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Reforma de la Ley de Tráfico

En el BOE de 21 de diciembre se publicó la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos. El texto definitivo de la norma entrará en vigor el próximo 21 de marzo, salvo las modificaciones relativas al artículo 75 (que versa sobre las infracciones leves) y a los artículos 98, 99, 100, 101 y los anexos V, VI y VII (que tratan del intercambio transfronterizo de información sobre las infracciones de tráfico), vigentes desde el pasado 22 de diciembre.

Modificaciones en el cuadro de infracciones que restan puntos

Distracciones

Aumentan de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, aunque se mantiene en 200 euros la sanción económica. Según recuerda la DGT, desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%). El uso de las redes sociales y la creciente dependencia del móvil son factores de riesgo cuando se asocian a la conducción. 

Cinturón de seguridad y elementos de protección

Aumentan de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o hacerlo de forma inadecuada, del cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, el casco y demás elementos de protección obligatorios. La sanción lleva aparejada una multa de 200 euros. Según Tráfico, 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico no hacía uso del cinturón de seguridad en el momento del siniestro.

Objetos a la vía

Aumentan de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

Infracciones que restan puntos (Anexo II Ley 18/2021).

Otras modificaciones recogidas en la Ley 18/2021

Consulta sobre la habilitación para conducir de los conductores profesionalesEn el plazo máximo de un año, a contar desde la entrada en vigor de la ley, entrará en funcionamiento un sistema telemático para que las empresas de transporte puedan conocer si sus conductores cumplen los requisitos legales para conducir. El acceso quedará limitado a quienes acrediten la condición de empleador, que estén dados de alta en el registro que se cree a estos efectos, y únicamente respecto de los datos relativos al mantenimiento o pérdida del permiso o licencia de conducción de sus trabajadores, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

Controles de alcohol y drogas a los conductores profesionales

En el plazo máximo de dos años, a contar desde la entrada en vigor de la ley, las autoridades desarrollarán la normativa que permitirá a las empresas de transporte hacer controles de alcohol y drogas a sus conductores. 

Unificación del periodo para recuperar los puntos del carné

El plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos es de 2años sin cometer infracciones. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Ciclistas y ciclomotoristas 

Se hace obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotoristas. Además, el conductor que adelante con un vehículo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m perderá 6 puntos (antes eran 4).

Cursos de Conducción Segura y eficiente para recuperar puntosLa realización de cursos de conducción segura, certificados por la Dirección General de Tráfico, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir. Una futura orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir.

Menores y alcohol y drogasLos conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc, bicicletas y  vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.  

Alcoholímetro antiarranque (alcoholock)A partir del 6 de julio de 2022 será obligatorio el alcoholock para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que tengan el interfaz necesario para instalarlo. 

AdelantamientosNi turismos ni motocicletas podrán superar en 20 km/h los límites máximos de velocidad cuando adelanten a otro vehículo en una carretera convencional

Copiar en los exámenes para obtener el permiso de conducirCometerá una infracción quien utilice dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir. El aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en durante 6 meses y deberá afrontar así mismo una multa de 500 euros.