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Crisis del acero vasco: Bruselas publica una serie de medidas para proteger al metal europeo del exceso de producción a escala mundial

Jyrki Katainen, vicepresidente de la Comisión responsable de Inversión, ha detallado que el impulso al sector pasa por invertir en innovación.

Ha explicado que la Comisión está decidida a restablecer unas condiciones de competencia equitativas a escala mundial. Además, ha urgido a los Estados miembros a aplicar la propuesta de la Comisión para modernizar los instrumentos de defensa comercial de la UE.

Entre los remedios para el sector, Bruselas también ha recordado que los Fondos Europeos para Inversiones Estratégicas y los Estructurales, así como el programa Horizonte2020, entre otros, están a disposición de la industria para llevar a cabo una modernización que ayudaría al sector.Actualmente, la UE ya tiene en marcha un total de 37 medidas antidumping y antisubvención en el acero importado, de las que 16 recaen sobre productos chinos. Además, hay abiertas nueve investigaciones.La Comisión ha asegurado que no descarta presentar medidas adicionales en el futuro.

Abierto el plazo de ayudas del programa del Gobierno Vasco de Apoyo Financiero a PYMES y autónomos para 2016

Las ayudas previstas en el presente Decreto cesarán
en el momento en el que las operaciones de financiación concedidas a su
amparo alcancen un nominal máximo formalizado de 600
millones de euros. El objeto de este programa es permitir el acceso a la
financiación bancaria de los
citados colectivos para atender sus necesidades de liquidez y
financiación de capital circulante. La principal novedad del nuevo
programa 2016  es una reducción en
el tipo de interés de los préstamos que queda fijado en un máximo de
Euribor a 6 meses más unos diferenciales máximos según el plazo de la
operación: 1% para operaciones a tres años, y 1,25% para operaciones a 5
y 7 años.El resto de características del programa se mantienen.Para la implementación del Programa el Departamento de Hacienda y Finanzas suscribirá los correspondientes convenios con las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras.

Igualmente, se ha procedido a la modificación del convenio de colaboración con las entidades financieras con el fin de actualizar las mismas condiciones señaladas anteriormente.Para acogerse a la línea será necesario que la empresa no esté incursa
en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reúna los requisitos
para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a
petición de sus acreedores en virtud de las normas concursales, así como
que esté al corriente en el pago de sus obligaciones con las
Diputaciones Forales y la Seguridad Social.Más informacion:ELKARGI, S.G.R. www.elkargi.esSede Principal:Paseo Mikeletegi, 5020009 Donostia-San SebastiánTeléfono: 943 30 90 60E-mail: elkargi@elkargi.esDirección Regional de Gipuzkoa:Paseo Mikeletegi, 50.20009 Donostia-San SebastiánTeléfono: 943 30 91 77E-mail: egipuzkoa@elkargi.esOINARRI, Sociedad de Garantía para la Economía Social, S.G.R. www.oinarri.esDelegación Gipuzkoa:C/ Idiáquez 13, 1º, oficina 620004 Donostia-San SebastianTeléfono: 943 44 06 66E-mail: gipuzkoa@oinarri.esENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORASBancos:? Kutxabank, S.A.? Caixabank, S.A.? Bankinter, S.A.? Banco Santander, S.A.? Banco de Sabadell, S.A.? Bankoa, S.A.? Targobank, S.ACooperativas de Crédito:? Caja Laboral Popular, C.C.? Caja Rural de Navarra, S.C.C.La solicitudes y demás documentación deberán presentarse en las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras detalladas anteriormente.El modelo de solicitud, así como los formularios, serán facilitados por estas sucursalaes, o podrá descargarse en la dirección de Internet www.euskadi.eus

Una web de la UE facilita la resolución de litigios sobre compras de bienes y servicios a través de internet

Esta web no dispone de organismos de resolución de litigios en algunos sectores y en los siguientes países: Alemania, Croacia, España, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Rumanía.Punto de contacto en España:c/Príncipe de Vergara nº 5428006 MadridTeléfono: 0034 91 822 45 55 Fax: 0034 91 822 45 62 E-mail:cec@consumo-inc.es

Conducción en equipo: Francia está sancionando desde primeros de marzo por no realizar la pausa de 45 minutos con el camión parado

Los gendarmenes están sancionando por exceso de conducción
ininterrumpida en aquellos supuestos en que la pausa de 45 minutos no se
realiza con el vehículo parado, y por tanto ese periodo aparece marcado
con el símbolo disponibilidad y no con el símbolo descanso. Se recomienda que, en el caso de doble conducción, si un conductor ha agotado las 4.30 horas de conducción ininterrumpida y ha empezado a circular como “acompañante” no retome la conducción sin haber realizado una pausa de 45 minutos con el vehículo parado, de forma que aparezca en el tacógrafo con el signo de descanso.Esta pausa no tiene que realizarse inmediatamente después del primer periodo de conducción, pero sí antes de reemprender la conducción tras haber agotado las primeras cuatro horas y media.ASTIC presentará las reclamaciones oportunas ante todas las instancias competentes nacionales e internacionales.

Francia: Puesta en marcha del servicio experimental de radares de control de velocidad que discriminan entre camiones y autocares

Según nos informa ASTIC, se acaban de poner en funcionamiento, con carácter experimental (no se impondrán sanciones), dos radares que también diferencian entre camiones y autocares. Los dos nuevos radares entrarán en funcionamiento en las regiones de Auvergne-Rhône-Alpes y Aquitaine-Poitou-Charentes-Limousin

Tramitación electrónica automatizada de diversos procedimientos de gestión de determinadas prestaciones del sistema de la Seguridad Social

El Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá tramitar, adoptar y
notificar resoluciones de forma automatizada en los siguientes
procedimientos:a) Solicitudes de prestaciones por maternidad y por paternidad.b) Solicitudes de pensiones de jubilación.c) Solicitudes de prestaciones por muerte y supervivenciad) El reconocimiento de la condición de persona asegurada o beneficiaria
a efectos de asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, a través
del Sistema Nacional de Salud.e) Otros procedimientos que puedan dar lugar a la adopción de
resoluciones de forma automatizada relacionados con cualquiera de las
citadas prestaciones, incluidas las de modificación, suspensión o
extinción del derecho a las mismas.La tramitación electrónica automatizada solo será posible cuando el
procedimiento no exija la aportación física de documentos por parte del
interesado.
Para la presentación de solicitudes por los ciudadanos en el citado
registro se utilizará el entorno electrónico personalizado «Tu Seguridad
Social» accesible a través de la sede electrónica de la Seguridad
Social (dirección electrónica
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/index.htm), donde se encontrará la
relación actualizada de los procedimientos incluidos en el resuelve
primero que sean susceptibles de tramitación electrónica automatizada.La presente resolución entrará en vigor el día 7 de marzo de 2016.

El transporte de mercancías por carretera creció un 6% en 2015

Navarra, Cantabria y La Rioja, fueron las regiones en las que más crecieron las toneladas transportadas. Sin embargo, en la CAV se registró 22,82 millones de toneladas, con un descenso del 4,38%.En el transporte internacional se observa la importancia de las
exportaciones españolas, que alcanzan los 8,5 millones de tn, frente a
las importaciones que se situaron en 6,4 millones de toneladas.
Además, hay otros 1,90 millones de toneladas de transporte
internacional que realizaron empresas españolas entre terceros países,
dato que representa un aumento del 2,6%.
En transporte nacional se registraron 35,83 millones de tn/km con un
aumento del 10,8%, respecto al año 2014, mientras que en
el internacional, el transporte alcanzó los 17,79 millones de tn/km, con
un descenso del 14,3%.

La Comisión Europea solicita a España que respete las normas de la UE sobre el acceso a la profesión de transportista por carretera

Según la norma comunitaria, uno de estos requisitos es que las compañías
tengan, al menos, un vehículo matriculado en el Estado miembro en el
que se establecen. Sin embargo, la ley española aumenta esa cifra hasta
los tres camiones, por lo que Bruselas considera que se trata de una
medida desproporcionada y puede ser discriminatoria contra los pequeños
transportistas, que muy a menudo sólo tienen un vehículo y quedan así
excluidos del mercado de transporte por carretera.El Gobierno español tiene ahora dos meses para responder a las
alegaciones que le ha planteado la Comisión Europea y de no hacerlo,
Bruselas puede llevar a España ante el Tribunal Europeo de Justicia.Enlace a los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea en el mes de febrero.

NAVARRA: Medio Ambiente recomienda revisar el seguro de los vehículos y garantizar la cobertura por atropello a fauna cinegética

El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local recomienda a los conductores y conductoras de la Comunidad Foral que revisen sus pólizas de seguro e incorporen, en su caso, la cobertura por daños causados en atropellos a especies cinegéticas (jabalí, corzo o zorro), dado que a partir del martes 1 de marzo, entra en vigor en Navarra la normativa estatal de tráfico, que atribuye a la persona que conduce el vehículo la responsabilidad de los daños ocasionados.Como norma general, no se podrá reclamar la indemnización ante los cotos de caza o el propio Gobierno de Navarra, como ocurre en la actualidad.Entre las excepciones a esta norma figura que los accidentes con fauna cinegética estén provocados por una cacería colectiva, vallas abiertas o deficiente señalización en tramos de alta accidentalidad. Asimismo, en los accidentes en los que estén involucradas especies de fauna silvestre no cinegética (tejón, buitre, etc) o amenazadas, la responsabilidad seguirá siendo del Departamento de Medio Ambiente.Modificación legal en NavarraEste cambio tiene su origen en la Ley de Tráfico estatal (disposición adicional de la Ley 6/2014), que atribuye a la persona que conduce el vehículo la responsabilidad de los daños ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en ella.

La Ley Foral de Caza y Pesca establecía un régimen de responsabilidad diferente y era el Departamento de Medio Ambiente el que asumía en la mayor parte de los casos el pago de los daños causados en el siniestro. El conductor o conductora solo era responsable si se podía demostrar que había incumplido las normas de tráfico (velocidad inadecuada, conductor sin carnet, etc).Con el objetivo de adaptarse a la nueva ley estatal, de aplicación en todas las comunidades autónomas, el Gobierno de Navarra incorporó el cambio a la Ley Foral de Presupuestos de 2016 (disposición adicional número 29), si bien en vez de entrar en vigor en febrero, como el conjunto de la norma presupuestaria, se pospuso hasta el 1 de marzo para facilitar que las personas titulares de vehículos puedan adecuar, en el caso de que fuera necesario, la cobertura de sus correspondientes pólizas de seguros.

Por ello, si no tienen esta eventualidad cubierta, el Departamento subraya la conveniencia de ponerse en contacto con las respectivas compañías aseguradoras.