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Traspaso de competencias del Gobierno Central al Gobierno Vasco

Traspasos en 2010: Promoción y gestión de Empleo (INEM), Políticas activas de empleo, Formación Profesional Ocupacional e Instituto Social de la Marina.
Traspasos en el 1º semestre de 2011: Inspección de Trabajo, Regulación de empleo, Transporte Marítimo y fluvial, Transporte por carretera, Convalidación de estudios en centros extranjeros, Archivos de titularidad estatal, ejecución de la legislación del Estado sobre propiedad intelectual, Profesorado de religión en Primaria.
Traspasos en el 2º semestre de 2011: Fondo de Garantía Salarial, Crédito y Banca, Turismo y agencias de viajes, Homologación de títulos extranjeros no universitarios, Ejecución de legislación sobre productos farmacéuticos, Seguro escolar, Ferrocarriles, Servicios privados de seguridad.
Otros: Presencia de Esukadi en el Ecofin, Nomenclatura oficial en euskera de los territorios históricos, 112 millones de euros en inversiones directas en Euskadi, Y vasca, Plan de la bahía de Pasajes y Financiación de la fuente de neutrones por espalación.

Jefatura virtual de Tráfico: nuevas facilidades desde el próximo 25 de noviembre

Cómo darse de alta:

En la página web de la DGT, http://www.dgt.es/, entre en la Sede electrónica y seleccione Dirección Electrónica vial (DEV).
Es necesario poseer el certificado electrónico o el DNI electrónico.
Para recibir los avisos, podrá elegir entre el correo electrónico o mediante SMS a su móvil. Además, podrá recibir avisos sobre la caducidad del carné, la revisión de la ITV y del seguro del coche.

Unificada la normativa sobre interoperabilidad del sistema de la red ferroviaria de interés general

El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó, a propuesta del Ministerio de Fomento, el Real Decreto sobre interoperabilidad del sistema de la red ferroviaria de interés general. El objetivo es incorporar al derecho español la normativa comunitaria vigente sobre esta materia. De esta forma, se traspone la Directiva 2008/57/CE de 17 de junio de 2008, norma europea que viene a refundir en una sola las dos anteriores sobre esta misma materia: una para la red de alta velocidad y otra para la red convencional. Cabe recordar que ambas normativas estaban ya transpuestas al ordenamiento jurídico español (Reales Decretos 354/2006 y 355/2006 de 29 de marzo).
Con el Real Decreto aprobado, se derogan los dos anteriores regulándose la interoperabilidad ferroviaria tanto de la alta velocidad como del sistema ferroviario convencional en una misma norma.
El objetivo de la interoperabilidad del sistema ferroviario es la creación en la Unión Europea de un espacio ferroviario sin fronteras interiores. La transposición de la Directiva europea establece así las condiciones que deben cumplirse en todo el sistema ferroviario español para lograr su interoperabilidad con el resto de los países miembros de la UE.
Principalmente, el Real Decreto detalla los requisitos técnicos que debe tener el sistema ferroviario en lo relativo a infraestructura, energía, control-mando y señalización, explotación y gestión del tráfico, aplicaciones telemáticas, material rodante y mantenimiento.
Quedan excluidos de la aplicación de la nueva norma los metros y ferrocarriles urbanos de todo tipo, los ferrocarriles autonómicos y los ferrocarriles de FEVE, de acuerdo con la Directiva comunitaria.
Es importante señalar que en la práctica en España las especificaciones y los requisitos de interoperabilidad ya se están cumpliendo para todas las infraestructuras y materiales construidas o puestos en el mercado con posterioridad a 2006, en cumplimiento de los dos decretos predecesores al aprobado el viernes.

Incorporación obligatoria al Sistema RED de la Seguridad Social

La Orden TIN/2777/2010, en su disposición adicional quinta, establece que todas las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social incluidos, por tanto, los trabajadores autónomos con trabajadores asalariados a su servicio-, deberán estar incorporados de forma efectiva al Sistema RED el 1 de enero de 2011, cualquiera que sea el número de trabajadores que mantenga en alta.
Esta Orden además establece, tal como se informó en su momento modificaciones en los aplazamientos de deudas a la Seguridad Social. Las dos principales novedades que se introducen consisten en la agilización de
los trámites de aplazamiento y de las fechas de resolución de dichas solicitudes
y fijan también la obligatoriedad de la domiciliación de las cuotas aplazadas en
cuenta corriente. Esta domiciliación en cuenta obliga a que la cuenta corriente esté abierta en una entidad que actue también como oficina recaudadora para la Seguridad Social. En la práctica, la inmensa mayoría de entidades financieras tienen esta función y gozan de dicho acuerdo de colaboración con la TGSS.

Respecto a los plazos de solicitud para la modificación de cuentas de domiciliación o solicitudes de amortización anticipada de aplazamientos concedidos se fijan los siguientes periodos: – Las solicitudes presentadas o transmitidas entre los días 1 y 10 de cada mes, tendrán efectos en ese mismo mes.- Las solicitudes presentadas o transmitidas entre los días 11 y último de cada mes, surtirán efectos el mes siguiente.

Para las amortizaciones anticipadas parciales o totales se prevén los siguientes plazos:

– lLas comunicaciones efectuadas entre los días 1 y 10 de cada mes, surtirán efectos en dicha mensualidad.- Las comunicaciones efectuadas entre los días 11 y último de cada mes, surtirán efectos en la siguiente mensualidad.

Por último, en el supuesto de solicitar un segundo aplazamiento teniendo en vigor una deuda aplazada, en el caso de la TGSS deniege el segundo, tendremos cinco días para abonar las cuotas devengadas del primero para que siga surtiendo sus efectos.

El Gobierno de Navarra activa el dispositivo para hacer frente a la vialidad invernal 2010-2011

Está integrado por 360 personas, 175 vehículos, 43 silos, 15 almacenes de sal, 86 cámaras móviles, 30 estaciones meteorológicas fijas, 6 estaciones móviles y 47 paneles de información variable. Como refuerzo a los medios que aporta el Servicio de Conservación del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, 111 entidades locales cuentan con cuñas y láminas quitanieves, cedidas por el Gobierno de Navarra. De esta forma, las localidades pueden actuar de manera autónoma para limpiar sus carreteras locales, calles y caminos agrícolas, y colaborar en el Plan de Vialidad Invernal. Además, y al igual que en años anteriores, se ha establecido el dispositivo permanente en el Puerto de Belagua, compuesto por dos quitanieves y dos turbofresas, que dan servicio al mismo cuando procede, en horario de 7.00h a 21.00h los días laborables, y de 6.30 a 21.00 h los sábados, domingos y festivos.

El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos en la modificación de la Ordenanza de Movilidad de Madrid

Regulación de la carga y descarga, gestión del transporte de mercancías, circulación de bicicletas y procedimiento sancionador en materia de tráfico. Son las cuatro grandes líneas que definen la reforma de la Ordenanza de Movilidad, cuyo proyecto definitivo fue aprobado ayer jueves  por Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Carga y la descarga:El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos. Estos espacios solo podrán ser utilizados por vehículos comerciales o industriales.

Transportes especiales:

Para articular un sistema más sencillo, ágil y respetuoso con el medio ambiente en la gestión del transporte de mercancías, la Ordenanza simplifica el procedimiento de autorizaciones para aquellos vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones. Queda suprimida toda referencia a los perímetros A y B, sustituyéndolo por Calle 30. También se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la ciudad. Destaca la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18, siempre que sea por Calle 30 en superficie y dispongan de una autorización genérica. La normativa, además, introduce dos nuevos preceptos para los vehículos que necesitan acompañamiento policial.

Sanciones en materia de tráfico:La entrada en vigor de la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -que unifica criterios sancionadores, con independencia del lugar donde se cometa la infracción y de la administración competente para castigarla- ha hecho necesaria la reforma de la Ordenanza de Movilidad en materia de infracciones y sanciones.

Italia: Ecobonus en las autopistas del mar

El gobierno Italiano recompensa a los transportistas de la Unión Europea que utilicen las autopistas del mar autostrade del mare en lugar de las autopistas convencionales con el ECOBONUS. Una de las principales razones es promover el cambio del transporte de mercancías de la carretera al mar desde y hacia Italia. Pueden obtener un reembolso de hasta un 30% de la travesía pagada. En la actualidad, se desconoce la documentación requerida (posiblemente sea la misma del año pasado) o plazos de entrega de la misma, aunque se aconseja,  que todos aquellos que hubieran utilizado este modo de tranpsorte empiecen a recoger las facturas de los embarques realizados durante este año 2010.

Prohibición N-1 en Irun: los vehículos de más de 7,5 Tn con destino/origen Irun pueden circular entre las rotondas de Behobia y Osinbiribil

Las señales colocadas en la salida de la rotonda de Behobia hacia Irun son de color blanco, prohibiendo la entrada a vehículos destinados al transporte de mercancías si su masa máxima autorizada excede de 7,5 tn, y debajo el texto “Irunera izan ezik – Excepto destino Irun”. De esta forma se entiende que pueden circular aquellos que excediendo esa masa tengan como destino Irun, incluyendo sus áreas industriales en el entorno de Letxunborro.
Las señales colocadas en la salida de la rotonda de Osinbiribil hacia Behobia son también con fondo color blanco con una señal R-107, similar a la anterior en su interior, y debajo el texto “Abiapuntua Irun izan ezik- Excepto origen Irun”. De esta forma se entiende que pueden circular aquellos cuyo origen sea Irun, incluyendo sus áreas industriales en el entorno de Letxunborro.

Nuevos Incoterms 2010: desaparecen 4 y aparecen 2 nuevos

Los primeros Incoterms se publicaron en 1936. Como cada 10 años desde hace más de 30, la Cámara de Comercio Internacional ha actualizado su publicación de los Incoterms. Las reglas Incoterms definen las responsabilidades de las empresas compradoras y vendedoras en la entrega de mercancías al amparo de los contratos de compraventa. Son reglas que determinan cómo se asignan los costos y los riesgos entre las partes. Los Incoterms se han convertido en parte del lenguaje cotidiano del comercio en todo el mundo.Incoterms 2010 contiene las reglas de ICC para el uso de los once términos comerciales Incoterms en que se simplifica la nueva versión. Así, unos nuevos DAT (Entrega en Terminal) y DAP (Entrega en lugar) sustituyen a los antiguos DES, DEQ, DDU y DAF. Además, esta revisión tiene en consideración los últimos avances en la práctica comercial y también actualiza y agrupa algunas de las reglas anteriores de una manera diferente, distinguiendo si es transporte marítimo o cualquier otro medio de transporte, o cambiando el lugar de transmisión de riesgos en CIF y FOB, de la vertical de la regala (en los Incoterms 2000) a sobre la cubierta del buque de la nueva edición. Todos los contratos de compraventa deberían hacer referencia a partir del 1 de enero del 2011 a las reglas Incoterms 2010 como última versión de dichas reglas.

Nuevo reglamento sobre transporte ferroviario de mercancías que establece nueve corredores internacionales iniciales, de los que dos pasan por España

De los nueve corredores de mercancías iniciales, dos pasan por España, y son precisamente los que menos definidos están. El número 4 recoge en buena parte el trazado del eje 16 de la RTE-T: Sines/Algeciras-Madrid-París, sólo que en este caso se señala su paso por Irun y no por la travesía central de los Pirineos. Una nota a pie de página aclara que este corredor “debe ser completado en el futuro por el proyecto 16” de la RTE, “que cruza los Pirineos centrales a través de un túnel bajo”. El otro corredor es el 6, que parte de España y pasa por Francia, Italia, Eslovenia y Hungría. El trazado español está claramente indefinido, ya que se menciona Almería como punto de partida, lo cual podría interpretarse como un aval al corredor mediterráneo, y a partir de aquí puede ir a Madrid o Valencia, a Zaragoza o Barcelona y de allí a Marsella, Lyon, Turíne, Milán… hasta Budapest. En ambos casos se menciona que los corredores deben estar en marcha para el 10 de noviembre de 2013.El presente Reglamento no se aplicará en la República de Chipre y en Malta mientras no dispongan de un sistema ferroviario en su territorio.