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Ayudas del Gobierno Vasco para la modernización de flotas

En el BOPV de 26 de septiembre se ha publicado la Resolución del Director General del EVE con la convocatoria y bases reguladoras de este Programa de ayudas, conocido como Plan Renove para Camiones, y que cuenta con 7 millones de euros de presupuesto. Las solicitudes podrán presentarse de manera telemática desde el 27 de septiembre hasta el próximo 15 de noviembre, inclusive. Se consideran actuaciones subvencionables las adquisiciones de vehículos nuevos de de las categorías N2 y N3 impulsados por GNC, GNL, biometano y diésel Euro VI-E, siempre que el vehículo sustituido, que habrá tenido que ser matriculado en España antes del 1 de enero de 2019, se achatarre.

CONDICIONES
VEHÍCULO A ACHATARRAR Y VEHÍCULO/S NUEVO/S A SUBVENCIONAR

Vehículo a achatarrar
Es obligatorio dar de baja a un vehículo en uso para su achatarramiento. El vehículo,
que deberá ser de las categorías N2 (MMA entre 2 y 12 Tn) o N3 (MMA superior a
12 Tn), tiene que estar matriculado en España con anterioridad al 1 de enero de
2019, y  haber estado adscrito a una
autorización de transporte en los 2 años anteriores a la fecha de la solicitud
de la ayuda.

Vehículo nuevo
Se subvenciona la compra directa o por medio de leasing o rentig (leasing
operativo) de vehículos NUEVOS,  categorías N2 y N3 impulsados por GNC, GNL,
biometano y diésel Euro VI-E, matriculados por primera vez en España a nombre
del solicitante de la ayuda (en los casos de renting podrá estar matriculado a nombre
de la empresa de renting).

Condiciones del contrato de leasing o renting:

·       Duración mínima de dos años
desde la fecha de su entrada en vigor. Su formalización deberá ser posterior a
la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
·        Deberá establecer expresamente
que el arrendatario es el beneficiario de la ayuda que se otorgue, debiendo
constar en el mismo, también expresamente, que una vez la empresa de leasing o
de renting reciba el pago del importe de la misma en esa fecha, aplicará el
total de dicha ayuda bien a la reducción de las cuotas de pago o renta del
arrendamiento que queden por satisfacer por parte del arrendatario o bien a
reducir el principal pendiente a partir del momento en que se reciba la ayuda,
según la opción que haya elegido el arrendatario.
·        El contrato recogerá que, en
caso de que el importe de la suma de las cuotas pendientes por abonar fuera
inferior al importe de la ayuda, el excedente de ayuda pendiente de abonar al
beneficiario deberá ser abonado por la compañía de leasing o de renting al
beneficiario último a la finalización del contrato de arrendamiento.
·        En el caso de las operaciones
de leasing o renting, en todos los supuestos, independientemente de quien
tramite la ayuda, el beneficiario de la ayuda firmará un documento de cesión
del derecho de cobro a favor de la compañía de leasing o renting que formalice
la operación.

La fecha de la factura de compraventa y fecha de
matriculación serán posteriores a la fecha de registro de la solicitud de la
ayuda. El pago del precio del vehículo, incluido el abono de posibles
cantidades a cuenta o bajo cualquier otro concepto, deberá ser realizado con
posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

Cuantía de
las ayudas


Límite máximo de ayuda (vehículos/beneficiario)

Empresas: 10 vehículos por beneficiario de los cuales 5 como máximo podrán
ser motorización Diesel EURO VI-E.
Personas físicas (autónomos): 1 vehículo.

Puede consultar la documentación requerida para presentar la solicitud de ayuda en las bases reguladoras a las que puede acceder pinchando aquí.

GUITRANS puede tramitarle esta gestión.

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