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Publicado el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013

Si bien muchas de las medidas y actuaciones que se van a acometer en 2013 son continuistas de las emprendidas en años anteriores, resultan novedosas las siguientes medidas y actuaciones a acometer por parte de la Agencia Tributaria:

Verificación de la correcta cumplimentación de la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) y búsqueda de contribuyentes que no han presentado la citada declaración, cuando existan indicios de operaciones con el extranjero que permitan presumir la existencia de bienes y derechos ocultos fuera de nuestras fronteras.
Comprobación de las actividades del juego on line y control de la tributación de los premios, a través de la obtención de información sobre los datos de actividad de los operadores de juego, obtenidos a partir de los requisitos técnicos exigidos a las plataformas en el proceso de concesión de licencias, sobre la identificación de los premiados y sobre el importe de los premios y la forma de satisfacerlos (movimientos monetarios o financieros en general).
Investigación de las actividades del comercio electrónico: se realizarán actuaciones de investigación dirigidas, por un lado, a la catalogación de las principales operativas de gestión de negocio asociadas a actividades realizadas exclusivamente a través de la red al objeto de determinar patrones de riesgo fiscal que deban ser objeto de control y, por otro, a obtener información sobre la actividad económica de los contribuyentes en la red, contrastando el perfil, referencias, precios, etc. de los servicios ofertados a través de páginas web con el perfil tributario de los contribuyentes de acuerdo con la información disponible en las bases de datos de la Agencia Tributaria. Asimismo, se investigarán las distintas variedades y las vías de obtención de información de los medios de pago empleados en la red.
Iniciación, dentro del ámbito de los impuestos especiales, del control de la circulación dentro del territorio nacional como consecuencia de la implantación del modelo de control de movimientos de productos sujetos a circulación intracomunitaria para la circulación dentro del ámbito nacional, verificándose su correcta presentación.
Seguimiento del cumplimiento por las empresas subcontratistas de las previsiones introducidas por la Ley 7/2012.
Análisis de las denuncias que se pudieran presentar por incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo por importe superior a 2.500 euros.

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Presentado un Plan trianual con 100 medidas, 15 de ellas de choque, para combatir el elevado paro juvenil

Las 15 medidas de choque son las siguientes:EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y MEJORA DE LA EMPLEABILIDAD

Extender los programas formativos dirigidos a la obtención de certifica­dos de profesionalidad y con compromiso de contratación.

El objetivo es mejorar la empleabilidad, la cualificación y la inserción pro­fesional de jóvenes desempleados.
Desarrollo de estímulos para obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria.

El objetivo es animar a los jóvenes que abandonaron los estudios de forma prematura y que ahora no encuentran empleo a obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria.
FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y DEL AUTOEMPLEO

TARIFA PLANA para jóvenes autónomos.

Se establece una cuota mínima de 50 euros durante seis meses para las nuevas altas de jóvenes autónomos a la Seguridad Social. Durante los seis meses si­guientes, se aplicará una reducción sobre la base mínima de un 50% y después se mantiene una reducción y una bonificación de un 30% durante 18 meses.

EMPRENDE CON CRÉDITO

Compatibilización durante nueve meses de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.

Los emprendedores de hasta 30 años beneficiarios de una prestación por des­empleo que se den de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos podrán continuar percibiendo su prestación durante un máximo de nueve meses.
Ampliación de las posibilidades de aplicación de la capitalización por desempleo.

Se abre la posibilidad de que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación.

Además, se permite que la capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse por el nuevo emprendedor para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.
Mejora de la financiación para los autónomos y los emprendedores.

Se impulsará, desde los diferentes departamentos ministeriales con competencias en la materia, la consecución de fondos de capital semilla, microcréditos, business angels y la figura del préstamo participativo para facilitar la puesta en marcha de empresas y financiar actividades claves en los procesos de iniciación e implementación.

EMPRENDE CON RED

Reanudación del cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia.

Permite la reanudación del cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia si, transcurrido un máximo de cinco años desde el inicio de una actividad por cuenta propia, se produce la baja en el régimen de autónomos.

SABER EMPRENDER

Creación de oficinas de referencia en los Servicios Públicos de Empleo es­pecializadas en el asesoramiento del emprendedor.

Se pondrán en marcha iniciativas de seguimiento y apoyo a los emprendedores que hayan optado por la capitalización de la prestación por desempleo mediante fórmulas de asistencia técnica y formación para contribuir en la medida de lo posible al éxito del proyecto.
Contrato GENERACIONES.

El objetivo es facilitar la incorporación de la experiencia a los proyectos de los jóvenes autónomos. Así, los jóvenes que contraten de forma indefinida a des­empleados de larga duración mayores de 45 años se beneficiarán de una reduc­ción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante el primer año.

EMPRENDIMIENTO COLECTIVO

Fomento de la Economía Social y del emprendimiento colectivo. Bonificación de 800 euros anuales en la cuota a la Seguridad Social durante un máximo de tres años para aquellas cooperativas y sociedades laborales que incorporen como socios trabajadores a jóvenes desempleados meno­res de 30 años.

Esta bonificación será de 1.650 euros anuales para las em­presas de inserción que contraten a jóvenes en riesgo de exclusión social durante todo el contrato o durante 3 años en caso de contrato indefinido.

MEJORA DE LA INTERMEDIACIÓN

Canalizar y sistematizar un PORTAL ÚNICO DE EMPLEO.

Consiste en la creación de un espacio virtual que facilite la búsqueda de empleo en todo el territorio y que contenga toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes.

ESTÍMULOS A LA CONTRATACIÓN

Contratación con ?VINCULACIÓN FORMATIVA?

Las empresas que contraten a jóvenes sin experiencia laboral o desemplea­dos de larga duración, y que compatibilicen empleo a media jornada con formación, disfruta­rán de una reducción de la cuota a la Seguridad Social del 100% si tienen menos de 250 trabajadores y del 75% si superan dicha cifra en su plantilla.
MICROPYME Y AUTÓNOMO

Los autónomos y empresas de hasta 9 trabajadores que contraten de forma indefinida a jóvenes disfrutarán de una reducción del 100% en las cuotas a la Seguri­dad Social durante un año.
PRIMER EMPLEO joven

Destinado a que los jóvenes puedan tener su primera experiencia profe­sional. Las empresas que transformen este contrato en indefinido tendrán derecho a una bonificación en la cuota a la Seguridad Social de 500 euros al año durante tres años y de 700 euros si se suscribe con mujeres.
Contrato en PRÁCTICAS

Las empresas que contraten jóvenes que han terminado su periodo formativo para que puedan tener su primera experiencia profesional vinculada a su titulación disfrutarán de una reducción en la cuota a la Seguridad Social de hasta el 50%.  

Documento completo con las 100 medidas.Folleto informativo.

Asesoramiento jurídico gratuito para asociados

La actual situación de extrema crisis económica que están viviendo nuestras empresas asociadas es fuente de consulta diaria, en especial, las relativas al área jurídica.
La atención al socio es una constante prioritaria, si bien en épocas de crisis cobra, aún si cabe, mayor protagonismo. GUITRANS, en su permanente afán de servicio hacia los transportistas asociados, y precisamente, ahora más que nunca, es consciente de que es cuando requieren en mayor medida determinados servicios, tal es el caso, el asesoramiento jurídico.
Es por ello por lo que le recordamos el servicio gratuito de la asesoría jurídica. Jon Larrazabal, abogado con amplia experiencia en nuestro sector, le podrá asesorar en los momentos difíciles y resolver las dudas que le plantee bien por teléfono, bien en persona, los lunes, jueves y viernes, de 15h00 a 19h00. Imprescindible coger cita previa en el 943-316707.

Precio especial de las placas de matrícula de plástico para asociados de GUITRANS

En MATRICULAUTO, establecimiento comercial ubicado en Donostia, al lado de la Jefatura Provincial de Tráfico, dedicado a la venta de todo tipo de accesorios para la señalización e identificación de vehículos, por ser socio de GUITRANS puede beneficiarse de un precio especial por unidad de este tipo de placa de matrícula acrílica, pintada, flexible y con una gran resistencia. En lugar de los 18,5 euros, pagará 14 euros. ¡Aproveche esta excelente oportunidad!

GUITRANS pide a Urkullu medidas que obliguen a los bancos a financiar a las empresas

En un artículo de prensa, publicado en EL DIARIO VASCO el 6 de marzo, el Presidente de la Asociación, Ignacio Cepeda, incide en que las empresas del transporte se encuentran atrapadas entre la falta de financiación y el largo plazo de cobro, lo que ha llevado a que cierren en Gipuzkoa un total de 764 compañías desde enero de 2008. «Estamos hablando de una pérdida del 25%», remarca Cepeda. En estos momentos el territorio cuenta con 2.152 empresas frente a las 2.916 de hace cinco años. Una evolución similar se ha producido en el conjunto de España, donde han desaparecido en ese tiempo 28.863.Artículo completo.

Obligación de facturación electrónica cuando el destinatario sea la Diputación Foral de Gipuzkoa

El Decreto Foral 8/2013, de 26 de febrero, por el que se aprueba el reglamento que regula las obligaciones de facturación, y publicado en el BOG de 4 de marzo, establece una obligación genérica para que los empresarios o profesionales expidan y entreguen factura por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad económica. Además, especifica que la obligación de expedir y entregar factura es absoluta, sin excepciones, en los supuestos en que el destinatario de la misma sea una Administración Pública. La presente Orden Foral especifica el formato de factura electrónica a utilizar en la facturación electrónica a la Diputación Foral de Gipuzkoa, y las condiciones técnicas requeridas y los procedimientos de envío previstos para toda remisión de factura electrónica.

Creado el registro de representantes aduaneros

El registro de representantes aduaneros se regula
por la Orden HAP/308/2013, de 26 de febrero. Se podrán inscribir en él las personas
que cumplan las condiciones previstas para ser representante aduanero en
tal decreto. La inscripción en el registro permite ejercer la actividad
de presentación de declaraciones en aduanas en representación de
terceros, tanto en nombre y por cuenta ajena, como en nombre propio y
por cuenta ajena, y para facilitar la gestión administrativa de los
procedimientos aduaneros en los que se actúe a través del representante
aduanero.
El registro, cuya gestión corresponde al
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria, contendrá: el nombre y apellidos o razón
social del interesado, su número de identificación fiscal, su número de
registro e identificación de operadores económicos (EORI) y, en su caso,
el número de Operador Económico Autorizado.

Publicado en el BOG el Decreto Foral que transpone la directiva europea sobre las obligaciones de facturación y aplicable desde el pasado 1 de enero

En el boletín de noticias Nº 929, de 5 de diciembre de 2012, se informaba de la publicación en el BOE del Real Decreto que transponía la directiva europea sobre normativa de facturación. En el BOG de 28 de febrero se ha publicado el Decreto Foral 8/2013, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación y que supone, como el Real Decreto, transponer la mencionada directiva comunitaria de 2010 y con él se persigue reducir cargas administrativas y facilitar transacciones económicas, además de contribuir a la seguridad jurídica de los agentes económicos, en especial en los casos de operaciones a nivel intracomunitario. Una de las principales novedades que incorpora es el establecimiento, en lo sucesivo, de un doble sistema de facturación, en el que se distinguirá entre factura completa u ordinaria y factura simplificada, la cual viene a sustituir a los tiques que conocíamos hasta ahora.Más información, pinchar aquí.

El Gobierno Vasco activará en marzo la línea de crédito para que las pymes y autónomos financien su circulante

El portavoz del Ejecutivo, Josu Erkoreka, confirmó ayer que los contactos del Lehendakari con las entidades financieras vascas han sido un éxito y que las empresas tendrán a su disposición una línea de crédito para financiar su circulante. El Departamento de Hacienda y Finanzas está ya diseñando el fondo que mejorará la liquidez de las empresas de menor tamaño así como de los profesionales, los colectivos que tienen más problemas a la hora de lograr dinero para acometer inversiones y continuar con su actividad económica. Aunque todavía queda por definir el volumen, en programas anteriores la
cifra ha rondado los 500 millones de euros. Además, en esta ocasión de
forma paralela el Gobierno Vasco negocia con las Entidades de
Prestación Social Voluntaria (EPSV) la puesta en marcha de otro fondo
de financiación empresarial, dotado de cerca de 600 millones de euros.

Justicia modula las controvertidas tasas judiciales aunque su impacto en nuestro sector se prevé menor, dada la tipología y cuantía de las demandas que se presentan

Además, si el límite máximo de pago por la cuota variable estaba fijada
en diez mil euros y ahora desciende a dos mil euros. La rebaja será de
aplicación, tanto en primera como en segunda instancia y se extenderá
también al orden social, donde la primera instancia para trabajadores y
autónomos ya era gratuita y en la segunda, este colectivo contaba con
una exención del 60%. Cuando los recursos contenciosos-administrativos tengan por objeto
impugnar resoluciones sancionadoras pecuniarias, el importe de la tasa
no podrá exceder del 50% del importe de la multa.El importe de las tasas en los procedimientos de ejecución
hipotecaria de vivienda habitual quedarán fuera de la condena en costas,
que suele repercutir en el desahuciado o su avalista. Las reclamaciones por incumplimientos de laudos de consumo
estarán exentos de tasa. Los divorcios de mutuo acuerdo tampoco pagarán.