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CATALUÑA: autorizaciones de transporte especial a partir del 1 de mayo

Nota informativa sobre la necesidad de disponer de un permiso del Servicio Catalán de Tráfico para circular por la red viaria catalana para los vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales afines, y para los conjuntos euromodulares de hasta 32 metros de longitud.

A partir del 01/05/2024 todos los vehículos en régimen de transporte especial y los vehículos especiales sujetos a autorización previa que circulen total o parcialmente por la red viaria catalana deberán disponer de dicha autorización emitida por el Servicio Catalán de Tráfico. Transitoriamente, las autorizaciones de la DGT en vigor emitidas antes de esta fecha serán válidas hasta la finalización del periodo autorizado. Las autorizaciones emitidas por la DGT con posterioridad al 1 de mayo de 2024 no tendrán validez en la red viaria catalana. Por otra parte, también se comunica que el Servei Català de Trànsit tramitará los permisos para conjuntos euromodulares de hasta 32 metros de longitud, de forma excepcional y bajo determinadas condiciones de circulación, a partir del 17 de abril de 2024.