Skip to main content
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Garraio behatokiak 3. hiruhilekoa 2023, jarduera jaitsi eta kostuak igo

Garraio eta Mugikortasun Ministerioak berriki argitaratu du errepideko salgaien garraioaren kostuen, prezioen eta jardueraren behatokiak eguneratu direla, 2023ko hirugarren hiruhilekoari dagozkionak. Bertan egiaztatu da gasolioaren ustiapen-kostuak ia % 14 igo direla, garraiolariek jasotzen dituzten prezioak pixka bat igo direla eta jarduera berriro murriztu dela.

Urrira arte gasolioaren kostua % 13,6 igo zen, baita finantzaketa ere, % 3,7. Ondorioz, karga orokorreko ibilgailu artikulatu baten kilometro bakoitzeko kostu unitarioa 1,31 euro/km izango da, eta 1,58 euro/km kargatutako kilometro bakoitzeko. Hiruhileko honetan, batez beste, kostuak % 7 igo dira aurreko urteko hiruhileko beraren aldean, % 7,2 hozkailuko ibilgailu artikulatuaren kasuan eta % 5,6 furgonetaren kasuan. Hiruhileko horretan, erregaiaren partidak pisu handiagoa galdu du kostuen egituran, karga orokorreko ibilgailu artikulatu baterako ustiapen-kostuen guztizkoaren % 33 hartzen baitu, eta hiruhileko honetan langileen eta dieten partidak gainditu ditu, kostu guztien % 31 hartzen baitu. Karga orokorreko ibilgailu artikulatu bat ustiatzeko urteko kostua 161.565,09 eurokoa da gaur egun.
2023ko hirugarren hiruhilekoan % 0,3ko igoera oso txikia izan da. Nabarmentzekoa da 51 eta 100 km bitarteko garraioetan ( % -1,2) eta 300 km baino gehiagoko garraioetan ( % -0,6) izandako jaitsiera. Hala ere, 100-200 km-tik gorako distantzietan eta 50 km-tik beherakoetan % 5eko igoerak erregistratu dira.
Ministerioak sektore eta espezialitate guztietako 1.000 garraiolariri astero egiten dien inkesta iraunkorra oinarritzat hartuta, beste murrizketa bat ikusi zen garraio-enpresen jardueran, aurreko hiruhilekoetakoarekin batera. Horrela, 2023ko hirugarren hiruhilekoan ekoitzitako tona-kilometroetan, 2022ko aldi beraren aldean, -%4ko jaitsiera gertatu da, datu negatiboekin bai nazioarteko garraioan (-%7,5), bai distantzia laburreko garraio nazionalean (-%2,9) eta bai distantzia luzeko garraio nazionalean (-%2,2). Garraiatutako tonetan ere -%2,1eko jaitsiera gertatu da, segmentu guztietan jaitsierekin, zehazki -%2,3 distantzia laburrean, -%1,7 nazionalean eta -%1,7 nazioarteko garraioan.

Desde el 1 de enero, todos los becarios cotizarán a la Seguridad Social

Todos los alumnos universitarios y de formación profesional que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas (remuneradas o no) incluidas en programas de formación cotizarán a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024 y tendrán una mayor protección, en caso de accidente. Hasta ahora solo existía la obligación de dar de alta a los alumnos que llevaban a cabo prácticas remuneradas. Esta obligación apareció recogida en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, pero aún no se había desarrollado en su totalidad, ya que en el momento de la redacción de ese Real Decreto-ley no se sabía la cuantía exacta de esas cotizaciones. En la disposición transitoria novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, establece que en las prácticas formativas no remuneradas la cotización será de:

  • 2,54 euros al día por contingencias comunes (queda excluida la prestación de incapacidad temporal, es decir, la baja) hasta un máximo de 57,87 euros mensuales de cuota. No se cotiza por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
  • 0,31 euros al día por contingencias profesionales hasta un máximo de 7,03 euros mensuales de cuota. De esos 0,31 euros diarios, 0,16 euros corresponderán a incapacidad temporal y 0,15 euros a incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Estos alumnos en prácticas quedarán comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, excluidos los sistemas especiales del mismo, salvo que la práctica o formación se realice a bordo de embarcaciones, en cuyo caso la inclusión se producirá en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

La acción protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional, tampoco aportarán al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

A efectos de prestaciones, la base mensual de cotización aplicable será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (en 2023, 38,89 euros/mes) por el número de días de prácticas formativas realizadas. Se establece como límite el importe de la base mínima de cotización del grupo 7 de cotización del RGSS.

Cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente.

La aplicación de esta novedad contará con una amplia bonificación en las cuotas a la Seguridad Social que alcanzará una reducción del 95% en la cotización por contingencias comunes. Además, en el en el caso de los estudiantes de Formación Profesional, el 5% restante lo asumirá el Ministerio de Educación.

La medida contempla beneficios también para antiguos becarios ya que recoge la opción de suscribir un convenio especial que posibilite el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizados antes de la entrada en vigor de esta norma y hasta un máximo de cinco años. Esta medida se está negociando en el marco del diálogo social y está pendiente de desarrollo normativo a través de una Orden ministerial.

CAV: Tarifas ITV para el año 2024

Con fecha 28 de diciembre se ha publicado en el BOPV las tarifas que se aplicarán en 2024 por las inspecciones periódicas, reformas de importancia y otras reformas que se vayan a realizar en la red de concesionarios de la CAV que prestan este servicio. La subida es de un 3,5% En este enlace puede acceder a la resolución y a los anexos con las tarifas correspondientes por tipo de vehículos aplicables a partir del 01/01/2024.

Programa Lehen Aukera 2024: publicada la convocatoria de las ayudas para la contratación de personas jóvenes desempleadas

La convocatoria de ayudas del Programa Lehen Aukera, para el año 2024, destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas ha sido publicada en el BOPV de 28/12/2023.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones por la celebración de contratos indefinidos y/ o contratos formativos para la obtención de la práctica profesional previstas en esta convocatoria las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones, que tengan domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.

Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público correspondiente y desempleada el día anterior a la fecha de inicio del contrato.

b) Estar en posesión de alguna de las titulaciones o certificados incluidos en este punto:

– Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.

– Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado universitario-Plan Bolonia.

– Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).

– Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.

– Certificado de profesionalidad.

c) Tener una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación o certificado profesional.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 31 de octubre de 2024.

Acceder al portal con información sobre esta ayuda.

Prorrogados los Presupuestos Generales de Gipuzkoa para 2024, se mantiene la minoración del 70% en estimación directa simplificada para el transporte de mercancías

Con fecha 31 de octubre de 2023, el Consejo de Gobierno Foral de la Diputación Foral aprobó el Proyecto de Norma Foral de Presupuestos para el año 2024 y lo remitió a las Juntas Generales para su tramitación. Sin embargo, el Consejo de Gobierno Foral, con fecha 18 de diciembre de 2023 acordó retirar el proyecto de las Juntas Generales, de modo que el Territorio Histórico de Gipuzkoa no va a contar con un presupuesto específico para 2024.

Uno de los puntos más importantes en relación al transporte de mercancías es que para el periodo 2023 se mantiene la minoración del 70% para la determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada.

Porcentaje de minoración aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera (IRPF)

En concepto de amortizaciones, pérdidas por deterioro, gastos de arrendamiento, cesión o depreciación y gastos de difícil justificación,  será del 70 por 100 para el periodo impositivo de 2023.

Compensación tributaria aplicable por las microempresas en el impuesto sobre sociedades en el periodo impositivo 2023.

El porcentaje de minoración de la base imponible aplicable por las microempresas, en concepto de compensación tributaria por las dificultades inherentes a su dimensión,  será del 15 por 100 para el periodo impositivo de 2023.

Interés de demora

Con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2024, el interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, será del 4,0625%.

Actualización de tasas

Se elevan multiplicando las existentes  por el coeficiente 1,025.

Cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8, AP-1 y A-636 en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Se elevan, a partir del 1 de enero del año 2024, las cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8, AP-1 y A-636, en el itinerario que discurre por el Territorio Histórico de Gipuzkoa, hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,0225 al importe exigible durante el año 2023. En este enlace puede acceder a las tarifas vigentes a partir del 01/01/2024.
Con objeto de facilitar el cambio y mejorar la fluidez de tráfico en las operaciones salida/retorno donde el pago en metálico es significativo, el importe para vehículos ligeros en la estación de Irun será de 2,95 euros en el periodo comprendido entre el 19 de julio y el 1 de septiembre, ambos inclusive.

Deflactación del IRPF

También se aprueba la deflactación de la tarifa del IRPF, en línea con lo acordado en octubre en el Consejo Vasco de Finanzas Público para los tres territorios forales históricos, que se incrementa un 2,5%.

Publicado en el BOG de 29/12/2023.

 

Presupuestos Generales de Euskadi para 2024

En el BOPV del 29 de diciembre se publicó la Ley 21/2023 que aprueba los Presupuestos Generales de Euskadi para 2024. En la Ley se establecen los coeficientes de aportación de cada Territorio, que en el caso de Gipuzkoa queda fijado en el 33,64 %. Las tasas se elevan multiplicando las actuales por el coeficiente 1,025, todas excepto las que tienen un tratamiento específico en estos presupuestos

Tasas relacionadas con transporte con un tratamiento especial que no se les aplica el coeficiente

  • Autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 136,66.
  • Modificación de la autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 16,41.
  • Acompañamiento policial a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales (euros por agente y hora): 33,90.

No se prorrogan las bonificaciones del combustible, finalizan el 31 de diciembre, pero se mantiene el límite de facturación para IVA (módulos)

El BOE de 28/12/2023 recoge las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros para paliar el efecto generado por los conflictos latentes en Ucrania y Oriente Próximo. Entre las medidas no se encuentra la de bonificar los combustibles, de manera que la bonificación que en este último tramo de 2023 ha sido de 5 céntimos, finaliza el 31 de diciembre.

Medidas aprobadas

  • Se prórrogan  los límites excluyentes del método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Con efectos desde 1 de enero de 2024, se modifica la disposición transitoria trigésima segunda de la Ley 35/2006. De esta manera un año más el límite de módulos del IVA queda fijado en 250.000 euros.
  • Se prorrogan durante los próximos seis meses medidas de apoyo a la industria, como la reducción al 80% de los peajes eléctricos para la industria electrointensiva y también la flexibilidad en el cambio de contratos de suministro eléctrico.
  • Se prórroga por un año más de los gravámenes a los beneficios extraordinarios tanto del sector financiero como del sector energético.
  • Se prorroga la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables, seguirá estando prohibido el corte de suministros esenciales y el aumento de los descuentos del bono social eléctrico, también se extenderá.
  • Se prorroga la extensión por seis meses de la supresión de comisiones por amortización anticipada de hipotecas variables.
  • Se mantiene la supresión durante seis meses más, hasta junio, del IVA a todos los alimentos de primera necesidad, entre ellos el pan, la harina, la leche, los quesos o los huevos, y la rebaja del 10% al 5% del aceite y la pasta.
  • Se prorrogan las bonificaciones al transporte público a toda la población. El Gobierno seguirá bonificando con un 30% el transporte público y el resto de administraciones lo harán hasta el 50%.
  • Se mantienen durante los próximos seis meses “el máximo descuento que se puede dar a las familias vulnerables del bono social, la limitación a las subidas del precio de la tarifa regulada del gas de los hogares y de la bombona de butano”.
  • Se aprueba la creación de un nuevo instrumento financiero, el Fondo de Coinversión (FOCO), que estará dotado con 2.000 millones de euros procedentes de los fondos europeos ‘Next Generation EU’ para atraer inversión extranjera a España en sectores estratégicos.
  • Se aprueba la revalorización de las pensiones contributivas al 3,8%.
  • Se aprueba retirar de “manera gradual” durante los próximos seis meses las bajadas de impuestos vinculadas con la electricidad y con el gas natural que estaban vigentes, en muchos casos desde verano de 2021. El IVA del gas volverá a sus niveles normales del 21% -actualmente situado en el 5%- a partir de febrero “una vez pasado el periodo invernal”.
  • Se aprueba la eliminación de comisiones bancarias por la retirada de dinero en efectivo en ventanilla para personas mayores y personas con discapacidad.
  • Se aprueba un Real Decreto-ley en el que se incluye el refuerzo de las medidas para aumentar la seguridad y confianza en los sistemas de pago y minimizar las incidencias tecnológicas.
  • El Gobierno ha aprobado la cesión de la gestión del Ingreso Mínimo Vital (IMV) a las comunidades autónomas con régimen común que lo soliciten para equipararlas a las comunidades autónomas de régimen foral que ya lo tenían cedido, como son País Vasco y Navarra.
  • Se aprueba el VII Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR), con el que descarta definitivamente la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC), establece un calendario de cierre de centrales nucleares entre 2027 y 2035 y contempla un coste de 20.200 millones que sufragarán los titulares de las instalaciones atómicas.

Sabía que….

...la Comisión Europea ha aumentado en un 50% la cantidad máxima fijada en dicha regulación de minimis, es decir desde 200.000 euros por empresa (o grupo de empresas) durante un período de tres años se ha pasado a 300.000 euros?

A partir del de enero de 2024, los transportistas de mercancías por carretera pueden beneficiarse de un límite máximo aumentado de hasta 300.000 euros durante un período de tres años y sin ningún límite en el alcance de la ayuda, es decir incluyendo ayudas a la adquisición de vehículos, siempre que los Estados miembros pongan a disposición dichos fondos, de acuerdo con el Reglamento 2023/2832 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 publicado en el DOUE de 15 de diciembre y que entrará en vigor el 1 de enero de 2024, aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2030.