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Reforma del Código Penal: exceso de velocidad y alcohol se penarán con cárcel

El Pleno del Congreso de los Diputados dio ayer luz verde a la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, que persigue endurecer las sanciones por conducción temeraria con penas de cárcel, en los casos más graves. La reforma ha contado con un amplio respaldo de los grupos y ha sido aprobada para su posterior remisión al Senado. Los grupos tramitan esta norma por el trámite de urgencia para que entre en vigor antes de final de año.Las faltas se elevarán a delito si se conduce a más de 200 km/h en autovía, más de 180 en carretera y 110 en vía urbana; así como por dar una tasa de más de 1,2 gramos de alcohol en sangre. La reforma no sólo endurece las medidas en casos concretos de exceso de velocidad y consumo de alcohol. También se considerará un delito penal conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carné, supuesto que será castigado con tres a seis meses de cárcel y la privación del derecho  a conducir por un tiempo de entre uno y seis años.

Además, la reforma prevé penas de prisión de seis meses a dos años para el conductor que «con temeridad manifiesta» ponga en peligro la vida o la integridad de las personas, y la pena será de dos a cinco años de cárcel si el conductor actúa de esa forma «con consciente desprecio por la vida de los demás».
Igualmente, se ha introducido un nuevo tipo penal para aquellas personas que conduzcan un vehículo, sin haber tenido nunca un permiso. En estos casos, se les aplicaría el mismo castigo que el contemplado para las personas que conducen habiendo perdido todos los puntos del carnet.
Por otra parte, la ley delegará competencias a los jefes provinciales de tráfico en materia sancionadora, así como al recién creado Centro automatizado de Sanciones, con el fin de agilizar y dar un tratamiento homogéneo a las multas.