nueva norma los metros y ferrocarriles urbanos de todo tipo, los ferrocarriles autonómicos y los ferrocarriles de FEVE, de acuerdo con la Directiva comunitaria.
Es importante señalar que en la práctica en España las especificaciones y los requisitos de interoperabilidad ya se están cumpliendo para todas las infraestructuras y materiales construidas o puestos en el mercado con posterioridad a 2006, en cumplimiento de los dos decretos predecesores al aprobado el viernes.

Incorporación obligatoria al Sistema RED de la Seguridad Social

La Orden TIN/2777/2010, en su disposición adicional quinta, establece que todas las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social incluidos, por tanto, los trabajadores autónomos con trabajadores asalariados a su servicio-, deberán estar incorporados de forma efectiva al Sistema RED el 1 de enero de 2011, cualquiera que sea el número de trabajadores que mantenga en alta.
Esta Orden además establece, tal como se informó en su momento modificaciones en los aplazamientos de deudas a la Seguridad Social. Las dos principales novedades que se introducen consisten en la agilización de
los trámites de aplazamiento y de las fechas de resolución de dichas solicitudes
y fijan también la obligatoriedad de la domiciliación de las cuotas aplazadas en
cuenta corriente. Esta domiciliación en cuenta obliga a que la cuenta corriente esté abierta en una entidad que actue también como oficina recaudadora para la Seguridad Social. En la práctica, la inmensa mayoría de entidades financieras tienen esta función y gozan de dicho acuerdo de colaboración con la TGSS.

Respecto a los plazos de solicitud para la modificación de cuentas de domiciliación o solicitudes de amortización anticipada de aplazamientos concedidos se fijan los siguientes periodos: – Las solicitudes presentadas o transmitidas entre los días 1 y 10 de cada mes, tendrán efectos en ese mismo mes.- Las solicitudes presentadas o transmitidas entre los días 11 y último de cada mes, surtirán efectos el mes siguiente.

Para las amortizaciones anticipadas parciales o totales se prevén los siguientes plazos:

– lLas comunicaciones efectuadas entre los días 1 y 10 de cada mes, surtirán efectos en dicha mensualidad.- Las comunicaciones efectuadas entre los días 11 y último de cada mes, surtirán efectos en la siguiente mensualidad.

Por último, en el supuesto de solicitar un segundo aplazamiento teniendo en vigor una deuda aplazada, en el caso de la TGSS deniege el segundo, tendremos cinco días para abonar las cuotas devengadas del primero para que siga surtiendo sus efectos.

El Gobierno de Navarra activa el dispositivo para hacer frente a la vialidad invernal 2010-2011

Está integrado por 360 personas, 175 vehículos, 43 silos, 15 almacenes de sal, 86 cámaras móviles, 30 estaciones meteorológicas fijas, 6 estaciones móviles y 47 paneles de información variable. Como refuerzo a los medios que aporta el Servicio de Conservación del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, 111 entidades locales cuentan con cuñas y láminas quitanieves, cedidas por el Gobierno de Navarra. De esta forma, las localidades pueden actuar de manera autónoma para limpiar sus carreteras locales, calles y caminos agrícolas, y colaborar en el Plan de Vialidad Invernal. Además, y al igual que en años anteriores, se ha establecido el dispositivo permanente en el Puerto de Belagua, compuesto por dos quitanieves y dos turbofresas, que dan servicio al mismo cuando procede, en horario de 7.00h a 21.00h los días laborables, y de 6.30 a 21.00 h los sábados, domingos y festivos.

El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos en la modificación de la Ordenanza de Movilidad de Madrid

Regulación de la carga y descarga, gestión del transporte de mercancías, circulación de bicicletas y procedimiento sancionador en materia de tráfico. Son las cuatro grandes líneas que definen la reforma de la Ordenanza de Movilidad, cuyo proyecto definitivo fue aprobado ayer jueves  por Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Carga y la descarga:El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos. Estos espacios solo podrán ser utilizados por vehículos comerciales o industriales.

Transportes especiales:

Para articular un sistema más sencillo, ágil y respetuoso con el medio ambiente en la gestión del transporte de mercancías, la Ordenanza simplifica el procedimiento de autorizaciones para aquellos vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones. Queda suprimida toda referencia a los perímetros A y B, sustituyéndolo por Calle 30. También se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la ciudad. Destaca la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18, siempre que sea por Calle 30 en superficie y dispongan de una autorización genérica. La normativa, además, introduce dos nuevos preceptos para los vehículos que necesitan acompañamiento policial.

Sanciones en materia de tráfico:La entrada en vigor de la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -que unifica criterios sancionadores, con independencia del lugar donde se cometa la infracción y de la administración competente para castigarla- ha hecho necesaria la reforma de la Ordenanza de Movilidad en materia de infracciones y sanciones.

Italia: Ecobonus en las autopistas del mar

El gobierno Italiano recompensa a los transportistas de la Unión Europea que utilicen las autopistas del mar autostrade del mare en lugar de las autopistas convencionales con el ECOBONUS. Una de las principales razones es promover el cambio del transporte de mercancías de la carretera al mar desde y hacia Italia. Pueden obtener un reembolso de hasta un 30% de la travesía pagada. En la actualidad, se desconoce la documentación requerida (posiblemente sea la misma del año pasado) o plazos de entrega de la misma, aunque se aconseja,  que todos aquellos que hubieran utilizado este modo de tranpsorte empiecen a recoger las facturas de los embarques realizados durante este año 2010.